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lunes, 14 de agosto de 2017

Los libros litúrgicos (VI): el Breviario

En esta entrada trataremos del Breviario Romano, cerrando con ello la serie dedicada a los libros litúrgicos. 

El Breviario Romano (Breviarium Romanum) es un libro litúrgico que contiene el rezo eclesiástico de todo el año. En síntesis ahí se recogen las oraciones, lecturas bíblicas y salmos que deben ser rezados o recitados en las diferentes horas del día y según el correspondiente período del año litúrgico. Su finalidad es acompañar la Santa Misa con la manifestación pública de la fe en forma de plegaria, por lo que existe sincronía en la progresión de las lecturas.  

Canto del oficio divino
(Ilustración: Divinum Officium)

Los orígenes del Breviario Romano

En latín clásico, breviarium significa el índice, el extracto o el resumen de una obra. Entre los Santos Padres, el término se emplea usualmente en este sentido, y también se observa en ciertos documentos de carácter profano (por ejemplo, el Breviario de Alarico). En el uso litúrgico de la baja Edad Medida designaba muchas veces el folio o fascículo que contenía brevemente las normas para la exacta recitación del Oficio o de la Misa. De ahí que el título de breviario haya servido para designar al código del Oficio Divino (llamado Liber horarum), sea porque representaba el extracto o, mejor dicho, la fusión de varios libros litúrgicos necesarios para su rezo, o también porque, habiendo incluido el fascículo (breviarium) de las normas rubricales, éste, por sinécdoque, acaba por dar el nombre a todo el volumen. Por ejemplo, el Liber horarum en uso en la diócesis de Augsburgo, impreso en 1489, dispone cada una de sus partes siguiendo este orden: Calendarium, Psalterium, Hymnarium, Breviarium, Commune, etcétera. 

La formación del Breviario como libro litúrgico canónico no va más allá del siglo XI y tiene sus comienzos en Italia. Se origen se debió, por una parte, a las exigencias de la recitación privada del Oficio, que se iba extendiendo cada vez más, y por otra parte, a cierta necesidad de coordinación y simplificación de la liturgia, que por esa época se iba abriendo paso. Se sabe que el Oficio fue creado y compuesto para la recitación pública, en coro. Tal fue la forma general en la Iglesia, tanto entre los monjes como entre los sacerdotes seculares, hasta después del siglo XI, aunque en ciertos casos particulares se permitía la recitación privada, siempre de manera reducida (por ejemplo San Pacomio y San Benito la autorizaban para los monjes que están de viaje o tienen otras dificultades). A esta exigencia de celebración se sumaba el hecho de que para el rezo del Oficio era necesario contar con diversos libros, todos ellos difíciles de transportar debido a su gran tamaño. Para su recitación era necesario contar con el Salterio, el Leccionario (integrado por el Antiguo y el Nuevo Testamento), el Homiliario, donde se recogían los escritos de los Padres de la Iglesia, el Martirologio para la vida de los santos, el Antifonario, el Responsorial, el Pasionario o Legendario, el Himnario y el Oracional o Colectario. Estos libros eran diferentes para cada período especial del año litúrgico (Adviento y Navidad, Cuaresma y Pascua) y para el hoy denominado "tiempo ordinario", siendo tal aquel en que no se celebraban las festividades centrales del nacimiento, pasión, muerte y resurrección de Nuestro Señor. Estos libros formaban, en toda iglesia de cierta importancia, una verdadera biblioteca, tanto por el número como por sus proporciones. Incluso más, para sostenerlos fue diseñado con el tiempo el facistol (término que proviene del occitano antiguo), el cual es un atril grande en que se ponen el libro o libros para cantar en la iglesia y que, en el caso del que sirve para el coro, suele tener cuatro caras que permiten colocar varios volúmenes simultáneamente, cada uno de ellos correspondientes a una voz. 

 Facistol de coro (catedral de Sevilla)

Primero se comenzaron a reunir todos estos volúmenes en uno o dos, dividiéndolos según las estaciones de invierno o verano. En un segundo momento se fundieron juntos de forma ordenada, distribuyendo los distintos elementos (himnos, responsorios, etcétera) en cada oficio y presentándolos en el orden en que debían cantarse. En cambio, cuando el volumen se compilaba para el rezo privado, se limitaba a poner el incipit de los salmos, himnos, antífonas, etcétera, suprimiendo toda notación musical y dejando las lecturas reducidas a pocas líneas. Estos breviarum portatilia, o de cámara, en uno o dos volúmenes, se encuentran ya poco antes del siglo XIII. En los viajes se llevaban sujetos con anillas a la cintura y muchas veces, en las iglesias, se fijaban mediante pequeñas cadenas al atril del coro (de ahí su nombre de breviari incatenati), para comodidad de los sacerdotes que debían trasladarse de un lugar a otro. 

Un tipo de estos breviarios de cámara fue el que se formó en Roma, durante los siglos XII y XIII, en la corte pontificia de Letrán, bajo el auspicio de las tormentosas vicisitudes que no dieron tregua y le obligaron a moverse de un lado a otro de Italia. Inocencio III (1198-1216) lo aprobó y, poco tiempo después, San Francisco de Asís (1181-1226) lo hizo adoptar en la Segunda Regla (1233) por los hermanos menores que eran clérigos, recibiendo sanción del papa Nicolás III (1277-1280). Con el título de Breviarium secundum consuetudinem Romanae Curiae fue ampliamente difundido por los franciscanos y sirvió de base para aquel sancionado por San Pío V. 

La razón de la proliferación de estos breviarios de cámara proviene de la creación de numerosas parroquias rurales, atendidas muchas veces por un solo sacerdote, y de las ordenes mendicantes (franciscanos, dominicos, agustinos, carmelitas, mercedarios, etcétera), donde el recorrido de largas distancias para predicar la fe imposibilitaba el rezo del Oficio en coro. De ahí que se hacía imperioso fijar y simplificar los textos a fin de poder recogerlos en algunos volúmenes fácilmente transportables. La invención de la imprenta facilitará todavía más su composición en pequeños formatos. 

 Breviario romano en formato pequeño (Ratisbona, 1936)

El Breviario Romano promulgado por orden del Concilio de Trento

Como ocurrió con todos los libros litúrgicos, el Concilio de Trento ordenó componer un Breviario común para todas las iglesias de rito romano. Hasta entonces, cada obispo tenía autoridad para fijar el texto que debía rezarse en su diócesis, y lo mismo ocurría con las órdenes religiosas. En cumplimiento de ese mandato, San Pío V (1566-1572) terminó la reforma comenzada por el Concilio y promulgó la primera edición típica del Breviario Romano (Breviarium Romanun ex Decreto Sacrosancti Concilio Tridentini Restitutum Summorum Pontificum Cura Recognnitummediante la bula Quod a nobis, de 9 de junio de 1568, permitiendo el uso de todos aquellos otros breviarios que tuviesen una antigüedad probada de al menos 200 años. 

El Breviario tridentino está compuesto de ocho oficios repartido durante la noche y el día: Maitines (antes del amanecer), Laudes (al amanecer), Prima (primera hora después del amanecer, sobre las 6.00 de la mañana), Tercia (tercera hora después de amanecer, sobre las 9.00 horas), Sexta (mediodía, justo después del Ángelus durante el año o el Regina Coeli por Pascua), Nona (sobre las 15.00 horas, Hora de la Misericordia), Vísperas (tras la puesta del sol, habitualmente sobre las 18.00 horas, después del Ángelus durante el año o el Regina Coeli por Pascua) y Completas (antes del descanso nocturno, las 21.00 horas)Cada hora está compuesta por los siguientes elementos: (i) invocación inicial; (ii) himno; (iii) salmodia (a la que se añaden en las horas mayores textos bíblicos no sálmicos llamados cánticos); (iv) lectura bíblica (y lectura patrística en Maitines); (v) responsorio (cántico evangélico, preces y Padre Nuestro en el caso de Laudes y Vísperas); (vi) oración final y despedida. La forma habitual de editar el Breviario era en cuatro tomos o partes, uno para cada estación del año: pars verna, pars aestiva, pars autumnalis y pars hiemalisTambién existía el Diurnal (Diurnale), en un solo tomo, en el que se reunían todas las horas canónicas menos Maitines: Laudes, Prima, Tercia, Sexta, Nona, Vísperas y Completas.


Con posterioridad, el Breviario fue ligeramente modificado por Gregorio XIII (1572-1585) en 1582 para adaptarlo al nuevo calendario, y por Sixto V (1585-1590), quien reintrodujo en  algunas fiestas suprimidas por San Pío V (por ejemplo, la Presentación de la Virgen María). La obra de este último fue continuada por Clemente VIII (1592-1605), quien promulgó una nueva edición típica a través de la bula Cum in Ecclesia, de 10 de mayo de 1602. En ella se corrigieron muchas lecturas hagiográficas y patrísticas, se aceptó la nueva Vulgata, y se aumentó el santoral y el común. Poco después, y a diferencia de sus predecesores, Urbano VIII (1633-1644) decidió reestructurar completamente el breviario desde el punto de vista estilístico por la bula Divinam psalmodiam, de 25 de enero de 1631, con el propósito de adaptar el conocimiento del latín a la época, especialmente en los himnos. Aunque estos himnos se publicaron en 1629, el Breviario recién fue publicado tres años después. Clemente X (1699-1676) también hizo algunas modificaciones, como aumentar las fiestas del calendario y su categoría litúrgica, aunque en 1671 promulgó un decreto, a través de la Congregación de Ritos, que prohibía hacer nuevas reformas por los próximos 50 años, el cual fue confirmado por Clemente XI (1700-1721) y Benedicto XIV (1740-1758).

Sin embargo, todas estas reformas fueron muy tradicionales y respetaron la estructura general del Oficio Divino según la liturgia romana de los siglos IX y X. Por el contrario, la reforma llevada a cabo por San Pío X (1903-1914), merced a la bula Divino afflatu, de 1º de noviembre de 1911, supuso una verdadera revolución en cuanto al desarrollo orgánico del rito. Ella revalorizó el oficio dominical y temporal (casi completamente desplazado por el santoral en el curso de los siglos) y redujo el número de salmos en ciertas horas. Pese a los cambios que efectivamente se concretaron, la reforma tenía un alcance mucho mayor: la propia bula anunciaba el nombramiento de una comisión que debía preparar una revisión más amplia del Breviario y del Misal, la cual no llegó a concretarse por la muerte del Papa en 1914.

El relevo reformista fue tomado Pío XII, quien  hizo publicar en 1956 una nueva edición del Breviario, en la cual quedaron incorporados: (i) el Salterio piano [elaborado por el cardenal Agustin Bea (1881-1968), creado cardenal en 1959, y promulgado por el motu proprio In cotidianis precibus, de 24 de marzo de 1944], (ii) una simplificación de las rúbricas (a través del decreto de la Sagrada Congregación de Ritos De rubricis ad simpliciorem formam redigendis, de 23 de marzo de 1955) y (iii) las reformas de la Semana Santa (puestas en vigor por el decreto de la Sagrada Congregación de Ritos Maxima redemptionis, de 16 de noviembre de 1955). En 1962, San Juan XXIII publicó una nueva edición típica del Breviarium Romanum para conformar éste al nuevo código de rúbricas (promulgado con el motu proprio Rubricarum instructum, de 25 de julio de 1960). Fue la última edición típica antes de la introducción de la reforma litúrgica postconciliar, de suerte que tal es el texto que debe seguirse hoy en la forma extraordinaria. 

 (Foto: Catholic Quotes)

El Concilio Vaticano II y el Oficio Divino reformado

Pese a la reforma de Pío XII, todavía subsistía el deseo de simplificar más el Oficio Divino, conservando lo esencial del Breviario Romano y quitando todo aquello extraño que se había agregando con los siglos. El Concilio Vaticano II recogió esta inquietud y el Capítulo IV de la Constitución Sacrosanctum Concilium dispuso la completa revisión del Oficio Divino. Es más, ya desde antes del Concilio el término "Breviario" se había vuelto impropio, pues la Liturgia de las Horas no es (como antaño) un resumen de ninguna otra cosa, sino ella misma la oración colectiva de la Iglesia. Conjuntamente con la promulgación del Misal reformado, el beato Pablo VI promulgó el nuevo Oficio Divino (Officium divinum ex decreto Concilii Oecumenici Vaticani II instauratum) mediante la Constitución apostólica Laudis canticum, de 1° de noviembre de 1970. La Liturgia de las Horas (Liturgia horarum), como se denomina habitualmente, se edita en cuatro volúmenes, ya en latín, ya en lengua vernácula. También existe una versión impresa en un volumen único, donde no se incluye el Oficio de Lecturas. 

Se distinguen en general dos niveles de celebración en la liturgia, las llamadas horas mayores o principales (Laudes, Vísperas Completas) y las horas menores o intermedias (Tercia, Sexta y Nona), a las que se añade un Oficio de Lectura (con tres salmos y dos lecturas bíblicas, patrísticas o hagiográficas), que reemplaza a Maitines. Las primeras son de rezo obligatorio; de las segundas, se cumple la obligación canónica con el rezo de una sola de ellas hacia la mitad de la jornada; mientras el Oficio de Lectura puede situarse en cualquier momento del día. La recitación del salterio se encuentra repartida en cuatro semanas, y no en una como ocurría antes. 

Cabe tener presente que el rezo del Oficio Divino es obligatorio para quienes llevan alguna forma de vida consagrada, siendo para ellos obligatorio su rezo sub gravis. Esto significa que su omisión voluntaria equivale a materia de pecado mortal, según la respuesta de 15 de noviembre de 2000 dada por la Congregación para el Culto Divino y la Congregación del Clero (véase aquí su texto). Por cierto, el Concilio Vaticano II animaba a rezar esta liturgia a todos los fieles, pues en ella se condensa la forma más perfecta de oración pública de culto a Dios.

Sobre el Breviario del Concilio Vaticano II y su relación con aquel que contenía las traducciones del Cardenal Bea hemos publicado anteriormente una entrada

 (Foto: Lisa Graas)


Para comprar el Breviario Romano tradicional

Para quienes deseen rezar el Breviario Romano tradicional, la asociación española Sapientiae Sedei Filii ha preparado una edición bilingüe latín-castellano. El Breviario contiene: Laudes I, Laudes II, Prima, Tercia, Sexta, Nona, Vísperas y Completas, para todo el año litúrgico tradicional. Está dividido según costumbre: (i) Introducción y Ordinario; (ii) Salterio para cada día de la semana en castellano y latín en traducción paralela; (iii) el Propio del Tiempo en castellano y latín en traducción paralela; (iv) el Propio de los Santos en español y latín en traducción paralela; (v) el Común de Santos en castellano y latín en traducción paralela; (vi) las Letanías Mayores en castellano y latín en traducción paralela; (vii) el Oficio de la Bienaventurada Virgen María in Sabbato en castellano y latín en traducción paralela; (viii) el Oficio de Difuntos en castellano y latín en traducción paralela. La edición incluye además: (i) el Oficio Parvo de la Bienaventurada Virgen María para cada día de la semana y según el tiempo litúrgico, con las siguientes horas: Laudes, Prima, Tercia, Sexta, Nona, Vísperas y Completas; y (ii) el Martirologio Romano completo, según la versión de Pío XII, siendo así el único Breviario en toda la historia que facilita ese anexo para el rezo de la Hora Prima en coro, o para su rezo en privado. El Breviario puede adquirirse aquí

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Actualización [7 de enero de 2019]: Sapientiae Sedei Fili ha publicado el volumen II del Breviario tradicional bilingüe (latín-castellano), correspondiente a Maitines. Puede ser adquirido aquí

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