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sábado, 5 de diciembre de 2020

Respuesta al cuestionario de la Congregación sobre la Doctrina de la Fe para la Arquidiócesis de Santiago de Chile

En marzo de este año, la Congregación para la Doctrina de la Fe envío un cuestionario a los obispos del mundo para actualizar la información disponible respecto de la forma extraordinaria del rito romano, cuya respuesta debía ser remitida a la Santa Sede en el mes de junio. Todavía no se han hecho público los resultados de dicha encuesta, pero Rorate Caeli dice que las respuestas recibidas fueron favorables.  Por su parte, la Federación Internacional Una Voce también hizo una consulta, la que fue respondida por corresponsales de 364 diócesis en 52 países. Los resultados han sido publicados en el último número de la revista Gregorius Magnus

Dejamos aquí la respuesta que preparamos en su día respecto de situación en la Arquidiócesis de Santiago de Chile, siguiendo el cuestionario enviado por la Santa Sede y reflejando la situación objetiva de la forma extraordinaria en la ciudad. 

***


Diócesis: Santiago de Chile

Ordinario: S.E.R. Celestino Aós Braco Ofm.

1. ¿Cuál es la situación en su diócesis de la forma extraordinaria del rito romano?

En nuestra arquidiócesis se celebra la forma extraordinaria del rito romano con frecuencia dominical y en las fiestas de precepto en un solo lugar. La Santa Misa es organizada por la Asociación Litúrgica “Magnificat”, un grupo estable de fieles constituido de conformidad a las leyes civiles en la iglesia de Nuestra Señora de la Victoria, un oratorio céntrico de propiedad de una universidad privada. Un sacerdote diocesano oficia como capellán de la organización desde el año 1997.

Fuera de esta organización, cuya existencia se remonta al año 1966, y sin considerar las actividades de la Fraternidad Sacerdotal de San Pío X, que está instalada de manera estable desde mediados de la década de los 1980, no existen otras parroquias o iglesias donde se celebren de forma regular los sacramentos conforme a los libros litúrgicos de 1962.

2. Si la forma extraordinaria se aplica en ella, ¿responde a una verdadera necesidad pastoral o es promovida por un solo sacerdote?

Sí, responde a la necesidad pastoral de los fieles que así lo han solicitado y se han constituido como organización para tales fines, aún con anterioridad a la dictación del motu proprio Summorum Pontificum. De hecho, la Misa se ha celebrado, con distinta frecuencia, de manera ininterrumpida desde 1966.

3. En su opinión, ¿hay aspectos positivos o negativos en el uso de la forma extraordinaria?

Sin duda son muy positivos, ya que es una manifestación de la Lex Orandi de la Iglesia que debe conservar su debido lugar de honor y promoción en su tradición litúrgica.

4. ¿Se respeta las normas y condiciones establecidas por Summorum Pontificum?

Lamentablemente, por la falta de formación de los ministros de la Iglesia en esta materia, no ha sido posible promover ni atender a la solicitud de los fieles que han solicitado el establecimiento de más celebraciones litúrgicas de acuerdo a la forma extraordinaria ni promoverla mayormente. Solo contados sacerdotes saben celebrar conforme a las rúbricas del Misal Romano de 1962 y en su mayoría son ya muy ancianos.

5. ¿Cree usted que, en su diócesis, la forma ordinaria ha adoptado elementos de la forma extraordinaria?

No de forma generalizada.

6. Para la celebración de la Misa, ¿usa usted el Misal promulgado por el papa Juan XXIII en 1962?

No.

7. Además de la celebración de la Misa en la forma extraordinaria, ¿hay otras celebraciones (por ejemplo, bautismo, confirmación, matrimonio, penitencia, unción de los enfermos, ordenación, Oficio Divino, Triduo Pascual, ritos fúnebres) según los libros litúrgicos anteriores al Concilio Vaticano II?

Se permite la celebración de los demás sacramentos, en caso que así se le requiera a aquellos sacerdotes que sepan celebrar conforme a estos libros litúrgicos y estén dispuestos a hacerlo.

8. ¿Ha tenido el motu proprio Summorum Pontificum alguna influencia en la vida de los seminarios (el seminario de la diócesis) y otras casas de formación?

No.

9. Trece años después del motu proprio Summorum Pontificum, ¿cuál es su consejo sobre la forma extraordinaria del rito romano?

Debería haber una mayor promoción en el establecimiento de apostolados permanentes de los institutos tradicionales (tales como el Instituto Cristo Rey Sumo Sacerdote y la Fraternidad Sacerdotal de San Pedro), que están normalmente distribuidos en Europa y los Estados Unidos.

También se debe estudiar y proponer medidas para insertar la forma extraordinaria dentro de la vida parroquial, en el sentido que quienes soliciten la Misa tradicional no constituyan un grupo separado de los demás fieles de la parroquia, ni que aquellos sacerdotes que deseen incorporarla a la vida parroquial se vean de alguna forma coartados por las distintas instancias de colaboración de los laicos.

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