martes, 12 de abril de 2016

Sobre el uso de la birreta

En una ocasión anterior nos hemos referido a la birreta como parte de las vestimentas que con se reviste el sacerdote para celebrar la Santa Misa. Esta vez queremos compartir con ustedes un texto preparado hace algunos años por uno de los miembros de nuestro equipo de Redacción en respuesta a una consulta formulada por un sacerdote español cuando comenzaba en una ciudad de ese país la celebración habitual de la forma extraordinaria. Ella versa sobre el uso de la birreta conforme a las rúbricas o, más general, sobre la obligación del sacerdote de cubrirse la cabeza en la procesión de entrada.

 Birreta
(Foto: The Telegraph)

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Sobre el uso de la birreta

Respuesta a la consulta formulada por el Rvdo. XXX  

Como precisión previa, conviene tener presente que la cuestión que me planteado no me parece un aspecto de fondo ni que merezca mayor discusión en lo que atañe a la celebración de la forma extraordinaria. Dada la proliferación de abusos que se observan en estos días (no por nada la Instrucción Redemptionis Sacramentum, de 2004, está dedicada precisamente a "algunas cosas que se deben observar o evitar acerca de la Santísima Eucaristía", muy en la línea con lo que fue históricamente el Ritus Servandus et De defectibus que acompañaba al código de rúbricas), estos puntos parecen trivialidades o discusiones eruditas. Que el sacerdote vaya o no cubierta no creo de verdad que sea una cuestión central de la celebración, ni tampoco preocupa o escandaliza a los fieles. Por otra parte, el reparo habitual que se hace al mundo tradicional tiene que ver con el esteticismo exagerado que se observa en muchos, sobre todo laicos, que muestran un mayor interés por rescatar piezas de los museos religiosos que de profundizar en el sentido y en la riqueza de la liturgia multisecular de la Iglesia, donde el sacrificio de Cristo se muestra con evidencia y en un entorno adecuado de sacralidad. Lo estético, entonces, es funcional al rito, y no al revés, de suerte que el cuidado de estos aspectos, o aun la ausencia de elementos materiales, no pueden llevar prescindir de la celebración de la Santa Misa según la forma extraordinaria. Ella es en sí, como recordaba Benedicto XVI al restablecer sus fueros en toda la Iglesia bajo un régimen de libertad de celebración, un tesoro por los elementos rituales que expresan el misterio que ocurre sobre el altar. 

 Sacerdote en procesión al altar con la cabeza cubierta con la birreta

Ahora bien, esto no quita que su pregunta sí tenga importancia. Ella es útil para mostrar la complejidad de la legislación en materia litúrgica (cfr. canon 2 CIC), sobre cuando se trata de la forma extraordinaria, poniendo en evidencia de paso el peligro de hacer innovaciones en ella con apresuramiento y sin razones verdaderamente graves, como ha acabado siendo habitual desde aquella reforma posconciliar hecha con un afán más academicista y pastoral que teológico. Porque, y conviene insistir siempre,  los sacramentos fueron instituidos por Jesucristo con finalidades concretas y el rito debe servir para mostrar esa función de santificación que ellos desempeñan en la economía de la salvación, siendo el rito instrumental a esa función. Cuando el rito no cumple tal cometido, ciertamente algo falla. De igual forma, no hay que olvidar nunca que el rito pertenece a la Iglesia y no al celebrante (canon 841 CIC), por lo que seguirlo y observarlo es una muestra de unidad de espíritu, de que se vive una sola fe con todo el resto del Cuerpo Místico de Cristo (canon 840 CIC). De ahí que los moralistas, incluso San Alfonso María de Ligorio (1696-1787), hayan sostenido que es pecado mortal celebrar sin ningún vestido litúrgico o, al menos, sin los signos distintivos, como sin alba, sin casulla o sin estola (cfr. Garrido Bonaño, M., Curso de liturgia romana, Madrid, BAC, 1961, p. 218).

Hecha estas prevenciones, puedo entrar en materia y responder la pregunta sobre el uso de la birreta con que se toca o cubre el sacerdote en su camino de la sacristía al altar, conforme al misal romano antiguo. Está históricamente demostrado que uno de los motivos por los cuales la capucha (capitum) de la capa pluvial quedó reducida a un mero elemento decorativo [nota de la Redacción: véase lo dicho en esta entrada sobre la capa pluvial] fue la introducción de la birreta (llamada en latín pilus o birretus) alrededor de los siglos XII y XIII, que pronto adoptaron los clérigos en todas partes, como sombrero, tanto en la vida ordinaria como en los oficios en la iglesia. Al principio fue redonda y flexible, después rígida y con una borla en la centro. Los tres o cuatro picos que tiene hoy la birreta romana aparecen hacia el siglo XVI y se derivan, muy probablemente, de la estilización de las costuras. Con los siglos, empero, la obligación de usar esta prenda había caído en desuso en muchos lugares, pese al importante valor simbólico que ella tiene: el sacerdote se cubre como signo de autoridad. Por eso llegaba al altar con una birreta en el caso del clero secular o una capucha cubriendo la cabeza cuando pertenecía al regular, para mostrar que, por su sacerdocio ministerial, se diferencia de los demás fieles de manera sustancial y no sólo en grado. De que esto era así hay abundante testimonios pictóricos de diversas épocas.

 Procesión de entrada en el rito dominicano, donde el sacerdote se cubre la 
cabeza con la capucha del hábito (Foto: New Liturgical Movement)


Esta costumbre ha sobrevivido en el uso del solideo y de la mitra como signos de la autoridad episcopal. Esto explica que el obispo predique, confiera ordenes, reciba votos, etcétera, con la mitra puesta. Pero realiza otras acciones litúrgicas (como las oraciones al pie del altar o la administración de la comunión) sólo con el solideo [nota de la Redacción: véase aquí lo dicho sobre este último]. Y se lo quita para consagrar, puesto que allí está frente a la autoridad suprema, Dios mismo.

La codificación de San Pío V quiso dar cierto orden a la celebración de la Santa Misa, regulando también la forma en que el sacerdote debía revestirse. El Ritus servandus in celebratione Missae anterior a 1962 (vigente desde 1570) decía a propósito de la llegada al altar del celebrante (II, 1): 


Sacerdos, omnibus paramentis indutus, accipit manu sinistra Calicem, ut supra præparatum, quem portat elevatum ante pectus, Bursam manu dextera super Calicem tenens, et facta reverentia Cruci, vel imagini illi, quæ in Sacristia erit, capite cooperto accedit ad Altare, ministro cum Missali et aliis ad celebrandum necessariis (nisi ante fuerint præparata) præcedente, superpelliceum induto. Procedit autem oculis demissis, incessu gravi, erecto corpore. Si vero contigerit eum transire ante Altare majus, capite cooperto faciat ad illud reverentiam. Si ante locum Sacramenti, genuflectat. Si ante Altare ubi celebretur Missa, in qua elevatur, vel tunc ministratur Sacramentum, similiter genuflectat, et detecto capite illud adoret, nec ante surgat quam Celebrans deposuerit Calicem super Corporale.




En otras palabras, el sacerdote debía dirigirse al altar con la cabeza cubierta, ya con la birreta, ya con la capucha, según antes ha quedado dicho.

A partir de las rúbricas sancionadas por San Juan XXIII y en vigor desde 1961 se sustituye este texto por el siguiente (II, 1): 

Sacerdos, omnibus paramentis indutus, accipit manu sinistra calicem, ut supra præparatum, quem portat elevatum ante pectus, bursam manu dextera super calicem tenens, et facta reverentia Cruci, vel imagini illi, quæ in sacristia erit, accedit ad altare, ministro cum missali et aliis ad celebrandum necessariis (nisi ante fuerint præparata) præcedente, superpelliceum induto. Procedit autem oculis demissis, incessu gravi, erecto corpore. Si vero contigerit eum transire ante altare maius, faciat ad illud reverentiam. Si ante locum Sacramenti, genuflectat. Si ante altare ubi celebretur Missa, in qua elevatur, vel tunc ministratur Sacramentum, similiter genuflectat, et detecto capite illud adoret, nec ante surgat quam celebrans deposuerit calicem super corporale.

Como se ve, no existe mención al uso de la birreta o a la obligación de cubrirse la cabeza. El sacerdote simplemente sale de la sacristía, previa inclinación de cabeza al crucifijo o a la imagen sagrada que haya, con lo necesario para la celebración de la Santa Misa y acompañado, si es el caso, por el monaguillo revestido con sobrepelliz.

 Misa solemne en La Serena, Chile. Nótese que se trata aquí del bonete hispánico.

En sustitución de dicha obligación se agrega una frase final dentro de las indicaciones para la preparación del sacerdote celebrante. Después de señalar cómo debe éste revestirse, el Ritus servandus agrega: "Postremo sacerdos accipit planetam et, convenientur, caput tegit" (I, 3). Vale decir, como última prenda, es conveniente (pero ya no obligatorio) que el celebrante cubra su cabeza.

Así pues, desde 1570 a 1960 el texto decía “capite cooperto accedit ad altare” ("[el celebrante] llega al altar con la cabeza cubierta"). En 1961 desaparece “capite cooperto” y se agrega la sugerencia de cubrirse antes de salir de la sacristía hacia el altar ("et, convenientur, caput tegit”). Incluso, aunque todavía se mantiene en 1961 la expresión “ante altare maius, capite cooperto faciat ad illud reverentiam” un poco más adelante del texto que hemos reproducido precedentemente (II, 1), la referencia a que el sacerdote tenga cubierta la cabeza (“capite cooperto”) desaparece en 1962 por coherencia con la sugerencia y ya no obligación de hacerlo.

Aquí cesa toda la legislación sobre el tema, por lo que cabe concluir que hoy, conforme a la vigencia de la disciplina existente en 1962 conforme al motu propio Summorum Pontificum y la Instrucción Universae Ecclesia que lo desarrolla, la obligación del uso del birrete es dudosa. No está prohibido ni mandado, sino sólo recomendado. 

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