domingo, 26 de julio de 2015

Entrevista: Monseñor Gänswein y el Sínodo de la Familia

El sitio Sumando historias ha publicado recientemente una interesante entrevista a Mons. Georg Gänswein, Prefecto de la Casa Pontificia y secretario personal del Papa emérito S.S. Benedicto XVI. Por su actualidad, reproducimos para nuestros lectores las respuestas relativas al Sínodo de la Familia, el que tendrá lugar en Roma en octubre próximo. Los destacados son de la Redacción.

Foto: Getty

-Otro de las cuestiones que tiene presente es el de la familia. ¿Por qué cree que se han dado tantas noticias confusas del último sínodo y del que se celebrará en octubre?
 
-Hay personas que escriben o han escrito sin estar bien informadas o bien preparadas y, existen ‘corrientes’ en esta línea. Por eso es tan importante que los pastores de la Iglesia y todos los fieles tengan las ideas y el contenido claros, y lo expliquen con franqueza y sinceridad. El sínodo de octubre debe partir no de un problema particular, sino de la temática principal, la evangelización y la familia. Está claro que la Iglesia no cierra los ojos ante las dificultades de los fieles que viven en situaciones complicadas. No obstante, debe ofrecer respuestas sinceras que se orienten, no al espíritu de los tiempos, sino al Evangelio, a la Palabra de Jesucristo y a la tradición católica.
 
Las Bodas de Caná (vitral, Catedral de Chartres, S. XIII)

-¿Dónde están los desafíos actuales, en este campo?
 
-Uno clarísimo son los cristianos que se encuentran en situación matrimonial, hablando teológicamente, ‘irregular’. Es decir, personas divorciadas y vueltas a casar civilmente. Debemos ayudarles, ciertamente, pero no de modo reduccionista. Es importante acercarse a ellos, crear y mantener el contacto, porque siguen siendo miembros de la Iglesia, como todos los demás: ni han sido echados, ni menos aún excomulgados. Esto no implica que no haya problemas en cuanto a la vida sacramental. La Iglesia tiene que ser muy sincera, también para con los fieles que viven en esta situación. No se trata de decir: “pueden o no pueden”; es un tema que tendría que verse de modo positivo. La cuestión del acceso a la vida sacramental se debe afrontar sinceramente, sobre la base del magisterio católico. Espero que en los meses de preparación del sínodo se presenten propuestas que ayuden y sirvan para encontrar las respuestas necesarias para estos duros desafíos.


-Algunos de estas controversias vienen de su patria, Alemania ¿Por qué?
 
-Bien… Es verdad que no todos los errores vienen de ahí, pero sí concretamente este punto de que estamos hablando: hace veinte años, Juan Pablo II, después de un diálogo largo y trabajoso, no aceptó que los cristianos vueltos a casar pudieran acceder a la Eucaristía.
[Nota de la Redacción: vid. Familiaris Consortio, N.° 84]. Ahora no podemos ignorar su magisterio y modificar las cosas, sin más. ¿Por qué algunos pastores quieren aceptar lo que no es posible? No lo sé. Quizás ceden al espíritu de los tiempos, o se dejan llevar por el aplauso humano que provocan los medios de comunicación…; no lo sé. Ir a contracorriente suele ser más desagradable. Pero un pastor no debe tomar decisiones según los más o menos aplausos que pueda recibir de los medios; la medida es el Evangelio, la fe, la sana doctrina, la tradición.

 El Papa San Juan Pablo II bendice a parejas de recién casados

jueves, 23 de julio de 2015

Ordenaciones sacerdotales en el Instituto Cristo Rey Sumo Sacerdote

El Instituto de Cristo Rey Sumo Sacerdote es una sociedad de vida apostólica de derecho pontificio, que fue fundada en 1990 por Gilles Wach y Philippe Mora en Gabón. En la actualidad, su casa madre está situada en Glicigliano, cerca de Florencia (Italia), en la que fue la villa de verano de los condes de Martelli y, posteriormente, un priorato adscrito a la abadía benedictina de Fontgombault. Su lema es Veritatem facientes in caritate ("Vivir la verdad en la caridad"), y se encuentra bajo la supervisión de la Pontificia Comisión Eclessia Dei desde su creación. 

 Escudo de Armas

Se trata de un Instituto de vida canonical secular (de ahí su propio hábito de coro). Sus miembros tienden a la perfección sacerdotal mediante una vida fraternal en la común observancia de las Constituciones. El Instituto tiene por fin la glorificación de Dios, la santificación de sus sacerdotes, el servicio a la Iglesia, la salvación de las almas, y la formación doctrinal y espiritual. Celebran la Santa Misa y los Sacramentos conforme a la forma extraordinaria del rito romano, lo que incide a su vez en la Liturgia de las Horas, la vida disciplinar y los usos y costumbres.

 Mons. Gilles Wach

Bajo la protección y advocación de Cristo Rey y la Inmaculada Concepción, su carisma está basado en el ejemplo de sus tres Santos Patronos Celestiales: San Benito de Nursia, con su amor por la celebración solemne de la Liturgia y el énfasis en el equilibrio entre oración y trabajo; Santo Tomás de Aquino, por su amor a la Verdad y la armonía entre fe y razón; y San Francisco de Sales, por su alma sacerdotal, su amor a la enseñanza de la fe católica, y su paciencia y caridad.

El Instituto cuenta hoy con una provincia francesa y otra estadounidense, más apostolados en otros países de Europa (España, Bélgica, Reino Unido, Alemania, Suiza, Italia y Suecia) y en Gabón. 

Su rama femenina son las Adoratrices del Real Corazón de Jesucristo Sumo Sacerdote, una pía asociación de fieles erigida en 2004 por el Arzobispo de Florencia, el Cardenal Ennio Antonelli, y compuesta por religiosas que no viven en clausura y tienen dedicación contemplativa. En la actualidad, las Adoratrices del Real Corazón de Jesucristo Sumo Sacerdote cuentan con tres sedes: la Casa del Corazón Real de Griciliano (Italia), la Casa del Corazón Eucarístico (Suiza) y el monasterio de Maria Engelport (Alemania). 

Las Adoratrices del Real Corazón de Jesucristo Sumo Sacerdote

El Instituto, como otros institutos tradicionales, es continuamente bendecido con abundantes vocaciones. Una prueba de ello son las ordenaciones sacerdotales conferidas en Florencia (Italia) el pasado 2 de julio en la iglesia de San Miguel y San Gaetano de dicha ciudad por Su Emcia. Revma. el Cardenal Raymond Leo Burke, Patrono de la Orden de Malta. 

Ordenaciones sacerdotales del 2 de julio en Florencia 
(Foto: Instituto de Cristo Rey y Sumo Sacerdote, publicada con la gentil autorización del ICRSS)

Los ordenados son: don Jean-Baptiste Commins, don Pierre Dumain, don Guillaume Fenoll, don Edward Gardner, don Damien de La Pintìere, don Frédéric de Martin, don Vianney Poucin de Wouilt, don Hubert d’Irumberry de Salaberry, don Adrien Sequeira, don Scott Tanner y don Rémi Téqui. Tengamos presentes a estos nuevos sacerdotes en nuestras oraciones, para que sean buenos y santos sacerdotes, que sirvan fielmente a Nuestro Señor Jesucristo y a su Iglesia.


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Actualización [29 de julio de 2015]: Una completa crónica (en castellano) de las ordenaciones del ICRSS del 2 de julio pasado, con una galería de fotografías, puede verse aquí. Otra, esta vez en italiano, ofrece el sitio Messa in latino. 

Actualización [6 de agosto de 2015]: El Instituto ha publicado en su sitio web una completa galería de las ordenaciones. Ella puede ser vista aquí. De ella se ha hecho eco, en dos entradas, la bitácora Acción litúrgica, las que puede ser leídas respectivamente aquí y aquí. 

Actualización [30 de enero de 2016]: El día de ayer, 29 de enero, fiesta de San Francisco de Sales en el calendario litúrgico vigente en 1962, fue publicado el decreto de la Santa Sede que aprueba de forma definitiva las constituciones del Instituto de Cristo Rey Sumo Sacerdote. Su texto puede ser revisado aquí. Como Asociación nos alegramos sinceramente por la noticia y hacemos votos para que el Instituto siga sirviendo a la Iglesia como hasta hora, siendo premiada por el Señor con abundantes vocaciones. 

Actualización [10 de octubre de 2017]: Los sitios Rorate Caeli y New Liturgical Movement ha publicado recientemente dos interesantes reportajes (los cuales se puede leer en inglés aquí y aquí, respectivamente) sobre los avances que registra el apostolado del Instituto Cristo Rey Sumo Sacerdote en Iglaterra y Gales. A los actuales apostolados que dispone el Instituto en dicho país, se suman nuevos encargos pastorales en la ciudad de Preston, Diócesis de Lancaster. Estos corresponden a la cura de la iglesia de Santo Tomás de Canterbury y los Mártires Ingleses, la apertura de un colegio en dependencias facilitadas por la Diócesis, el establecimiento de una "Casa de Discernimiento" para vocaciones que deseen integrarse al Instituto, así como la apertura de una casa de religiosas, a cargo de las Hermanas Adoratrices del Real Corazón de Jesús Sumo Sacerdote. Todo lo anterior, a juicio de Rorate Caeli, demuestra la confianza depositada por los obispos ingleses en la liturgia tradicional y los sacerdotes que la celebran, ocupando un lugar de relevancia en la vida de la iglesia en Inglaterra y Gales. Por su parte, el sitio New Liturgical Movement destaca la Santa Misa pontifical celebrada el pasado 24 de septiembre por S. Excia. Revma. Mons. Michael Campbell, Obispo de Lancaster, para la reinauguración de la Iglesia, dejando a sus lectores un hermoso video-reportaje de la ceremonia.

Actualización [8 de noviembre de 2017]: En línea con nuestra actualización anterior, sobre los avances del Instituto Cristo Rey Sumo Sacerdote en su apostolado en Inglaterra, el sitio Rorate Caeli publica en su bitácora que el próximo 12 de noviembre, Su Excelencia Mons. Michael Campbell, Obispo de Lancaster, bendecirá la instalación de la comunidad de las Hermanas Adoratrices del Real Corazón de Jesús Sumo Sacerdote en su diócesis. Más información puede ser consultada en la nota original en inglés aquí. Como Asociación nos alegramos con estos importantes avances, esperando que, D.m., esta nueva comunidad sea bendecida con santas y numerosas vocaciones a la vida religiosa.

Actualización [25 de enero de 2019]: El sitio Messa in latino ha publicado una interesante entrada con dos videos relacionados con el Instituto Cristo Rey Sumo Sacerdote que vale la pena ver. El primero de ellos (en inglés) muestra algo del día a día del seminario de Gricigliano (Italia), lugar de formación de los futuros sacerdotes del Instituto. El segundo de ellos (en francés) se refiere a la encomiable labor evangelizadora que el Instituto realiza en la república africana de Gabón (de ellos hemos dado cuenta aquí). Ambas obras necesitan permanentemente de la ayuda espiritual y material de los fieles para asegurar su sostenimiento, por lo que esperamos que los videos puedan motivar a nuestros lectores a ir en ayuda de ellas.

miércoles, 22 de julio de 2015

Benedicto XVI y la comunión a los divorciados (II)

En la entrada precedente hemos explicado la utilización que hizo el cardenal Kasper de un trabajo publicado en 1972 por el entonces profesor Joseph Ratzinger, donde sostenía la admisibilidad de la comunión a los divorciados bajo ciertas circunstancias, y el posterior cambio de parecer del autor, tanto como prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe como en su calidad de Sumo Pontífice. Para evitar equívocos futuros, el propio Papa emérito ha corregido ese artículo, ahora incluido en el volumen IV de su Opera omnia, sustituyendo la conclusión original por una nueva en línea con el Magisterio de la Iglesia, el mismo que él ayudó a incrementar con San Juan Pablo II y bajo su propio pontificado. 

Les ofrecemos ahora los dos textos: la retractatio de 2014, vale decir, el nuevo final incluido en el volumen IV de la Opera omnia, y el texto original de 1972. Así podrán juzgar ustedes, lectores, por sí mismos.

1. La retractatio: el nuevo final del artículo de 1972, redactado de nuevo por Joseph Ratzinger en 2014


La Iglesia es la Iglesia de la Nueva Alianza, pero vive en un mundo en el cual sigue existiendo inmutada esa "dureza del [...] corazón" (Mt 19, 8) que empujó a Moisés a legislar. Por lo tanto, ¿qué puede hacer concretamente, sobre todo en un tiempo en el que la fe se diluye siempre más, hasta el interior de la Iglesia, y en el que las "cosas de las que se preocupan los paganos", contra las cuales el Señor alerta a los discípulos (cfr. Mt 6, 32), amenazan con convertirse cada vez más en la norma?

Primero de todo, y esencialmente, debe anunciar de manera convincente y comprensible el mensaje de la fe, intentado abrir espacios donde pueda ser vivida verdaderamente. La curación de la "dureza del corazón" sólo puede llegar de la fe y sólo donde ella está viva es posible vivir lo que el Creador había destinado al hombre antes del pecado. Por ello, lo principal y verdaderamente fundamental es que la Iglesia haga que la fe sea viva y fuerte.



Al mismo tiempo, la Iglesia debe seguir intentando sondear los confines y la amplitud de las palabras de Jesús. Debe permanecer fiel al mandato del Señor y tampoco puede ampliarlo demasiado. Me parece que las denominadas "cláusulas de la fornicación" que Mateo añadió a las palabras del Señor transmitidas por Marcos reflejan ya dicho esfuerzo. Se menciona un caso que las palabras de Jesús no tocan.

Este esfuerzo ha continuado en el arco de toda la historia. La Iglesia de Occidente, bajo la guía del sucesor de Pedro, no ha podido seguir el camino de la Iglesia del imperio bizantino, que se ha acercado cada vez más al derecho temporal, debilitando así la especificidad de la vida en la fe. Sin embargo, a su manera ha sacado a la luz los confines de la pertinencia de las palabras del Señor, definiendo así de manera más concreta su alcance. Han surgido, sobre todo, dos ámbitos que están abiertos a una solución particular por parte de la autoridad eclesiástica.

1. En 1 Cor 7, 12-16, San Pablo – como indicación personal que no proviene del Señor, pero a la que sabe estar autorizado – dice a los Corintios, y a través de ellos a la Iglesia de todos los tiempos, que en el caso de matrimonio entre un cristiano y un no cristiano éste puede ser disuelto siempre que el no cristiano obstaculice al cristiano en su fe. De ello la Iglesia ha derivado el denominado privilegium paulinum, que continúa siendo interpretado en su tradición jurídica (cfr. CIC, can. 1143-1150).

Rafael, San Pablo predicando en el Areópago (1515)

De las palabras de San Pablo la tradición de la Iglesia ha deducido que sólo el matrimonio entre dos bautizados es un sacramento auténtico y, por consiguiente, absolutamente indisoluble. Los matrimonios entre un no cristiano y un cristiano sí que son matrimonios según el orden de la creación y, por tanto, definitivos de por sí. Sin embargo, pueden ser disueltos en favor de la fe y de un matrimonio sacramental.

Al final, la tradición ha ampliado este "privilegio paulino", convirtiéndolo en privilegium petrinum. Esto significa que el sucesor de Pedro tiene el mandato de decidir, en el ámbito de los matrimonios no sacramentales, cuándo está justificada la separación. Sin embargo, este denominado "privilegio petrino" no ha sido acogido en el nuevo Código, como era en cambio la intención inicial.

El motivo ha sido el disenso entre dos grupos de expertos. El primero ha subrayado que el fin de todo el derecho de la Iglesia, su metro interior, es la salvación de las almas. De ello se deduce que la Iglesia puede y está autorizada a hacer lo que sirve para conseguir este fin. El otro grupo, al contrario, defendía la idea de que los mandatos del ministerio petrino no deben ampliarse demasiado y que es necesario permanecer dentro de los límites reconocidos por la fe de la Iglesia.

Debido a la falta de acuerdo entre estos dos grupos, el Papa Juan Pablo II decidió no acoger en el Código esta parte de las costumbres jurídicas de la Iglesia y siguió confiándola a la Congregación para la Doctrina de la Fe que, junto con la praxis concreta, debe examinar continuamente las bases y los límites del mandato de la Iglesia en este ámbito.

2. En el tiempo se ha desarrollado de manera cada vez más clara la conciencia de que un matrimonio contraído aparentemente de manera válida, a causa de vicios jurídicos o efectivos puede no haberse concretizado realmente y, por lo tanto, puede ser nulo. En la medida en que la Iglesia ha desarrollado el propio derecho matrimonial, ella ha elaborado también de manera detallada las condiciones para la validez y los motivos de posible nulidad.

La nulidad del matrimonio puede derivar de errores en la forma jurídica, pero también, y sobre todo, de una insuficiente conciencia. Respecto a la realidad del matrimonio, la Iglesia muy pronto reconoció que el matrimonio se constituye como tal mediante el consentimiento de los dos cónyuges, que debe expresarse también públicamente en una forma definida por el derecho (CIC, can. 1057 § 1). El contenido de esta decisión común es el don recíproco a través de un vínculo irrevocable (CIC, can. 1057 § 2; can. 1096 § 1). El derecho canónico presupone que las personas adultas sepan ella solas, partiendo de su naturaleza, qué es el matrimonio y, por consiguiente, que sepan también que es definitivo; lo contrario debería ser demostrado expresamente (CIC, can. 1096 § 1 e § 2).


Sobre este punto, en los últimos decenios han nacido nuevos interrogantes. ¿Se puede presumir hoy que las personas sepan "por naturaleza" sobre lo definitivo y la indisolubilidad del matrimonio, asintiendo con su sí? ¿O acaso no se ha verificado en la sociedad actual, al menos en los países occidentales, un cambio en la conciencia que hace presumir más bien lo contrario? ¿Se puede dar por descontada la voluntad del sí definitivo o no se debe más bien esperar lo contrario, es decir, que ya desde antes se está predispuesto al divorcio? Allí donde el aspecto definitivo sea excluido conscientemente no se llevaría a cabo realmente el matrimonio en el sentido de la voluntad del Creador y de la interpretación de Cristo. De esto se percibe la importancia que tiene hoy una correcta preparación al sacramento.

La Iglesia no conoce el divorcio. Sin embargo, después de lo apenas indicado, ella no puede excluir la posibilidad de matrimonios nulos. Los procesos de anulación deben ser llevados en dos direcciones y con gran atención: no deben convertirse en un divorcio camuflado. Sería deshonesto y contrario a la seriedad del sacramento. Por otra parte, deben examinar con la necesaria rectitud las problemáticas de la posible nulidad y, allí donde haya motivos justos en favor de la anulación, expresar la sentencia correspondiente, abriendo así a estas personas una nueva puerta.

En nuestro tiempo han surgido nuevos aspectos del problema de la validez. Ya he indicado antes que la conciencia natural sobre la indisolubilidad del matrimonio es ahora problemática y que de ello derivan nuevas tareas para el procedimiento procesal. Quisiera indicar brevemente otros dos nuevos elementos:

(a) El can. 1095 n. 3 ha inscrito la problemática moderna en el derecho canónico allí donde dice que no son capaces de contraer matrimonio las personas que "no pueden asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causas de naturaleza psíquica". Hoy, los problemas psíquicos de las personas, precisamente ante una realidad tan grande como el matrimonio, se perciben más claramente que en el pasado. Sin embargo, es bueno poner en guardia sobre edificar la nulidad, de manera imprudente, a partir de los problemas psíquicos; haciendo esto se estaría pronunciando fácilmente un divorcio bajo la apariencia de la nulidad.

(b) Hoy se impone, con gran seriedad, otra pregunta. Actualmente hay cada vez más paganos bautizados, es decir, personas que se convierten en cristianas por medio del bautismo, pero que no creen y que nunca han conocido la fe. Se trata de una situación paradójica: el bautismo hace que la persona sea cristiana, pero sin fe ésta es sólo, a pesar de todo, un pagano bautizado. El can. 1055 § 2 dice que "entre bautizados, no puede haber contrato matrimonial válido que no sea por eso mismo sacramento". Pero, ¿qué sucede si un bautizado no creyente no conoce para nada el sacramento? Podría también tener la voluntad de la indisolubilidad, pero no ve la novedad de la fe cristiana. El aspecto trágico de esta situación se hace evidente sobre todo cuando bautizados paganos se convierten a la fe e inician una vida totalmente nueva. Surgen aquí preguntas para las cuales no tenemos todavía una respuesta. Es, por lo tanto, más urgente aún profundizar sobre ellas.

3. De cuanto dicho hasta ahora surge que la Iglesia de Occidente –la Iglesia católica–, bajo la guía del sucesor de Pedro, por un lado sabe que está estrechamente vinculada a la palabra del Señor sobre la indisolubilidad del matrimonio; sin embargo, por el otro ha intentado también reconocer los límites de esta indicación para no imponer a las personas más de lo que es necesario.

Así, partiendo de la sugerencia del apóstol Pablo y apoyándose al mismo tiempo en la autoridad del ministerio petrino, para los matrimonios no sacramentales ha elaborado ulteriormente la posibilidad del divorcio en favor de la fe. De la misma manera, ha examinado en todos los aspectos la nulidad de un matrimonio.


La exhortación apostólica Familiaris consortio de Juan Pablo II, de 1981, ha llevado a cabo un paso ulterior. En el número 84 está escrito: "En unión con el Sínodo exhorto vivamente a los pastores y a toda la comunidad de los fieles para que ayuden a los divorciados, procurando con solícita caridad que no se consideren separados de la Iglesia […]. La Iglesia rece por ellos, los anime, se presente como madre misericordiosa y así los sostenga en la fe y en la esperanza".

Con esto, a la pastoral se le confía una tarea importante, que tal vez no ha sido suficientemente transpuesta en la vida cotidiana de la Iglesia. Algunos detalles están indicados en la propia exhortación. Se dice que estas personas, en cuanto bautizadas, pueden participar en la vida de la Iglesia, que incluso deben hacerlo. Se enumeran las actividades cristianas que para ellos son posibles y necesarias. Sin embargo, tal vez sería necesario subrayar con mayor claridad qué pueden hacer los pastores y los hermanos en la fe para que ellas puedan sentir de verdad el amor de la Iglesia. Pienso que sería necesario reconocerles la posibilidad de comprometerse en las asociaciones eclesiales y también que acepten ser padrinos o madrinas, algo que por ahora no está previsto por el derecho.

Hay otro punto de vista que se difunde. La imposibilidad de recibir la santa eucaristía es percibida de una manera tan dolorosa sobre todo porque, actualmente, casi todos los que participan en la misa se acercan también a la mesa del Señor. Así, las personas afectadas aparecen también públicamente descalificadas como cristianas.

Considero que la advertencia de San Pablo a autoexaminarse y a la reflexión sobre el hecho de que se trata del Cuerpo del Señor debería tomarse otra vez en serio: "Examínese, pues, cada cual, y coma así el pan y beba de la copa. Pues quien come y bebe sin discernir el Cuerpo, come y bebe su propio castigo" (1 Cor 11, 28 s.) Un examen serio de uno mismo, que puede también llevar a renunciar a la comunión, nos haría además sentir de manera nueva la grandeza del don de la eucaristía y, por añadidura, representaría una forma de solidaridad con las personas divorciadas que se han vuelto a casar.

Quisiera añadir otra sugerencia práctica. En muchos países se ha convertido en una costumbre que las personas que no pueden comulgar (por ejemplo, las personas pertenecientes a otras confesiones) se acerquen al altar, pero mantengan las manos sobre el pecho, haciendo entender de este modo que no reciben el Santísimo Sacramento, pero que piden una bendición, que se les da como signo del amor de Cristo y de la Iglesia. Esta forma ciertamente podría ser elegida también por las personas que viven en un segundo matrimonio y que por ello no están admitidas a la mesa del Señor. El hecho que esto haga posible una comunión espiritual intensa con el Señor, con todo su Cuerpo, con la Iglesia, podría ser para ellos una experiencia espiritual que les refuerce y les ayude.

2. El texto original: La antigua conclusión del artículo de Joseph Ratzinger de 1972


La Iglesia es Iglesia de la Nueva Alianza, pero vive en un mundo en el cual sigue existiendo inmutada la "dureza del […] corazón" (Mt 19, 8) de la Antigua Alianza. Ella no puede dejar de anunciar la fe de la Nueva Alianza, pero muy a menudo está obligada a iniciar su vida concreta un poco por debajo del umbral de las Escrituras.

Así, en situaciones evidentes de emergencia, puede hacer excepciones limitadas para evitar cosas peores. El criterio para obrar así debería ser: los límites del actuar contra "lo que está escrito" se sitúan en el hecho que este actuar no puede poner en discusión la propia forma fundamental, de la que la Iglesia vive. Por consiguiente, está vinculado al carácter de solución excepcional y de ayuda en una situación de necesidad urgente, como han sido, por ejemplo, la situación transitoria misionera, pero también la situación de emergencia concreta de la unión de las Iglesias.

Sin embargo, de este modo surge la pregunta práctica sobre si es posible mencionar una tal situación de emergencia en la Iglesia actual e indicar una excepción que corresponda a estos parámetros. Me gustaría intentar formular, con toda la cautela necesaria, una propuesta concreta que me parece que se enmarca en este contexto.

Allí donde un primer matrimonio esté roto desde hace tiempo y de manera irreparable para ambas partes; allí donde, al contrario, un segundo matrimonio contraído sucesivamente se haya demostrado durante un periodo de tiempo prolongado una realidad virtuosa, guiado por el espíritu de la fe, en particular también en la educación de los hijos (por lo que la destrucción de este matrimonio causaría la destrucción de una entidad virtuosa y provocaría un daño moral), a través de un recorrido extrajudicial, basándose en el testimonio del párroco y de los miembros de la comunidad, se debería conceder a cuantos viven en segundo matrimonio de este tipo el permiso de acceder a la comunión.

Una reglamentación así me parece justificada por la tradición por dos motivos:

(a) Es necesario recordar expresamente el margen de discrecionalidad que hay en cada proceso de anulación. Este margen de discrecionalidad y la disparidad de oportunidades que indefectiblemente deriva del nivel cultural de las personas implicadas, como también de sus posibilidades económicas, deberían poner en guardia contra la idea de que así se puede satisfacer perfectamente la justicia. Además, muchas cosas simplemente no se pueden juzgar, aunque sean a pesar de todo reales. Las peticiones procesales deben limitarse obligatoriamente a lo que es jurídicamente demostrable, pero precisamente por esto pueden omitir hechos decisivos. Sobre todo porque de este modo, los criterios formales (errores de forma o forma eclesial interrumpida voluntariamente) pasan a ser tan preponderantes que llevan a injusticias. En conjunto, desde el punto de vista jurídico el hecho de desplazar la pregunta sobre el acto que funda el matrimonio es inevitable y, sin embargo, constituye una limitación del problema que no puede rendir justicia plenamente a la naturaleza de la acción humana. El proceso de anulación indica prácticamente un grupo de criterios que establecen si a un determinado matrimonio no se le pueden aplicar los parámetros del matrimonio entre creyentes. Pero no acaba con el problema y, por lo tanto, no puede avanzar la pretensión de esa rigurosa exclusividad que se le ha atribuido bajo el dominio de una determinada forma de pensamiento.

(b) El reconocimiento de que el segundo matrimonio se haya demostrado una realidad virtuosa durante un tiempo prolongado y que haya sido vivido en el espíritu de la fe corresponde, de facto, con ese tipo de indulgencia que emerge en Basilio donde, después de un periodo continuo de penitencia, al "digamus" (es decir, a quien vive en un segundo matrimonio) se le concede la comunión sin la anulación del segundo matrimonio: con la confianza en la misericordia de Dios, que no deja sin respuesta la penitencia. Cuando del segundo matrimonio nacen obligaciones morales en lo que atañe a los hijos, a la familia y también a la mujer y no existen obligaciones análogas que derivan del primer matrimonio; cuando, por consiguiente, el cese del segundo matrimonio por motivos morales es inadmisible y, por otra parte, la abstinencia no es, en la práctica, una posibilidad real ("magnorum est", dice Gregorio II), la apertura a la comunión eucarística, después de un tiempo de prueba, parece estar sin duda alguna justa y plenamente en línea con la tradición de la Iglesia: aquí la concesión de la "communio" no puede depender de un acto que sería inmoral o, de hecho, imposible.

La distinción que se hace confrontando la primera tesis con la segunda debería corresponder también a la cautela tridentina, si bien como regla concreta va más allá: el anatema contra una doctrina que quiere hacer de la forma fundamental un error o, por lo menos, una costumbre superable, permanece en todo su rigor. El matrimonio es "sacramentum", tiene la forma fundamental que no se puede eliminar de la decisión asumida hasta el fondo. Pero ello no excluye que la comunión eucarística de la Iglesia abrace también a las personas que reconocen esta doctrina y este principio de vida, pero que se encuentran en una situación de emergencia de naturaleza especial en la cual tienen particularmente necesidad de la plena comunión con el Cuerpo del Señor. También así la fe de la Iglesia seguirá siendo signo de contradicción: esto es lo que considera esencial y precisamente en esto sabe que está siguiendo al Señor, el cual ha anunciado a sus discípulos que no tienen que pretender estar por encima del Maestro, rechazado por devotos y progresistas, por judíos y paganos.
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Nota de la Redacción: El título del artículo de 1972, conservado en la nueva edición de 2014, es "Zur Frage nach der Unauflöslichkeit der Ehe. Bemerkungen zum dogmengeschichtlichen Befund und zu seiner gegenwärtigen Bedeutung ["Sobre la cuestión de la indisolubilidad del matrimonio. Observaciones sobre lo que deriva de la historia de los dogmas y sobre su importancia actual"], que fue publicado en Henrich, F./Eid, V. (ed.), Ehe und Ehescheidung. Diskussion unter Christen [Matrimonio y divorcio. Debate entre cristianos], Múnich, Kösel, 1972. La nueva edición del artículo, con la conclusión totalmente reformulada por su autor, según ha queda visto con la transcripción precedente, apareció publicada en el otoño boreal de 2014 en el siguiente volumen de la edición alemana de la Opera Omnia: Ratzinger, J./Benedikt XVI, Einführung in das Christentum. Bekenntnis, Taufe, Nachfolge. Joseph Ratzinger Gesammelte Schriften, Band 4, Freiburg, Herder, 2014. La traducción pertenece a Helena Faccia Serrano y ha sido tomada de Religión en libertad.

lunes, 20 de julio de 2015

Federico García Lorca en tres actos (I)

Cuentan que en los últimos días antes de su muerte, Federico García Lorca (1898-1936) dijo sentirse a su vez católico, comunista, anarquista, libertario, tradicionalista y monárquico. Una muestra de que este genial poeta y dramaturgo español de la Generación de 1927 estaba por encima de cualquier encasillamiento de esos que tanto gustan a los seguidores de las convenciones mundanas. 

 Federico García Lorca

Queremos ofrecer a nuestros lectores una serie intitulada "Federico García Lorca en tres actos", donde compartiremos algunas estampas que muestran la fe latente del poeta granadino. En la primera reproduciremos fragmentos de la correspondencia intercambiada con sus padres desde Nueva York.

En 1929, Fernando de los Ríos propuso a Lorca que le acompañase en su viaje a Nueva York. Éste aceptó viendo la oportunidad de aprender inglés como alumno de la Universidad de Columbia, renovar su obra y de vivir en el extranjero por primera vez. Años después describiría ese viaje como "una de las experiencias más útiles de mi vida". 


Primera edición del poemario Poeta en Nueva York (1940)
aparecido cuatro años luego de la muerte de García Lorca

La correspondencia con sus padres refleja los sentimientos que le produce esta inmensa cuidad estadounidense, especialmente por la novedad de lo que percibe. En una de esas cartas,  fechada el 14 de julio de 12929, les advierte que "el problema religioso es importante de ver y estudiar en los Estados Unidos", y comienza a explicar el por qué de sus dichos:

He asistido también a oficios de diferentes religiones. Y he salido dando vivas al portentoso, bellísimo, sin igual catolicismo español. No digamos nada de los cultos protestantes. No me cabe en la cabeza (en mi cabeza latina) cómo hay gentes que pueden ser protestantes. Es lo más ridículo y lo más odioso del mundo.


Oyendo misa (Rocafort), de José Benlliure Gil (1855-1937).


Figuraos vosotros una iglesia que en lugar de altar mayor haya un órgano y delante de él un señor de levita (el pastor) que habla. Luego todos cantan, y a la calle. Está suprimido todo lo que es humano y consolador y bello, en una palabra. Aun el catolicismo de aquí es distinto. Está minado por el protestantismo y tiene esa misma frialdad. Esta mañana fui a ver una misa católica dicha en inglés. Y ahora veo lo prodigioso que es cualquier cura andaluz diciéndola. Hay un instinto innato de belleza en el pueblo español y una alta idea de la presencia de Dios en el templo. Ahora comprendo el espectáculo fervoroso, único en el mundo, que es una misa en España. La lentitud, la grandeza, el adorno del altar, la cordialidad en la adoración del Sacramento, el culto a la Virgen, son en España de una absoluta personalidad y de una enorme poesía y belleza. Ahora comprendo también aquí, frente a las iglesias protestantes, el por qué racial de la gran lucha de España contra el protestantismo y de la españolísima actitud del gran rey injustamente tratado en la historia, Felipe II.

 García Lorca en Columbia

Lo que el catolicismo de los Estados Unidos no tiene es solemnidad, es decir, calor humano. La solemnidad en lo religioso es cordialidad, porque es una prueba viva, prueba para los sentidos de la inmediata presencia de Dios. Es como decir: Dios está con nosotros, démosle culto y adoración. Pero es una gran equivocación suprimir el ceremonial. Es la gran cosa de España. Son las formas exquisitas, la hidalguía con Dios... España es el único país fuerte y vivo que queda en el mundo. Sin embargo, yo he observado al público católico esta mañana y he visto una devoción extraordinaria, sobre todo en los hombres, cosa rara en España. Han comulgado muchas gentes y era un público serio, sin pamplinas y con una disciplina extraordinaria. He visto la primera comunión de unos niños japoneses con sus caritas amarillas, vestidos de blanco, de lo más delicado y frágil que se puede soñar.

Refiriéndose posteriormente a la Iglesia ortodoxa, les comenta: 


Es casi como la católica... el rito es aún más esplendoroso que el nuestro... los cánticos y los coros son insuperables. Es todo bizantino y más complicado y primitivo que lo romano... y hay en la misa un momento de mucha emoción, que es cuando el pope, después de consagrar, se vuelve al pueblo y presenta un crucifijo, dando grandes voces, una especie de lamento de melodía preciosa». Termina: «Sigo diciendo que la belleza y profundidad del catolicismo es infinitamente superior. De ser religioso en una religión positiva no hay más perfección que en el catolicismo». Sin embargo, parece que el pope tiene un «patriarcalismo» del que emana una autoridad y bondad que le pareció no existir en el simple cura católico. Sea por el rito, el traje o por su prestancia, emana una categoría superior de hombre iniciado en misterios de la que carece el cura católico.

 García Lorca en Columbia

En fin, les deja sus impresiones tras visitar una sinagoga: 

Cantaron cosas hermosísimas y había un cantante que era un prodigio de voz y de emoción. Pero también comprendo que en Granada somos casi todos judíos. Era una cosa estupenda ver cómo parecían todos granadinos. Había más de veinte, entre don Manuel López Sáez y Miguel Carmona. El rabino se llama Sola, con la misma coloración pálida de Sola Segura, su probable pariente. En fin, que yo me moría de risa. Hicieron una ceremonia muy bonita, muy solemne, pero que a mí me resultó vacía de sentido. Me parece demasiado fuerte la figura de Cristo para negarla. Lo que sí era extraordinario era el canto. El canto era terrible, patético, desconsolado. Era una queja continua, de belleza impresionante. 

sábado, 18 de julio de 2015

Benedicto XVI y la comunión a los divorciados (I)

Con ocasión de la XIV Asamblea General de Sínodo de Obispos convocada por el papa Francisco para el mes de octubre de este año y dedicada al misterio y vocación de la familia según la Revelación de Jesucristo, se han sucedido una serie de informaciones referidas a un eventual cambio o apertura de la doctrina de la Iglesia en varias materias que atañen a la moral sexual y social. Nuestro propósito es terciar en el debate, como ya lo hizo hace algunos meses nuestro presidente con la carta publicada en el periódico El Mercurio de Santiago de Chile y que les ofrecimos en esta bitácora, contribuyendo a clarificar algunos puntos relacionados con la enseñanza tradicional de la Iglesia, que es inmutable por propia definición. 

La Sagrada Familia de Nazaret, a quien Antonio Gaudí dedicó su impresionante basílica

Por cierto, es muy aconsejable seguir la discusión a partir de los textos oficiales que proporciona la Santa Sede, como son los Lineamenta y el Instrumentum laboris, y no a través de la prensa, y siempre con la ayuda iluminadora que proporciona el Magisterio de la Iglesia condensado en el Catecismo de la Iglesia Católica (véase también la Carta a los Obispos de la Iglesia Católica sobre la recepción de la Comunión eucarística por parte de fieles divorciados vueltos a casar de la Congregación para la Doctrina de la Fe [14 de septiembre de 1994] y la Declaración sobre la admisibilidad a la santa Comunión de los divorciados vueltos a casar del Consejo Pontificio para los Textos Legislativos [24 de junio de 2000]).

En esta ocasión queremos compartir con nuestros lectores un texto del papa emérito Benedicto XVI referido a la comunión de los divorciados. Su posición en este tema, que bajo la apariencia de una mejor acogida pastoral esconde múltiples consecuencias para la doctrina del pecado y de los sacramentos, es bien conocida la posición y ha sido formulado varias veces, primero como cardenal prefecto de la congregación para la Doctrina de la Fe y, después, como Sumo Pontífice. Ahora, sin embargo, vuelve sobre el argumento con un nuevo escrito, que acaba de publicarse en Alemania en la colección de su Opera Omnia (editada en alemán por Herder y español por la Biblioteca de Autores Cristianos).



Con carácter previo a la transcripción de ese tema, cuya lectura es de mucho provecho y les ofreceremos en la siguiente entrada, conviene dar algunas explicaciones sobre su origen. 

En la Opera Omnia, Ratzinger está volviendo a publicar (con la ayuda del prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, Gerhard Ludwig Müller) todos sus escritos teológicos, agrupados por temas y distribuidos en dieciséis volúmenes. En el último de los nueve volúmenes publicados hasta ahora en alemán (el IV de la serie), de casi 1000 páginas y titulado Introducción al cristianismo. Profesión, bautismo, seguimiento (Einführung in das Christentum. Bekenntnis-Taufe-Nachfolge) ha encontrado su lugar un artículo de 1972 sobre la cuestión de la indisolubilidad del matrimonio, publicado ese año en Alemania en un libro escrito por varios autores sobre matrimonio y divorcio.

El entonces Prof. Dr. Joseph Ratzinger (1971)

Ese artículo de Ratzinger de 1972 fue "redescubierto" el mes de febrero pasado por el cardenal Walter Kasper en el informe con el que introdujo el consistorio de los cardenales convocado por el papa Francisco para debatir sobre el tema de la familia, en vista del sínodo de los obispos programado para octubre. En esa ocasión, y apoyando la admisión a la comunión eucarística de los divorciados que se han vuelto a casar (que ha sido denominada por la prensa "la doctrina Kasper"), el mentado cardenal dijo:

"La Iglesia de los orígenes nos da una indicación que puede servir, a la que ya hizo mención el profesor Joseph Ratzinger en 1972. […] Ratzinger sugirió retomar de manera nueva la posición de Basilio. Parecería una solución apropiada, que está también en la base de mis reflexiones".

Efectivamente, en ese artículo de 1972, el entonces profesor de teología de Ratisbona, que contaba cuarenta y cinco años de edad y se había desempeñado como perito conciliar, sostenía que dar la comunión a los divorciados vueltos a casar, en condiciones particulares, parecía estar "plenamente en línea con la tradición de la Iglesia" y en particular con "ese tipo de indulgencia que surge en Basilio donde, después de un periodo continuo de penitencia, al ´digamus´ (es decir, a quien vive en un segundo matrimonio) se le concede la comunión sin la anulación del segundo matrimonio: con la confianza en la misericordia de Dios, que no deja sin respuesta la penitencia".

San Basilio de Cesarea

Pero lo que que el cardenal Kasper no dijo es que ese artículo de 1972 fue la primera y la última vez que Ratzinger se "abrió" a la comunión a las personas divorciadas y vueltos a casar. De hecho, seguidamente no sólo se adhirió de forma plena a la posición rigorista, de prohibición de la comunión, reafirmada por el magisterio de la Iglesia durante el pontificado de Juan Pablo II (véase aquí el listado de los documentos pontificios sobre la familia), sino que contribuyó de manera determinante, como prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, también a la argumentación teológica de dicha prohibición (véase los dos documentos citados al final del primer párrafo).

Contribuyó sobre todo firmando la carta a los obispos del 14 de septiembre de 1994, con la cual la Santa Sede rechazaba las tesis favorables a la comunión a los divorciados vueltos a casar sostenidas en los años precedentes por algunos obispos alemanes, entre ellos el hoy cardenal Kasper (entonces obispo de Rottenburg-Stuttgart).

Seguidamente, lo hizo con un texto de 1998 publicado por la Congregación para la Doctrina de la Fe y vuelto a publicar por L´Osservatore Romano el 30 de noviembre de 2011, e intitulado "La pastoral del matrimonio debe fundarse en la verdad".

Sin contar que sucesivamente, como Papa, volvió a confirmar y motivó varias veces la prohibición de la comunión sacramental en el marco de la pastoral para los divorciados vueltos a casar (véase, por ejemplo, los documentos enlazados en esta página).

Por consiguiente, no es causa de asombro que el Papa emérito haya considerado inapropiada la cita que de su artículo de 1972 hizo el pasado febrero Kasper para apoyar sus tesis, como si nada hubiera sucedido después de ese año. De ahí la decisión tomada, al volver a publicar su artículo de 1972 en el volumen IV de su Opera Omnia, de reescribir y ampliar la parte final del mismo, alineándola con su pensamiento sucesivo y actual y, sobre todo, con la que ha sido la enseñanza uniforme de la Iglesia en esta materia.


El papa Benedicto XVI en su mesa de trabajo

En la entrada siguiente les ofreceremos la traducción española de la nueva parte final del artículo de 1972, tal como aparece en el volumen IV de la Opera Omnia, que fue entregado a la imprenta por el Papa emérito Benedicto XVI en marzo de 2014. Inmediatamente después, vendrá la reproducción de la parte sustituida (aquella presente en la edición original de 1972 y eliminada en la revisión de 2014), la que fue citada por el cardenal Kasper en apoyo de sus tesis en el consistorio del pasado mes de febrero. Valga precisar que en la reedición de 2014 se precisa que "la contribución ha sido totalmente revisada por el autor", para no dejar dudas en los lectores sobre el cambio de criterio en esta importante materia.

martes, 14 de julio de 2015

Invitación: Santa Misa cantada


Se invita cordialmente a todos los fieles a la Santa Misa cantada que se celebrará con ocasión del Congreso Summorum Pontificum, el próximo miércoles 22 de julio a las 19:00 hrs., en la iglesia de Nuestra Señora de la Victoria, Av. Bellavista 37, entre Pío Nono y Pinto Lagarrogue, Metro Baquedano.

Agradecemos desde ya la ayuda de nuestros lectores en la difusión de esta invitación entre sus familiares y amigos.



sábado, 11 de julio de 2015

El Cardenal Sarah sobre la liturgia



Según lo consignamos en su momento, el Cardenal guineano Robert Sarah es desde el pasado 24 de noviembre Prefecto de la Congregación para el Culto Divino y Disciplina de los Sacramentos.  Conforme lo reveló el mismo Cardenal Sarah en un reciente mensaje al congreso litúrgico Sacra Liturgia Conference, realizado en los EE.UU. en junio de este año, el Santo Padre, al asumir el Cardenal sus tareas a cargo de la Congregación, le manifestó su voluntad de que Su Eminencia "continúe la buena obra en la liturgia iniciada por el Papa Benedicto XVI". 

Es en el espíritu de esa misión encomendada al nuevo Prefecto que debe leerse el brillante artículo de autoría del Cardenal Sarah que a continuación les ofrecemos, publicado recientemente en L'Osservatore Romano. En él, el Cardenal esboza lo que define la Liturgia en un profundo sentido teológico, al tiempo que advierte sobre algunos malentendidos - en especial la interpretación del concepto de la participatio actuosa de los fieles en la Constitución Conciliar Sacrosantum Concilium, al que dedicáramos una entrada - y abusos en materia litúrgica, proponiendo algunas soluciones para reconducir la liturgia a su verdadera esencia.



 
Silenciosa acción del corazón
Para leer y aplicar la constitución del Vaticano II sobre la Liturgia

Cardenal Robert Sarah

¿Se leerá después de cincuenta años después de su promulgación por el Papa Pablo VI la constitución del concilio Vaticano II sobre la sagrada liturgia? La Sacrosantum concilium no es en realidad un simple catálogo de “recetas” de reforma, sino una verdadera y propia Magna charta de toda acción litúrgica. El Concilio Ecuménico nos da en ella una lección magistral sobre el método. En efecto, lejos de contentarse con una aproximación disciplinaria y exterior a la liturgia, el concilio quiere hacernos ver lo que está en su esencia. La práctica de la Iglesia proviene siempre de aquello que ella recibe y contempla en la revelación. La pastoral no se puede desconectar de la doctrina [Nota de la Redacción: punto sobre el cual ya se había manifestado el Cardenal Sarah en un reciente libro-entrevista, según lo consignamos en una entrada]. En la Iglesia “lo que proviene de la acción está ordenado a la contemplación” (cfr. N.° 2). La constitución conciliar nos invita a redescubrir el origen trinitario de la acción litúrgica. En efecto, el concilio establece una continuidad entre la misión de Cristo Redentor y la misión litúrgica de la Iglesia. “Como Cristo fue enviado del Padre, del mismo modo envió Él a los apóstoles”, de modo tal que “mediante el sacrificio y los sacramentos, en torno a los cuales gravita toda la vida litúrgica”, se realice “la obra de salvación”. (N.° 6) Actualizar la Liturgia no es otra cosa que actualizar la obra de Cristo. La liturgia es en su esencia actio Christi: “la obra de la redención humana y la perfecta glorificación de Dios” (N.° 5). Es Él el gran sacerdote, el verdadero sujeto, el verdadero actor de la Liturgia (cfr. N.° 7). Si este principio vital no encuentra acogida en la Fe, se corre el riesgo de hacer de la Liturgia una obra humana, una celebración que la comunidad hace de sí misma.


Por el contrario, la obra propia de la Iglesia consiste en entrar en la acción de Cristo, en hacerse parte en aquella acción respecto de  la cual Él ha recibido la misión del Padre. En razón de ello “nos fue dada la plenitud del culto divino”, pues “su humanidad, en la unidad de la persona del Verbo, fue instrumento de nuestra salvación” (N.° 5). La Iglesia, cuerpo de Cristo, debe convertirse a su vez en instrumento de las manos del Verbo. Éste es el significado último del concepto clave de la Constitución conciliar: la participatio actuosa. Dicha participación consiste para la Iglesia en convertirse en instrumento de Cristo-sacerdote, para participar de su misión trinitaria. La Iglesia participa activamente en la obra litúrgica de Cristo en la medida en que es instrumento. En este sentido, hablar de “comunidad celebrante” no carece de ambigüedad y su uso requiere de verdadera cautela (cfr. Instrucción Redemptoris sacramentum, N.° 42). La participatio actuosa no debería ser comprendida nunca como la necesidad de hacer algo. En este punto la enseñanza del Concilio  ha sido deformada con frecuencia. Se trata, por el contrario, de permitir que Cristo nos tome y nos haga partícipes de su sacrificio. La participatio litúrgica debe en razón de ello ser entendida como una gracia de Cristo, quien “asocia siempre consigo a la Iglesia” (Sacrosantum concilium, N.° 7). Es Él quien debe tener la iniciativa y la primacía. La Iglesia invoca “como su Señor y por medio de Él rinde culto al Padre eterno” (N.° 7). El sacerdote debe por tanto convertirse en este instrumento que deja traslucir a Cristo. Como ha recordado recientemente nuestro Papa Francisco, el celebrante no es el presentador de un espectáculo, no debe buscar la simpatía de la asamblea poniéndose frente a ella como su interlocutor principal. Entrar en el espíritu del Concilio significa por el contrario cancelarse a sí mismo, renunciar a ser el punto focal. De modo contrario a lo que se ha sostenido a veces, es plenamente conforme con la constitución conciliar y, además, oportuno, que durante el rito penitencial, el canto del Gloria, las oraciones y la plegaria eucarística todos, sacerdote y fieles, se vuelvan juntos hacia el Oriente, para expresar su voluntad de participar de la obra de culto y redentora llevada a cabo por Cristo. Este modo de proceder podría oportunamente ser introducido en las catedrales, donde la vida litúrgica debe ser ejemplar (cfr. N.° 41).


Bien entendido, hay algunas partes de la Misa en las cuales el sacerdote, actuando in persona Christi Capitis, entra en diálogo nupcial con la asamblea. Mas este “cara a cara” no tiene otro fin más que conducir a un tête-à-tête con Dios, que por medio de la gracia del Espíritu Santo, se convertirá en un diálogo de corazón a corazón. El concilio propone así otros medios para favorecer la participación: “las aclamaciones de los fieles, las respuestas, el canto de los salmos, las antífonas, los cantos, además de las acciones, los gestos y la actitud corporales” (N.° 30). Una lectura demasiado apresurada y, sobre todo, demasiado humana, ha conducido a concluir que era necesario hacer que los fieles estuvieran constantemente ocupados. La mentalidad occidental contemporánea, modelada por la técnica y fascinada por los medios de comunicación, ha querido hacer de la Liturgia una obra de pedagogía eficaz y rentable. En este espíritu, se ha buscado hacer que  las celebraciones sean algo distendido. Los actores litúrgicos, animados por motivaciones pastorales, intentan en ocasiones hacer una obra didáctica introduciendo en las celebraciones elementos profanos y propios del espectáculo. ¿No florecen acaso testimonios, puestas en escena y aplausos? Se cree así favorecer la participación de los fieles cuando de hecho se reduce la Liturgia a un juego humano. “Es cierto que el silencio no es una virtud, ni el ruido un pecado”, dice Thomas Merton, “pero el tumulto, la confusión y el ruido constantes de la sociedad moderna o en ciertas liturgias eucarísticas africanas son expresión de la atmósfera de sus pecados más graves, de su impiedad, de su desesperación. Un mundo de propaganda,  de argumentaciones infinitas, de invectivas, de críticas, o simplemente de cháchara, es un mundo en que la vida no vale la pena de ser vivida. La Misa se convierte en un alboroto confuso; las oraciones en un ruido exterior o interior” (Thomas Merton, Le signe de Jonas, Ed. Albin Michel, París, 1955, p. 322). 

 R.P. Thomas Merton, O.C.S.O.

Se corre el riesgo real de no dejar ningún lugar a Dios en las nuestras celebraciones. Incurrimos en la tentación de los hebreos en el desierto. Ellos intentaron crearse un culto a su medida y a su altura, y no olvidemos que acabaron postrados frente al ídolo del becerro de oro.

Es momento de escuchar al Concilio. La Liturgia es “principalmente culto de la majestad divina” (N.° 33) Tiene valor pedagógico en la medida en que esté completamente ordenado a la glorificación de Dios y al culto divino. La Liturgia nos pone realmente en la presencia de la trascendencia divina. Participación verdadera significa renovar en nosotros aquel “estupor” que San Juan Pablo II tenía en gran consideración (cfr. Ecclesia de Eucharistia, N.° 6). Este estupor sacro, este temor dichoso, requiere de nuestro silencio frente a la majestad divina. Se olvida a menudo que el silencio sacro es uno de los medios indicados por el Concilio para favorecer la participación. Si la Liturgia es obra de Cristo, ¿es necesario que el celebrante introduzca agregados propios? Se debe recordar que, cuando el Misal autoriza una intervención, ésta no debe tornarse en un discurso profano y humano, un comentario más o menos sutil sobre la actualidad, o un saludo mundano a las personas presentes, sino una sutil invitación a entrar en el Misterio (cfr. Instrucción General del Misal Romano, N.° 50). En cuanto a la homilía, ella misma es un acto litúrgico, que tiene sus propias reglas. La participatio actuosa en la obra de Cristo presupone que se abandone el mundo profano para entrar en la “acción sagrada por excelencia” (Sacrosantum concilium, N.° 7). De hecho, “nosotros pretendemos, con una cierta arrogancia, permanecer en lo humano para entrar en lo divino” (Robert Sarah, Dieu ou rien, p. 178). En este sentido, es deplorable que el sagrario en nuestras iglesias no sea un lugar estrictamente reservado al culto divino, que se entre en él con vestiduras profanas, que el espacio sagrado no sea claramente delimitado por la arquitectura. Como enseña el Concilio, Cristo está presente en su Palabra cuando ésta es proclamada, por lo que es igualmente dañino que los lectores no tengan una vestimenta apropiada que muestre que no pronuncian palabras humanas, sino una Palabra divina.

 Presbiterio tradicional

La Liturgia es una realidad fundamentalmente mística y contemplativa, y consiguientemente está fuera del alcance de nuestra acción humana; también la participatio es una gracia de Dios. Por lo tanto, presupone de nuestra parte nuestra apertura al misterio celebrado. De este modo, la Constitución dispone la comprensión plena de los ritos (cfr. N.° 34) y, al mismo tiempo, prescribe “que los fieles sepan recitar y cantar juntos, también en latín, las partes del ordinario de la Misa que les corresponde” (N.° 54). En efecto, la comprensión de los ritos no es obra de la razón humana entregada a sí misma, la cual, para ello, tendría que comprenderlo todo, entenderlo todo, dominarlo todo. La comprensión de los ritos sacros es aquella del sensus fidei, que ejercita la Fe viviente a través del símbolo y que conoce por sintonía más que por concepto. Esta comprensión presupone que nos acerquemos al Misterio con humildad. ¿Existirá el coraje de seguir al Concilio hasta este punto? Una lectura similar, iluminada por la Fe, es sin embargo fundamental para la Evangelización. En efecto, “a aquellos que están fuera, ella [la Liturgia] les muestra la Iglesia, como estandarte alzado frente a las naciones, bajo el cual los hijos de Dios que estén dispersos puedan congregarse” (N.° 2). La Liturgia debe dejar de ser un lugar de desobediencia a las prescripciones de la Iglesia. Más específicamente, no puede ser un lugar de laceraciones  infligidas por unos cristianos a otros. Las lecturas dialécticas de la Sacrosantum concilium, las hermenéuticas de la ruptura en un sentido u otro, no son el fruto de un espíritu de Fe. El Concilio no ha querido romper con las formas litúrgicas heredadas de la Tradición,  sino que, por el contrario, ha querido profundizarlas. La Constitución establece que “las nuevas formas  se desarrollen, por decirlo así, orgánicamente a partir de aquellas ya existentes” (N.° 23). En tal sentido, es necesario que cuantos celebran según el Usus antiquior lo hagan sin espíritu de oposición, sino en el espíritu de la Sacrosantum concilium. Del mismo modo, sería errado considerar la Forma Extraordinaria del Rito Romano como derivada de una teología diversa que no sea aquella de la Liturgia reformada. Sería también deseable que se insertase como apéndice de una próxima edición del Misal el rito penitencial y el ofertorio del Usus antiquior, a fin de subrayar que las dos formas se iluminan mutuamente, en continuidad y sin oposición.

Si vivimos en este espíritu, la Liturgia dejará de ser el lugar de las rivalidades y de la crítica, para hacernos participar finalmente de un modo activo de aquella Liturgia “que se celebra en la ciudad santa de Jerusalén, hacia la cual nos dirigimos como peregrinos, donde Cristo está sentado […] como ministro del santuario” (N.° 8).

 La Nueva Jerusalén y el Río de la Vida,  
del Beato de don Fernando I y Doña Sancha (1047)

Nota de la Redacción: El texto arriba transcrito fue publicado en la edición del 12 de junio de 2015 de L'Osservatore Romano, p. 6. La traducción desde el italiano es de la Redacción, así como los destacados. El artículo original puede leerse aquí.

Actualización [3 y 6 de junio de 2016]: En una visita a España realizada a fines del mes de mayo pasado, el cardenal Sarah se ha referido a la importancia de que los sacerdotes celebren vueltos hacia el oriente y hacia Dios. Recordó que la Misa de cara al pueblo no fue una obligación impuesta por la reforma posconciliar, sino una posibilidad más dada a los sacerdotes. Lo importante es que éstos y la feligresía estén orientados en una misma dirección durante la celebración de la Misa, que por lo que ella representa debe ser Cristo sobre el altar. Puede verse aquí y aquí lo dicho por el cardenal Sarah en Ávila, España. El sitio Religion en libertad ha subido también el video íntegro del coloquio con sacerdotes que el Cardenal Sarah tuvo después de su conferencia en Ávila, el que recomendamos vívamente a nuestros lectores. 

Actualización [30 de junio de 2016]: El cardenal Sarah ha efectuado unas interesantes declaraciones sobre la importancia de la liturgia, porque es en ella donde se juega el destino de la fe. Véase el artículo publicado en La Nuova Bussola Quotidina por Luisella Scrosatti (en italiano). 

Actualización [7 de julio de 2016]: Durante la inauguración del Congreso Sacra Liturgia UK que comenzó el pasado martes 5 en Londres, y consecuente con declaraciones anteriores que hemos reproducido, el Cardenal Sarah pronunció una interesante conferencia donde llamó a los sacerdotes a celebrar vueltos hacia el Señor desde el próximo I Domingo de Adviento. También pidió a los fieles que adopten como práctica la de arrodillarse a la consagración y a recibir así la sagrada Comunión. En la ocasión, además, el Prefecto de la Congregación del Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos desveló que el papa Francisco le ha pedido estudiar una "reforma de la reforma" para "enriquecer las dos formas, ordinaria y extraordinaria, del rito romano". Se trata de un proyecto que se remonta al pontificado de Benedicto XVI, con la intención de mejorar la continuidad litúrgica en la oración de la Iglesia tal como se ha transmitido antes y después del Concilio Vaticano II, en especial intentando llevar a su  pleno cumplimiento la constitución conciliar Sacrosanctum Concilium. Como inmediata muestra de obediencia, S.E.R Dominique Rey, obispo de Fréjus-Toulon (Francia) y presente en el acto, señaló que adoptaría esa orientación en su catedral y escribiría una carta a sus sacerdotes instándolos a redescubrir la tradicional orientación de la liturgia católica. El reporte de la conferencia puede leerse aquí y aquí (en español) y aquí (en inglés). El congreso Sacra Liturgia tiene una página de Facebook con información sobre su desarrollo. Otro reportaje de la conferencia del cardenal Sarah puede leerse en Religión en libertad, y aquí puede verse una galería fotográfica de su intervención. 

Actualización [20 de julio de 2016]: El sitio Catholicvs ofrece una hermosa galería fotográfica de la Santa Misa Pontifical (Novus Ordo) oficiada ad Orientem el pasado miércoles 6 de julio por el Cardenal Robert Sarah en el Oratorio Brompton de Londres (Reino Unido), en el marco del Congreso Sacra Liturgia 2016, donde el día anterior había instado a todos los sacerdotes a celebrar la Santa Misa vueltos hacia el Señor a partir del primer Domingo de Adviento de este año.

Actualización [1° de agosto de 2016]: El sitio Sacra Liturgia ha publicado tanto en inglés como en francés la versión escrita y oficial de la conferencia dada por el cardenal Robert Sarah, prefecto de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, donde se refirió a la importancia de interpretar de manera auténtica la Constitución Sacrosanctum Concilium. En ella, el cardenal ha subrayado que “no retiraba nada” de cuanto había dicho (véase aquí la noticia en español). Algunos sacerdotes, animados por la llamada del prefecto vaticano con competencia sobre la liturgia, ya han comenzando a celebrar la Santa Misa según la forma ordinaria vueltos hacia el Oriente. El sitio New Liturgical Movement trae un ejemplo de una celebración Novus Ordo orientada ocurrida en Croacia. 

Actualización [22 de septiembre de 2016]: El sitio El búho escrutador ha publicado una interesante entrada respecto de la orientación del sacerdote cuando celebra la Santa Misa. En ella explica cómo la más larga y bella tradición patrística avala plenamente la exhortación del Cardenal Robert Sarah, Prefecto de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, dirigida a los sacerdotes de todo el mundo para que celebren la Santa Misa ad orientem.