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domingo, 20 de febrero de 2022

El Sínodo sobre la sinodalidad. Implementación de la “eclesiología del Concilio Vaticano II”

Ofrecemos aquí la traducción de un importante artículo respecto del Sínodo sobre la sinodalidad, convocado por el papa Francisco. El jueves 20 de enero publicamos en este blog la traducción de “La Misa de siempre: baluarte de la ortodoxia”, de Cristiana de Magistris, en que se desarrolla la idea del desmantelamiento de la teología que se está llevando a cabo después del Concilio Vaticano II; desmantelamiento que es, al cabo, el desmantelamiento de la fe que la Iglesia ha recibido en depósito. Frente a ese proceso, la Misa de siempre es el primero y el último baluarte, y de ahí el furor con que se la quiere suprimir. En el presente artículo se analiza el contexto general de dicho desmantelamiento, que es presentado, por sus fautores, como una “renovación” de la “eclesiología” según las líneas que dejó sugeridas, aunque no totalmente desplegadas, el citado Concilio Vaticano II. El sentido que se quiere imponer a esta “renovación” contraría frontalmente la fe de la Iglesia, y permite aquilatar más todavía la importancia de la defensa de la Misa de siempre como el gran obstáculo para dicha infausta empresa.

Cumple recordar que el Código de Derecho Canónico (1983) señala que "el Sínodo de los Obispos es una asamblea de Obispos escogidos de las distintas regiones del mundo, que se reúnen en ocasiones determinadas para fomentar la unión estrecha entre el Romano Pontífice y los Obispos, y ayudar al Papa con sus consejos para la integridad y mejora de la fe y costumbres y la conservación y fortalecimiento de la disciplina eclesiástica, y estudiar las cuestiones que se refieren a la acción de la Iglesia en el mundo" (canon 342). Esta función consultiva viene refrendada enseguida, cuando se explica que "corresponde al Sínodo de los Obispos debatir las cuestiones que han de ser tratadas, y manifestar su parecer, pero no dirimir esas cuestiones ni dar decretos acerca de ellas, a no ser que en casos determinados le haya sido otorgada potestad deliberativa por el Romano Pontífice, a quien compete en este caso ratificar las decisiones del Sínodo" (canon 343). 

Matt Gaspers, el autor del artículo que reproducimos, es el editor principal de Catholic Family News, un periódico mensual y un apostolado en línea centrado en la fe católica tradicional y en la herencia de la civilización cristiana. Colabora también de forma habitual con The Fatima Crusader, OnePeterFive y LifeSiteNews. Sus líneas de trabajo incluyen la teología, la historia de la Iglesia, las apariciones de Fátima, el Islam y la vida espiritual.

El artículo fue publicado originalmente en Catholic Family News y reproducido en LifeSite News. La traducción proviene de la Redacción. 

Matt Gaspers

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El Sínodo sobre la sinodalidad. Implementación de la “eclesiología del Concilio Vaticano II”

Matt Gaspers

El llamado Sínodo sobre la Sinodalidad -oficialmente la décimo sexta Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los Obispos, cuyo tema es “Hacia una Iglesia sinodal: comunión, participación y misión” (octubre 2021, octubre 2023)- fue inaugurado el 9 de octubre de 2021 en Roma, y el domingo siguiente en las diócesis del mundo.

A diferencia de los sínodos anteriores, cada uno de los cuales estuvo dedicado a determinados temas doctrinales/pastorales[1] o a la situación de la Iglesia en alguna región específica del mundo[2], el foco del Sínodo actual es mucho más amplio y se refiere a la verdadera naturaleza de la propia Iglesia (que es el objeto de la eclesiología, una rama especial de la teología), a fin de cambiar fundamental y permanentemente la Iglesia (o, al menos, la comprensión tradicional de su constitución divina) y el modo como ella actúa[3]. 

Como veremos, el propósito fundamental de este “camino sinodal” parece ser una puesta al día adicional (aggiornamento) de la Iglesia de acuerdo con la “eclesiología del Concilio Vaticano II”, frase que figura en un documento vaticano de 2018 que es decisivo para comprender el Sínodo actual (más adelante nos referimos a esto).

Durante su discurso para el “Momento de reflexión” (9 de octubre de 2021), el papa Francisco dejó perfectamente en claro este propósito fundamental (los énfasis están añadidos): “Si queremos hablar de una Iglesia sinodal, no podemos declararnos satisfechos con sólo las apariencias; necesitamos contenido, medios y estructuras que puedan facilitar el diálogo y la interacción con el Pueblo de Dios, especialmente entre sacerdotes y laicos. Esto exige cambiar ciertas visiones claramente verticales, distorsionadas y parciales de la Iglesia, del sacerdocio ministerial, del papel del laicado, de las responsabilidades eclesiales, de los papeles del gobierno, etc.”[4].

El Papa puso énfasis en cómo esta “experiencia sinodal” de dos años ofrece la oportunidad, al Cuerpo Místico de Cristo, de “convertirse en una Iglesia que escucha”, así como también en una “Iglesia de la cercanía”, que no sólo mediante palabras sino por su misma presencia fortalece mayores lazos de amistad con la sociedad y con el mundo. Una Iglesia que no se mantiene alejada de la vida, sino que se sumerge en los problemas y necesidades de hoy, vendando las heridas y sanando los corazones rotos con el bálsamo de Dios”[5].

El Papa incluso llegó hasta citar al P. Yves Congar (1904-1995), un perito (experto en teología) de avanzada en el Concilio Vaticano II y cofundador de la revista heterodoxa Concilium[6], que escribió alguna vez: “No hay necesidad de crear otra Iglesia, sino de crear una Iglesia diferente” (“Verdadera y falsa reforma en la Iglesia”)[7].

Y entre los “problemas y necesidades” que esta “Iglesia diferente” debe abordar están el medioambientalismo y la fraternidad humana, que implican, ambos, el diálogo interreligioso, con el peligro asociado de la indiferencia religiosa -herejía condenada, repetidas veces, con anterioridad al Concilio Vaticano II[8]-.

(Foto: artículo original)

Medioambientalismo y fraternidad humana: elementos constituyentes del actual Sínodo

En la primera sección del Documento Preparatorio del Sínodo, “La llamada a caminar juntos”, se lee lo siguiente: “El camino sinodal se desarrolla en un contexto histórico caracterizado por enormes cambios en la sociedad y por una crucial transición en la vida de la Iglesia, que no puede ser ignorada: es en medio de las complejidades de este contexto, en medio de sus tensiones y contradicciones, que estamos llamados a “escudriñar los signos de los tiempos y a interpretarlos a la luz del Evangelio” (Gaudium et Spes, núm. 4) (Documento Preparatorio, núm. 4).

Después de citar una famosa frase de Gaudium et Spes (como se conoce la "Constitución pastoral de la Iglesia en el mundo moderno" del Concilio Vaticano II)[9], y sin jamás definir qué significa la “crucial transición en la vida de la Iglesia”, el documento prosigue: “Una tragedia global, como la pandemia del COVID-19, momentáneamente revivió la consciencia de que somos una comunidad global, que estamos todos en el mismo barco, que los problemas de algunas personas son problemas de todos. Una vez más nos hemos dado cuenta de que nadie se salva solo; sólo nos podemos salvar todos juntos” (Fratelli Tutti, núm. 32). Al mismo tiempo, la pandemia ha hecho explotar las desigualdades e injusticias ya existentes: la humanidad parece cada vez más sacudida por procesos de masificación y de fragmentación; la trágica situación que encaran los migrantes en todas partes del mundo muestra cuán grandes y poderosas son todavía las barreras que dividen a la única familia humana. Las encíclicas Laudato Si' y Fratelli Tutti ilustran la profundidad de las fallas tectónicas que subyacen a la humanidad, y podemos remitirnos a estos análisis para comenzar a escuchar el grito de los pobres de la tierra y a reconocer las semillas de esperanza y de futuro que el Espíritu sigue sembrando incluso en nuestros tiempos: “El Creador no nos abandona; nunca renuncia a su plan ni se arrepiente de habernos creado. La humanidad tiene todavía la capacidad de trabajar en conjunto por la construcción de nuestra casa común” (Laudato Si', núm. 13)” (Documento Preparatorio, núm. 5).

Advertimos aquí la centralidad del medioambientalismo (tema de Laudato Si') y de la fraternidad humana (tema de Fratelli Tutti) para el actual Sínodo, todo ello en el contexto de la “pandemia del COVID-19”.

Es interesante constatar que el pasado octubre tuvo lugar un acontecimiento, que se traslapó con la inauguración del Sínodo en las diócesis del mundo (17 de octubre de 2021), que combinó los temas del ambientalismo y de la fraternidad humana y que recibió la bendición del papa Francisco: la edición 2021 del Parlamento de las Religiones del Mundo (celebrado entre el 16 y el 18 de octubre), el octavo de estos encuentros desde su comienzo en Chicago, en 1893. Dicho evento se realizó “para reunir al movimiento interreligioso mundial global y para celebrar la perduración del espíritu y del trabajo de las comunidades religiosas y espirituales que luchan por un mundo más justo, pacífico y sostenible”, según lo declara el sitio web de la organización. 

Como lo informó en aquel momento Religion News Service, “el principal tema global que mantuvo en ebullición la superficie, fue la crisis climática y sus efectos de largo alcance. Este tópico fue tratado por participantes de todos los ámbitos ideológicos y religiosos”. 

Entre tales participantes estuvo el cardenal Peter Turkson, entonces Prefecto del Dicasterio para la Promoción del Desarrollo Humano Integral[10]. Y el arzobispo Christoph Pierre, que era el Nuncio apostólico en los Estados Unidos, envió el siguiente mensaje (fechado el 24 de septiembre de 2021) al cardenal Blaise Cupich, arzobispo de Chicago (lugar donde están las oficinas del parlamento), a nombre del papa Francisco: “Su Santidad el papa Francisco envía su cordial saludo a todos los participantes en la reunión del Parlamento de las Religiones Mundiales que se celebrará virtualmente [debido al COVID-19] del 17 al 18 de octubre. Confía Su Santidad que esta experiencia de diálogo fraternal llamará la atención hacia la universal aspiración del espíritu humano de paz y al imperativo moral de actuar con compasión en la satisfacción de las necesidades de nuestros hermanos y hermanas de la gran familia humana. Con oraciones para que el encuentro contribuya a una sociedad humana global más justa y humana, respetuosa de la inviolable dignidad de cada persona, “enraizada en los valores de paz, mutua comprensión y armónica coexistencia” (Documento sobre la Fraternidad Humana para la Paz Mundial y la Vida Común [4 de febrero, 2019]), Su Santidad invoca sobre los participantes bendiciones de sabiduría, gozo y paz”.  

Como veremos, el diálogo interreligioso y el ecumenismo (diálogo entre los cristianos), debido a que son parte integral de la “eclesiología del Concilio Vaticano II”, son también elementos constitutivos de la sinodalidad.

(Foto: Asia News)

¿Qué es la sinodalidad?

Si está Ud. confundido por el término “sinodalidad”, no es el único que lo está. En su homilía en la Misa de apertura del Sínodo en la Arquidiócesis de Nueva York (17 de octubre de 2021), el cardenal Timothy Dolan ingenuamente preguntó a los asistentes a la Catedral de San Patricio (Ciudad de Nueva York): “Ahora bien, les pregunto ¿qué es la sinodalidad de la que San [error] el papa Francisco habla tan a menudo? Óiganme, yo no sé si la entiendo perfectamente. Y el Santo Padre parece ser honesto al admitir que tampoco él la comprende plenamente, lo cual me parece que es la razón por la que nos ha convocado a esta tarea. Como que él quiere que nos reunamos con él para orar y escuchar y discernir, examinándonos a nosotros mismos y a la Iglesia en general para ver, o sea, para ver si estamos en el camino correcto que Jesús ha trazado para su Amada Esposa, la Iglesia, su Cuerpo Místico”.

Si regresamos al Documento Preparatorio del Sínodo, leemos en él que, al convocarnos al Sínodo sobre la Sinodalidad, “el Papa Francisco invita a toda la Iglesia a reflexionar sobre un tema que es tan decisivo para su vida y su misión: “Es precisamente este camino de la sinodalidad lo que Dios espera de la Iglesia en el tercer milenio” (Documento Preparatorio, núm. 1). El Vademécum (Manual) oficial del Sínodo repite esta cita (“Es precisamente este camino de la sinodalidad […]”), que está tomada de un importante discurso pronunciado por Francisco en 2015, y agrega además (hemos añadido el énfasis): “Siguiendo en la senda de la renovación de la Iglesia propuesta por el Concilio Vaticano II, este camino común es tanto un don como una tarea. Reflexionado en común sobre el camino que se ha andado hasta aquí, los diversos miembros de la Iglesia podrán aprender de las experiencias y perspectivas de unos y otros, con la guía del Espíritu Santo (Documento Preparatorio, núm. 1). Iluminados por la Palabra de Dios y unidos en oración, podremos discernir los procesos para buscar la voluntad de Dios y seguir por las sendas por las que Dios nos llama hacia una comunión más profunda, a una más plena participación, y a una mayor apertura para la realización de nuestra misión en el mundo” (Vademécum, núm. 1.2).

Sobre la naturaleza de la sinodalidad sigue diciendo el Vademécum: “Primero, y lo más importante, la sinodalidad denota el estilo propio que caracteriza la vida y la misión de la Iglesia, expresando su naturaleza como Pueblo de Dios que camina y se reúne como asamblea, convocada por el Señor Jesús en el poder del Espíritu Santo para proclamar el Evangelio[11] […] El corazón de la experiencia sinodal es oír a Dios a través de la escucha mutua, inspirados por la Palabra de Dios. Nos oímos mutuamente a fin de oír mejor la voz del Espíritu Santo que habla a nuestro mundo de hoy” (Vademécum, núm. 1.2 y 4.1).

Posiblemente la descripción más reveladora de la sinodalidad, sin embargo, se encuentra en el documento del Vaticano de 2018 mencionado al comienzo de este artículo, documento que cita el discurso de 2015 de Francisco y empieza reproduciendo la frase más famosa (o infame) de dicho discurso: “Es precisamente este camino de la sinodalidad lo que Dios espera de la Iglesia en el tercer milenio”. 

Sinodalidad en la vida y la misión de la Iglesia

El documento “Sinodalidad en la vida y en la misión de la Iglesia”, (en adelante SVMI), fue redactado por la Comisión Teológica Internacional en Roma y su publicación fue aprobada por el cardenal Luis Ladaria, s.j., Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe y, ex officio, Presidente de dicha Comisión. En ese documento se lee: “Aunque el término sinodalidad no se encuentra específicamente como tal o como concepto en la enseñanza del Concilio Vaticano II, es justo decir que la sinodalidad está en el corazón de la obra de renovación alentada por el Concilio” [el énfasis ha sido añadido].

“La eclesiología del Pueblo de Dios subraya la común dignidad y la misión de todos los bautizados en el ejercicio de la variada y ordenada riqueza de sus carismas, vocaciones y ministerios […] En este contexto eclesiológico, la sinodalidad es modus operandi et vivendi propio de la Iglesia, Pueblo de Dios, que revela y le da sustancia a su ser como comunión cuando todos sus miembros caminan juntos, se reúnen en asamblea y toman parte activa en su misión evangelizadora” (SVMI, núm. 6).

Aunque la cita no tiene referencia a pie de página, la frase “eclesiología del Pueblo de Dios” se refiere claramente a Lumen Gentium, la Constitución Dogmática sobre la Iglesia del Vaticano II, cuyo capítulo segundo se intitula “Del Pueblo de Dios”. 

En tanto que el art. 14 de Lumen Gentium está dedicado a analizar “al fiel católico”, los arts. 15 y 16 delinean la nueva enseñanza de que la Santa Madre Iglesia está de algún modo “vinculada con” toda clase de no católicos (art. 15), y éstos están “relacionados de varias formas con el Pueblo de Dios” (art. 16): cristianos no católicos, judíos, musulmanes, “aquellos que en sombras e imágenes buscan al Dios desconocido”, e incluso “aquellos que, sin culpa de su parte, no han llegado todavía a un conocimiento explícito de Dios” (“sin culpa”, a pesar de la enseñanza en contrario de 1 Rm, 18-20 y de la Constitución Dogmática Dei Filius, sobre la fe católica, del Concilio Vaticano I, cap. 2, art. 1). Además, bajo el título “Un nuevo umbral en la senda del Vaticano II”, SVMI explica a continuación la continuidad que hay entre el Concilio, la sinodalidad y el papa Francisco: “Los frutos de la renovada promesa del Concilio Vaticano II en su promoción de la comunión eclesial, de la colegialidad episcopal y del pensar y actuar “sinodalmente” han sido ricos y preciosos. Queda todavía, sin embargo, un largo camino en la dirección indicada por el Concilio [énfasis añadido]”.

De ahí el nuevo umbral que el papa Francisco nos invita a cruzar. En la huella del Concilio Vaticano II, y siguiendo los pasos de sus predecesores, el papa insiste en que la sinodalidad describe la forma de la Iglesia que emerge del Evangelio de Jesús, y que está llamada a encarnarse hoy en nuestra historia, con creativa fidelidad [?] a la Tradición.

De acuerdo con la enseñanza de Lumen Gentium, el papa Francisco pone particular énfasis en que la sinodalidad “nos ofrece el contexto más apropiado para comprender el ministerio jerárquico mismo” [discurso de 2015] y en que, sobre la base de la doctrina del sensus fidei fidelium [sentido de la fe de los fieles], todos los miembros de la Iglesia son agentes de evangelización […] Además, la sinodalidad está en el corazón del compromiso ecuménico de los cristianos [énfasis añadido] porque constituye una invitación a caminar juntos la senda que conduce a la plena comunión y porque -cuando entendida correctamente- ofrece una vía de entendimiento y experiencia de la Iglesia, en que encuentran su lugar las legítimas diferencias en la lógica de un recíproco intercambio de dones, a la luz de la verdad” (SVMI, núm. 8-9).

Si la sinodalidad tiene precedentes en la “eclesiología del Concilio Vaticano II” (SVMI, núm. 42,71) -una enseñanza reconocidamente novedosa (cf. SVMI, núm. 5) que postula que toda la humanidad, sin consideración de afiliaciones religiosas (o de su ausencia) está conectada a la Iglesia católica en diversos grados- y si la “sinodalidad está en el corazón del compromiso ecuménico de los cristianos” (SVMI, núm. 9), se comienza a entender por qué la literatura oficial del Sínodo sobre Sinodalidad incluye declaraciones como la siguiente (énfasis añadido): “Se llama a las diócesis a recordar que los sujetos principales de esta experiencia sinodal son los bautizados. Se debe tener especial cuidado de involucrar a aquellas personas que corren el peligro de ser excluidas: las mujeres, los minusválidos, los refugiados, los migrantes, los ancianos, las personas que viven en la pobreza, los católicos que rara vez o nunca practican su fe […] Todos juntos, todos los bautizados son sujeto del sensus fidelium, la voz viva del Pueblo de Dios. Al mismo tiempo, para participar plenamente en el acto de discernimiento, es importante que los bautizados escuchen la voz de otras personas en su medio local, incluyendo a quienes han dejado de practicar la fe, a quienes pertenecen a otras tradiciones de fe, a quienes no tienen fe religiosa [recuérdese Lumen Gentium, analizada precedentemente], etc. Porque, como declara el Concilio [Vaticano II]: “Los gozos y esperanzas, las penas y ansiedades de los hombres de nuestro tiempo, especialmente de los pobres o afligidos, son los gozos y esperanzas, las penas y ansiedades de los seguidores de Cristo. En realidad, nada que sea auténticamente humano deja de producir un eco en sus corazones” (Gaudium et Spes, núm. 1).

“Por esta razón, aunque son todos los bautizados los llamados específicamente a tomar parte en el Proceso Sinodal, nadie -cualquiera sea su afiliación religiosa- debiera ser excluido de compartir su perspectiva y experiencia [de nuevo, recuérdese Lumen Gentium], en la medida en que desea ayudar a la Iglesia en su viaje sinodal en busca de lo que es bueno y verdadero” (Vademécum, núm. 2.1)”.

El problema que presentan muchas de las ideas anteriores es que son diametralmente opuestas a la eclesiología católica tradicional, que no ve que tenga valor alguno consultar a los que están fuera de la Iglesia con el propósito de mejorar la situación al interior de la Iglesia. Esto es, por ejemplo, lo que el Catecismo Romano (o sea, el Catecismo del Concilio de Trento) declara en lo que se refiere a las “iglesias” no católicas (¡ni mencionar las instituciones no cristianas!) en contraste con la única y verdadera Iglesia: “Y tal como ésta única Iglesia [la católica] no puede errar ni en fe ni en moral, ya que está guiada por el Espíritu Santo, así, por el contrario, todas las demás sociedades que se arrogan el nombre de iglesia deben, necesariamente, estar guiadas por el espíritu del diablo, y hundidas en los más perniciosos errores, tanto doctrinales como morales”[12].

Tampoco ayuda consultar a los “católicos que rara vez o nunca practican su fe”, ya que no están viviendo la vida sobrenatural de gracia de la Iglesia y son, por tanto, “miembros muertos [que] a veces siguen adheridos a un cuerpo viviente”, para citar de nuevo al Catecismo Romano[13].

(Imagen: Opus Dei)

Mayor prominencia para el laicado

Como hemos visto, hay varios componentes integrales incluidos en el actual sínodo, como el medioambientalismo, la fraternidad humana, el diálogo interreligioso y el ecumenismo. A estos elementos podemos añadir también el de la mayor prominencia de los laicos, una iniciativa que aparentemente busca poner patas arriba la constitución, divinamente instituida, de la estructura jerárquica de la Iglesia.

Sobre este punto, dice SVMI (núm. 57): “Recogiendo la perspectiva eclesiológica del Concilio Vaticano II, el papa Francisco esboza la imagen de la Iglesia sinodal como una “pirámide invertida” [discurso de 2015] que incluye al Pueblo de Dios y al Colegio de los Obispos, uno de cuyos miembros, Sucesor de San Pedro, tiene el ministerio específico de la unidad. Aquí, la cumbre está más abajo que la base”. 

En la tradición, el laicado ha estado ubicado en la base extensa de la pirámide eclesiástica, con los sacerdotes, obispos y, finalmente, el Papa sobre él; pero no con el fin de que el clero pueda aplastar tiránicamente al laicado, sino de un modo análogo a como los niños están bajo la autoridad, guía y protección de sus padres. Citando el Catecismo de Baltimore, la Iglesia “es la congregación de todos los bautizados unidos en la misma fe verdadera, en el mismo sacrificio y en los mismos sacramentos, bajo la autoridad del Soberano Pontífice y de los obispos en comunión con él” [énfasis añadido][14].

En cambio, en la nueva Iglesia sinodal la estructura tradicional es inaceptable y debe ser “aplastada”, como lo deja en claro SVMI: “La conversión pastoral para la implementación de la sinodalidad significa que algunos paradigmas a menudo presentes todavía en la cultura eclesiástica deben ser aplastados, porque expresan una comprensión de la Iglesia que no ha sido renovada por la eclesiología de la comunión. Ellos incluyen: la concentración de la responsabilidad de la misión en el ministerio de los Pastores; el insuficiente aprecio de la vida consagrada y de los dones carismáticos; el escaso uso de la contribución específica y cualificada de los fieles laicos, incluidas las mujeres, en sus áreas de especialización” (núm. 105).

De este modo, podemos esperar ver un impulso para empoderar (para recurrir a un cliché secular) a los laicos en el gobierno a todos los niveles y en todas las áreas de la Iglesia mediante este “viaje sinodal”.

Marianne Arndt, asistente parroquial, predica la homilía en la Parroquia de Santa Isabel de la ciudad de Colonia
(Foto: La Croix)

Diez núcleos temáticos que revelan el DNA del Sínodo 

Para concluir, revisemos sumariamente los llamados “diez núcleos temáticos” enumerados al final del Documento Preparatorio del Sínodo, que se repitan en el Vademécum (Manual), destinados a usarse como medio de conducir la “consulta mundial al Pueblo de Dios” (Documento Preparatorio, núm. 26) durante la “fase diocesana” del proceso sinodal de dos años (Vademécum, núm. 31). Tal como es en el núcleo de una célula donde se almacena el material genético, estos “núcleos temáticos” revelan el vínculo hereditario que hay entre el Concilio Vaticano II, la sinodalidad y varios rasgos familiares del pontificado de Francisco.

Los diez temas son: (1) los compañeros de ruta; (2) la escucha; (3) la proclamación; (4) la celebración; (5) la corresponsabilidad en la misión; (6) el diálogo en la Iglesia y en la sociedad; (7) el diálogo con otras denominaciones cristianas; (8) autoridad y participación; (9) discernimiento y decisión, y (10) la formación de sí mismos en la sinodalidad.

Cada categoría incluye temas para la discusión, que el Vademécum prevé que tendrá lugar vía “grupos, con moderadores, de discusión en línea, actividades en línea auto-guiadas, grupos de conversación, llamadas por teléfono y varias formas de comunicación social, así como también cuestionarios en línea y basados en publicaciones”. He aquí algunos ejemplos de los temas considerados en las diez categorías (Documento Preparatorio, núm. 30):

- “Cuando decimos “nuestra Iglesia”, ¿quiénes forman parte de ella?” (véase el Catecismo de Baltimore, citado anteriormente, para la respuesta correcta).

- “¿Cómo se escucha al laicado, especialmente a los jóvenes y a las mujeres?”

- “¿Cómo promovemos la participación activa de todos los fieles en la liturgia y en el ejercicio de la función santificante?” (tema central en la Constitución Sacrosanctum Concilium del Concilio Vaticano II).

- “¿Qué espacio se otorga al ejercicio de los ministerios de lector y de acólito?”[15] (dos de las órdenes menores que Pablo VI decidió alterar después del Concilio).

- “¿Qué experiencias de diálogo y de compromiso compartido tenemos con los creyentes de otras religiones y con los no creyentes?” (temas centrales de la Declaración Nostra Aetate, del Concilio Vaticano II).

- “¿Qué relaciones tenemos con los hermanos y hermanas de otras denominaciones cristianas?” (tema central del Decreto Unitatis Redintegratio, del Concilio Vaticano II).

- “¿Cómo se promueve los ministerios laicos y la toma de responsabilidades por los fieles?”.

- “¿Qué instrumentos nos ayudan a leer la dinámica de la cultura en que estamos inmersos y el impacto de ella en nuestro estilo de Iglesia?”.

Un sacerdote católico bendice a una pareja de mujeres en una iglesia de Múnich 
(Foto: El País)

Conclusión

Sobre la base de las pruebas analizadas en este artículo, el Sínodo sobre la Sinodalidad tiene claramente la intención de ser una extensión del último Concilio ecuménico -un poderoso impulso para implementar más plenamente la problemática “eclesiología del Vaticano II” en toda la Iglesia universal-. Oremos para que el verdadero sensus fidei, tan a menudo alabado por el papa Francisco y otros defensores de la sinodalidad, se despierte en el alma de muchos católicos, y los conduzca a hacer oír sus voces en defensa de la Tradición y en oposición a las “profanas novedades” (1 Tim 6, 20). Como historiador católico, Roberto de Mattei escribe en su libro Apología de la Tradición: “[…] el sensus fidei puede impulsar a los fieles, en casos excepcionales, a rehusar su consentimiento a algunos documentos eclesiásticos e incluso a adoptar, frente a las supremas autoridades, una postura de resistencia o de aparente desobediencia. La desobediencia es sólo aparente porque, en estos casos de legítima resistencia, el principio es que debemos obedecer a Dios antes que a los hombres (Hch 5, 29) […] Una actitud de resistencia en caso de confrontación con una enseñanza de las autoridades eclesiásticas que envuelve un peligro para la fe, debiera ser comprendida no tanto como “desobediencia” sino, por el contrario, como lealtad y unión más profunda con la Iglesia y con la Tradición”[16].

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[1] Por ejemplo, “La evangelización en el mundo moderno” (1974), “La catequesis en nuestro tiempo” (1977), “La familia cristiana” (1980), “La vocación y misión de los fieles laicos en la Iglesia y en el mundo” (1987), “La formación de los sacerdotes en las actuales circunstancias” (1990), “La vida consagrada y su papel en la Iglesia y en el mundo” (1994), “La Eucaristía, fuente y culminación de la vida y de la misión de la Iglesia” (2005), “La Palabra de Dios en la vida y la misión de la Iglesia” (2008).

[2] Por ejemplo, Sínodo especial para los Países Bajos (1980), Primera Asamblea especial para Europa (1991), Primera Asamblea especial para África (1994), Asamblea especial para América (1997), Asamblea especial para Asia (1998), Asamblea especial para Oceanía (1998), Asamblea especial para el Medio Oriente (2010).

[3] Debe reconocerse que, en gran medida, este cambio eclesiológico tuvo lugar ya por medio del Concilio Vaticano II (1962-1965) — especialmente en el documento Lumen Gentium (11 de noviembre de 1964) y su novel distinción entre “la única Iglesia de Cristo” y la “Iglesia católica”: la primera “subsiste” en la segunda (art. 8) — y el establecimiento de un “Concilio permanente de obispos para la Iglesia universal” hecho por el papa Pablo VI (Apostolica Sollicitudo, 15 de septiembre de 1965) hacia el término del Concilio. El actual Sínodo sobre la Sinodalidad simplemente lleva ciertas novedades conciliares hasta el extremo.

[4] Esto hace recordar el “sueño” de Francisco, expresado en Evangelii Gaudium (24 de noviembre de 2013), de “una opción misionera, es decir, de un impulso misionero capaz de transformarlo todo, de modo que las costumbres de la Iglesia, el modo de hacer las cosas, los tiempos y los programas, el lenguaje y las estructuras puedan ser adecuadamente adaptados más a la evangelización del mundo de hoy que a su propia preservación“ (núm. 27). Este “sueño” incluye “auténtica autoridad doctrinal” para las “conferencias episcopales” (ibid., núm. 32).

[5] Todo esto está contenido en la creencia de que la Iglesia jamás ha verdaderamente escuchado y, en el curso de la historia, ha permanecido “ajena a la vida”, ignorando los “problemas y necesidades” de los tiempos, todo lo cual es claramente falso. En cuanto a fortalecer “mayores vínculos de amistad con la sociedad y el mundo”, vienen a la memoria las siguientes palabras de la Escritura:  “Quienquiera se hace amigo de este mundo, se hace enemigo de Dios”(St 4, 4).

[6] Según su sitio web, “Concilium fue fundada en 1965 por algunos de los principales teólogos de la época: Anton van den Boogaard, Paul Brand, Yves Congar OP, Hans Küng, Johann Baptist Metz, Karl Rahner s.j., y Edward Schillebeeckx. Concilium existe para promover la discusión teológica en el espíritu del Concilio Vaticano II, del cual surgió. Es un periódico católico en el más amplio sentido: firmemente enraizado en la tradición católica, pero abierto también a otras tradiciones cristianas y a las fes del mundo”.

[7] Esto hace recordar lo que el arzobispo Carlo Maria Viganò escribió en su primera gran intervención sobre el Concilio (9 de junio de 2020):  “desde el Concilio Vaticano II en adelante se construyó una Iglesia paralela, sobrepuesta y diametralmente opuesta a la verdadera Iglesia de Cristo. Esta iglesia paralela oscureció progresivamente la divina institución fundada por Nuestro Señor, a fin de reemplazarla por una entidad espuria, que corresponde al deseo de una religión universal, teorizada primeramente por la Masonería”.

[8] Véase, por ejemplo, Gregorio XVI, encíclica Mirari Vos (1832); Pío IX, Syllabus de errores (1864); Pío XI, encíclica Mortalium Animos (1928).

[9] En 1987, el entonces cardenal Joseph Ratzinger (futuro papa Benedicto XVI), que fungía como perito (teólogo experto) del cardenal Josef Frings de Colonia (1887-1978) durante el Concilio, escribía que Gaudium et Spes (Constitución sobre la Iglesia en el mundo moderno) y Dignitatis Humanae (Declaración sobre la libertad religiosa) constituían en conjunto “un contra-syllabus [refiriéndose al Syllabus de errores de Pío IX] y, como tal, representaban, de parte de la Iglesia, un intento de reconciliación oficial con la nueva era inaugurada en 1789” (Ratzinger, J., Principles of Catholic Theology [San Francisco, Ignatius Press, 1987], p. 382).

[10] El período de cinco años del prelado africano, de 73 años, como Prefecto,debía expirar a fines de 2021. En vez de renovar el nombramiento del cardenal Turkson, el papa Francisco decidió nombrar al cardenal Michael Czerny, s.j., como cabeza del Dicasterio en calidad de interino, a partir del 1 de enero de 2022, “mientras se designa al nuevo Prefecto”, según dice el comunicado de la Oficina de Prensa de la Santa Sede.

[11] Esta es una cita directa de “Sinodalidad en lavida y la misión de la Iglesia” (núm. 70, a); pero, curiosamente, no se da la cita en el Vademécum.

[12] Roman Catechism (ed. St. Charles Borromeo), parte I: El Credo, Art. IX (Rockford, TAN Books & Publishers, Inc., 1982), p. 107.

[13] Ibid., p. 100.

[14] The New Saint Joseph Baltimore Catechism, No. 2 (Nueva York, Catholic Book Publishing Corp., 1969), q. 136 (p. 72). Esta definición concuerda con la de San Roberto Bellarmino,  quien define la Iglesia como “el cuerpo de hombres que profesan el mismo cristianismo y comparten los mismos sacramentos reunidos en comunión […] bajo el gobierno de los pastores legítimos y especialmente del único Vicario de Cristo en la tierra, el Sumo Pontífice” (On the Church [trans. Ryan Grant], vol. I, lib. III [Post Falls, Mediatrix Press, 2017], p. 237).

[15] De acuerdo con el motu proprio de Francisco Spiritus Domini (10 enero de 2021), se permite ahora que las mujeres sean formalmente instituidas como lectores y acólitos por los obispos locales, contra toda la tradición de la Iglesia.  

[16] De Mattei, R., Apologia for Tradition: A Defense of Tradition Grounded in the Historical Context of the Faith (Kansas City, Angelus Press, 2019), p. 95.

sábado, 5 de diciembre de 2020

Respuesta al cuestionario de la Congregación sobre la Doctrina de la Fe para la Arquidiócesis de Santiago de Chile

En marzo de este año, la Congregación para la Doctrina de la Fe envío un cuestionario a los obispos del mundo para actualizar la información disponible respecto de la forma extraordinaria del rito romano, cuya respuesta debía ser remitida a la Santa Sede en el mes de junio. Todavía no se han hecho público los resultados de dicha encuesta, pero Rorate Caeli dice que las respuestas recibidas fueron favorables.  Por su parte, la Federación Internacional Una Voce también hizo una consulta, la que fue respondida por corresponsales de 364 diócesis en 52 países. Los resultados han sido publicados en el último número de la revista Gregorius Magnus. 

Dejamos aquí la respuesta que preparamos en su día respecto de situación en la Arquidiócesis de Santiago de Chile, siguiendo el cuestionario enviado por la Santa Sede y reflejando la situación objetiva de la forma extraordinaria en la ciudad. 

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Diócesis: Santiago de Chile

Ordinario: S.E.R. Celestino Aós Braco Ofm.

1. ¿Cuál es la situación en su diócesis de la forma extraordinaria del rito romano?

En nuestra arquidiócesis se celebra la forma extraordinaria del rito romano con frecuencia dominical y en las fiestas de precepto en un solo lugar. La Santa Misa es organizada por la Asociación Litúrgica “Magnificat”, un grupo estable de fieles constituido de conformidad a las leyes civiles en la iglesia de Nuestra Señora de la Victoria, un oratorio céntrico de propiedad de una universidad privada. Un sacerdote diocesano oficia como capellán de la organización desde el año 1997.

Fuera de esta organización, cuya existencia se remonta al año 1966, y sin considerar las actividades de la Fraternidad Sacerdotal de San Pío X, que está instalada de manera estable desde mediados de la década de los 1980, no existen otras parroquias o iglesias donde se celebren de forma regular los sacramentos conforme a los libros litúrgicos de 1962.

2. Si la forma extraordinaria se aplica en ella, ¿responde a una verdadera necesidad pastoral o es promovida por un solo sacerdote?

Sí, responde a la necesidad pastoral de los fieles que así lo han solicitado y se han constituido como organización para tales fines, aún con anterioridad a la dictación del motu proprio Summorum Pontificum. De hecho, la Misa se ha celebrado, con distinta frecuencia, de manera ininterrumpida desde 1966.

3. En su opinión, ¿hay aspectos positivos o negativos en el uso de la forma extraordinaria?

Sin duda son muy positivos, ya que es una manifestación de la Lex Orandi de la Iglesia que debe conservar su debido lugar de honor y promoción en su tradición litúrgica.

4. ¿Se respeta las normas y condiciones establecidas por Summorum Pontificum?

Lamentablemente, por la falta de formación de los ministros de la Iglesia en esta materia, no ha sido posible promover ni atender a la solicitud de los fieles que han solicitado el establecimiento de más celebraciones litúrgicas de acuerdo a la forma extraordinaria ni promoverla mayormente. Solo contados sacerdotes saben celebrar conforme a las rúbricas del Misal Romano de 1962 y en su mayoría son ya muy ancianos.

5. ¿Cree usted que, en su diócesis, la forma ordinaria ha adoptado elementos de la forma extraordinaria?

No de forma generalizada.

6. Para la celebración de la Misa, ¿usa usted el Misal promulgado por el papa Juan XXIII en 1962?

No.

7. Además de la celebración de la Misa en la forma extraordinaria, ¿hay otras celebraciones (por ejemplo, bautismo, confirmación, matrimonio, penitencia, unción de los enfermos, ordenación, Oficio Divino, Triduo Pascual, ritos fúnebres) según los libros litúrgicos anteriores al Concilio Vaticano II?

Se permite la celebración de los demás sacramentos, en caso que así se le requiera a aquellos sacerdotes que sepan celebrar conforme a estos libros litúrgicos y estén dispuestos a hacerlo.

8. ¿Ha tenido el motu proprio Summorum Pontificum alguna influencia en la vida de los seminarios (el seminario de la diócesis) y otras casas de formación?

No.

9. Trece años después del motu proprio Summorum Pontificum, ¿cuál es su consejo sobre la forma extraordinaria del rito romano?

Debería haber una mayor promoción en el establecimiento de apostolados permanentes de los institutos tradicionales (tales como el Instituto Cristo Rey Sumo Sacerdote y la Fraternidad Sacerdotal de San Pedro), que están normalmente distribuidos en Europa y los Estados Unidos.

También se debe estudiar y proponer medidas para insertar la forma extraordinaria dentro de la vida parroquial, en el sentido que quienes soliciten la Misa tradicional no constituyan un grupo separado de los demás fieles de la parroquia, ni que aquellos sacerdotes que deseen incorporarla a la vida parroquial se vean de alguna forma coartados por las distintas instancias de colaboración de los laicos.

viernes, 4 de septiembre de 2020

Fin a la improvisación litúrgica

Les ofrecemos hoy un artículo de Gregory Di Pippo, que aborda un problema cotidiana de la forma ordinaria. Se trata de la improvisación que el propio rito permite al celebrante, promoviendo su creatividad a veces hasta límites inusitados. A tanto llega el apartamiento de las normas litúrgicas que no suele ser extraño que exista un cambio en las propias fórmulas sacramentales, que hacen que el sacramento sea inválido. Es lo que le ocurrió a un sacerdote estadounidense, quien por causalidad descubrió que el bautismo recibido de niño era inválido. De aquí el llamado sea a cortar el problema de raíz: hay que eliminar de una vez por todas la fuente de la improvisación, señalando cuáles son las opciones que tiene el celebrante. 

El artículo fue publicado en New Liturgical Movement y ha sido traducido por la Redacción. El video es el que acompaña la versión original del texto. La otra imagen ha sido agregada.  

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Debe ponerse término a la improvisación litúrgica

Gregory Di Pippo 

Estoy seguro de que, a estas alturas, todos nuestros lectores deben estar enterados del espantoso asunto que salió recientemente a la luz en la Arquidiócesis de Detroit. Un joven sacerdote, ordenado hace apenas tres años, vio por casualidad el video de su propio bautizo y descubrió que el diácono que lo bautizó dijo “Nosotros te bautizamos en el nombre del Padre, etc.”, en lugar de “Yo te bautizo…”. A comienzos de mes, la Congregación para la Doctrina de la Fe emitió una nota (publicada en el Bolletino Vaticano) en torno, precisamente, a esta deformación de la fórmula bautismal, declarando que es absolutamente inválida y, además, que cualquier persona cuyo bautismo se haya realizado con esta fórmula debe ser bautizada “in forma absoluta”. Esto quiere decir que la invalidez de las palabras “Nosotros te bautizamos” no es dudosa, porque si lo fuera, se requeriría un bautismo condicional “(“Si no estás bautizado, yo te bautizo…”). Por el contrario, dicha fórmula es categóricamente inválida, y la persona en cuestión simplemente tiene que ser bautizada con la fórmula normal, no con la fórmula condicional.

Antes que nada, quiero animar a que, quien quiera lea esto, ore por el Rvdo. Matthew Hood, quien, luego de esta terrible revelación, fue rápida y debidamente bautizado, y luego confirmado y ordenado, ya que, por cierto, una persona que no está bautizada no puede recibir válidamente los demás sacramentos. Sus palabras en el video que incluyo más abajo, son muy edificantes y caritativas, pero se trata de algo que seguramente debe ser muy difícil de sobrellevar. Igualmente debiéramos rezar por todos quienes se han visto afectados por este caso: los que han asistido a Misas celebradas por él, aquéllos a quienes ha casado, o cuyas confesiones ha oído, etcétera. Es verdad que cualquier persona, incluso si no está bautizada, puede válidamente bautizar a otra si usa la fórmula correcta y tiene la intención de hacer lo que la Iglesia hace. Por lo tanto, los bautismos que el P. Hood ha administrado luego de su primera “ordenación” son, indudablemente, válidos.

En una declaración pública dirigida a sus fieles sobre este tema, el Arzobispo de Detroit, S.E.R. Alan Vigneron, escribe que “Dios se ha comprometido con los sacramentos, pero no está atado por ellos”. Esto es un importante recordatorio de que, cuando los sacramentos son administrados inválidamente, sin que los fieles lo sepan (y, en este caso, sin que el ministro mismo lo sepa), deben confiar, no obstante, en que Dios no los ha privado de su gracia. Esto no debiera ir en desmedro de la importancia de los sacramentos, que Cristo instituyó como los medios ordinarios, eficaces y necesarios para nuestra santificación. Por ello, la arquidiócesis de Detroit debe ahora proceder a rectificar la situación hasta donde sea posible, y no se puede negar que ello va a ser ciertamente un proceso largo y difícil. Parece que puede haber una gran cantidad de otras personas inválidamente bautizadas en las parroquias donde ofició aquel diácono, cuya acción ha sido como la de un sujeto que lanza una piedra muy grande y pesada a una pequeña poza, cuyo efecto devastador causa olas que la desbordan.

Dicho lo anterior, me atrevo a urgir de nuevo a nuestros lectores a que recen para que este episodio mueva a la Iglesia a poner definitivamente fin a la cultura de abusos litúrgicos y a la improvisación que fomenta esos abusos y conduce, al cabo, a este tipo de situaciones.

En su carta a la arquidiócesis, Mons. Vigneron cita las palabras de la Constitución Sacrosanctum Concilium (22.3) en el sentido de que nadie, “aunque sea sacerdote, puede añadir, quitar o cambiar nada en la liturgia por propia autoridad”. Pero la realidad es que esta declaración ha sido letra muerta desde hace décadas, constituyendo un estado de cosas inaceptable que, de iure y de facto, ha sido fomentado por la actual disciplina litúrgica de la Iglesia.

De iure, la reforma litúrgica post-conciliar dio al clero un grado de libertad, como jamás se había dado en la Iglesia antes de 1969, para decidir qué ha de decirse o cantarse en la liturgia, cómo ha de decirse o cantarse, si ha de decirse o cantarse, o acompañando a qué ritos. Un sencillo ejemplo: antes de la reforma, cada Misa cantada del rito romano en el primer domingo de Adviento comenzaba, como había sido el caso durante siglos, con el Introito, cantado en gregoriano, Ad te levavi, y toda Misa rezada comenzaba con las oraciones al pie del altar, después de las cuales el sacerdote leía el Ad te levavi. Desde 1969, la fatal y ubicua rúbrica “u otro canto adecuado” le ha dado autorización al celebrante (a él o a las personas en quien él ha delegado esta responsabilidad) para cantar casi cualquier cosa, ya que, inevitablemente, cada cual tiene sus propias ideas acerca de qué tipo de canto es en realidad adecuado. Existen también muchos lugares en que se permite al sacerdote improvisar lo que ha de decir, como las supuestamente “brevísimas” (brevissimis) palabras con las que él, o el diácono, o cualquier ministro laico (las opciones aquí se multiplican) puede introducir a los fieles en  la Misa diaria. Y lo mismo ocurre con las exhortaciones con que se da comienzo a ritos tales como las profecías de la Vigilia pascual o las procesiones de la Candelaria y del Domingo de Ramos. Una de las fórmulas de esta autorización, “vel similibus verbis”, “o con palabras similares”, ocurre ocho veces en las rúbricas de la edición latina de 2002 del Misal Romano.

Aun sin tomar en cuenta estas autorizaciones, es imposible para el sacerdote celebrar el rito moderno sin tener que escoger continuamente entre varias opciones. Las Oraciones de los Fieles tienen una forma fija, pero no un contenido fijo, y el sacerdote no tiene otra opción que optar: o las escribe él mismo, o hace que alguien mas las escriba por él, o usa un libro escrito por un tercero, o las omite cuando está permitido. Los ejemplos se pueden multiplicar al infinito, pero estoy seguro de que son bien conocidos por nuestros lectores. Baste decir que la multiplicación de las opciones se aplica incluso al corazón del rito, la Plegaria Eucarística. Aquí, el celebrante se ve compelido, lo quiera o no, a escoger entre al menos cuatro opciones, y a menudo entre muchas más, sin guía alguna para hacerlo. Las rúbricas del Misal no contienen más que sugerencias acerca de cuándo puede una de ellas ser “adecuadamente” escogida, pero no se pide jamás al sacerdote escoger una determinada Plegaria Eucarística específica, ni siquiera el venerable Canon romano.

Ahora bien, existe, naturalmente, una significativa diferencia, en teoría, entre escoger entre opciones legítimas o improvisar lo que se debe decir cuando ello está permitido, y el realizar improvisaciones del tipo de las que invalidan un bautismo. Estas últimas están oficialmente prohibidas y siempre lo han estado. Pero, en la práctica, una vez que se dio al clero tan amplio grado de libertad para hacer y deshacer en la liturgia todo lo que le pareciera bien, fue absolutamente poco realista imaginarse que NO iba a usar esa libertad con todo el resto de ella. La experiencia básica de lo que es la naturaleza humana debiera haber dejado claro que era obvio que, en prácticamente toda situación, pero especialmente en la atmósfera revolucionaria que prevalecía en la Iglesia a fines de la década de 1960, los límites puestos por las normas litúrgicas iban a ser, efectivamente, ignorados.

Esto nos conduce a la parte de facto. Los abusos de esta nueva libertad fueron durante mucho tiempo alimentados por una casi total ausencia de voluntad, por parte de la Iglesia, para restringirlos. En muchas partes del mundo, ello es todavía así. Es ciertamente un hecho que en los Estados Unidos el problema ha disminuido mucho, especialmente en el clero más joven, pero “disminuido” no es lo mismo que “desaparecido”, y no es un sustituto aceptable de “desaparecido”. Hace apenas unos pocos años, tuve en los Estados Unidos la desagradable experiencia de oír que mi confesión concluía con una fórmula inválida de absolución, pronunciada por un sacerdote de más o menos la misma edad del diácono que bautizó al Rvdo. Matthew Hood. Es totalmente ilusorio imaginar que esos individuos a quienes se alentó positivamente a tratar la liturgia como un espacio para su propia creatividad personal iban a respetar leyes de ningún tipo, incluso del que protege la validez de un sacramento, supuesto que la Iglesia misma no hizo nada para impedir la violación de ellas durante tantos años. A decir verdad, en los años posteriores al Concilio Vaticano II fueron los propios obispos que firmaron la Constitución Sacrosanctum Concilium, aprobando así lo que dice la cita referida más arriba, quienes rehusaron decir a sus sacerdotes “Hasta aquí llegaréis, pero no más allá, y aquí se detendrán vuestros soberbios oleajes”.

Al escribir, algunos párrafos más arriba, “fomentado por la actual disciplina litúrgica de la Iglesia”, quisiera subrayar la palabra “actual”. Tomando como punto de partida la famosa descripción que hace San Justino de una Eucaristía “improvisada” (Primera Apología, 67), la experiencia le ha de haber enseñado seguramente a la Iglesia en la antigüedad lo mismo que le está enseñando hoy, es decir, que conceder a los hombres una amplia libertad para formular y reformular la liturgia es una pésima idea. No hay razón alguna para que esta lección no se aplique a la reforma litúrgica posconciliar. No hay razón alguna para que la Iglesia no le pueda decir al clero “Pronunciaréis esta Plegaria Eucarística en el día de hoy, y no otra, y aquélla en ese otro día, y no otra. Este es el único himno en vernáculo que puede reemplazar el Ad te levavi del primer domingo de Adviento. Estas son las Oraciones de los Fieles”, y así con el resto.

Naturalmente, la Iglesia debe estar también dispuesta a entrenar a los clérigos para que sean hijos obedientes, para que reconozcan ser servidores de la liturgia y nos sus amos, como hombres llamados a ser formados por la liturgia y no a formarla. Pero también debe darle una liturgia que verdaderamente los forme y no necesite ser formada por ellos; una liturgia que recompense a sus fieles sirvientes y no requiera de otro amo que ella misma. Mientras esta lección no sea aprendida, la Iglesia seguirá sembrando vientos, y continuará cosechando tempestades. 

martes, 5 de mayo de 2020

FIUV: Comunicado de prensa sobre los decretos de la Congregación para la Doctrina de la Fe sobre nuevos prefacios y santos para la forma extraordinaria

Comunicado de prensa 

Decretos de la Congregación para la Doctrina de la Fe sobre nuevos prefacios y santos para la forma extraordinaria

Del presidente y consejeros de FIUV

26 de marzo de 2020



Ayer la Congregación para la Doctrina de la Fe, que ejerce actualmente las funciones de la Pontificia Comisión Ecclesia Dei, ha publicado dos decretos, uno sobre prefacios que se añade al Misal de 1962 (Quo Magis), y otro sobre la posibilidad de que se celebren Misas de los santos canonizados después de 1962 (Cum Sanctissima) (véase aquí un resumen en español).

La Federación Internacional Una Voce fue consultada en ambos casos, y quisiéramos agradecer a la Congregación para la Doctrina de la Fe por tomar en consideración las opiniones de nuestros miembros en la confección de estos decretos. 

La Federación se congratula especialmente por la posibilidad de conmemorar litúrgicamente a los santos canonizados después de 1962, sin que ello altere excesivamente el calendario santoral, tal como nos ha sido transmitido. Deseamos, sin embargo, dar a conocer dos notas de precaución.

Sobre los prefacios, advertimos que la Nota que presenta al decreto explica que tres de los siete prefacios ahora admitidos, pertenecen a la tradición “neogalicana” (de origen francés en el siglo XVIII), y que los otros cuatro son prefacios en uso en la forma ordinaria, aunque no compuestos enteramente para la Misa reformada: “su sección central, conocida como “embolismo”, aparece en antiguas fuentes litúrgicas”.

Lo anterior implica que esos antiguos prefacios se han adaptado para usarse en la forma ordinaria, procedimiento que los hace menos, no más, conformes con el espíritu de la forma extraordinaria. Si el valor de tales prefacios descansa en su antigüedad, no queda claro qué se gana con usarlos en la forma extraordinaria tomándolos con una redacción hecha para hacerlos conformes con los temas y preferencias de la forma ordinaria.

Además, quisiéramos apelar a los sacerdotes que celebran la forma extraordinaria para que tengan en cuenta la gran antigüedad, la importancia teológica y la centralidad, para la antigua tradición litúrgica romana, del prefacio del domingo de la Santísima Trinidad y del prefacio común, cuyo uso se haría menos frecuente si se empleara sistemáticamente los nuevos prefacios opcionales. Estos dos prefacios han tenido tal centralidad en la celebración de la Misa antigua hasta hoy que rebajar su importancia a la de meras opciones entre otros prefacios significaría hacer un cambio fundamental en el equilibrio de textos e ideas teológicas que el Misal presenta a los fieles durante el curso del año.

Respecto de los santos, advertimos que la lista de santos que se celebra como fiestas de 3ª clase sigue siendo obligatoria. Reconocemos que, a fin de hacer posible la celebración de nuevos santos, es necesario crear para ellos un espacio, y suscribimos el método propuesto. Sin embargo, tenemos reservas sobre la composición de dicha lista. 

Con especial desaliento advertimos que los únicos santos varones en la lista son los santos Cosme y Damián. Esto parece ser una omisión que pide ser corregida, particularmente por que la lista excluida comprende varones importantes para el desarrollo de sus países: san Luis de Francia, san Esteban de Hungría, san Enrique Emperador de Alemania, san Eduardo el Confesor en Inglaterra, y san Wenceslao en Bohemia, ejemplos descollantes de la vocación de los laicos a “penetrar y perfeccionar el orden temporal con el espíritu del Evangelio” .

Del mismo modo, están absolutamente ausentes las fundadoras de órdenes religiosas, como santa Ángela de Merici, santa Juliana Falconieri, y santa Juana Francisca de Chantal.

Aunque vemos con agrado que hay dos viudas en la lista -santa Mónica y santa Francisca Romana- parecería que, en general, se ha puesto a un lado, como de importancia marginal, las vocaciones no clericales, tanto de la vida activa como religiosa, que están ricamente representadas en el calendario santoral antiguo. 

Otra categoría que está pobremente representada en la lista es la de los doctores de la Iglesia. Se ha excluido a algunos de la mayor importancia, como san Isidoro, san Juan Damasceno, san Beda y san Ireneo.

Pareciera que el desequilibrio de la lista de santos obligatorios es herencia de la lista de memorias no opcionales del ciclo santoral de la forma ordinaria, a la que se parece muchísimo. No debiera permitirse que la ausencia de interés en las vocaciones laicales y en los doctores de la Iglesia, tal como se dio en los reformadores de la década de 1960, distorsione la presentación del gran patrimonio de santos de la Iglesia en las celebraciones actuales de la forma extraordinaria. 

Quisiéramos pedir a los sacerdotes que celebran la forma extraordinaria que, al decidir echar mano de la opción de celebrar a los santos últimamente canonizados, consideren cuidadosamente el equilibrio de las categorías de los santos, la importancia, representada por los santos más antiguos, de mantener la conexión con el pasado lejano, y el valor de las fiestas devocionales marianas, que se ha hecho ahora opcionales, como el caso de Nuestra Señora de Lourdes y de la Presentación de la Virgen. 

Como un ejemplo de las fiestas cuya celebración consideramos como especialmente dignas de seguir siendo celebradas, damos la siguiente lista, no exhaustiva.

14/01 San Hilario 
10/02 Santa Escolástica
11/02 Aparición de la Santísima Virgen en Lourdes
17/03 San Patricio
04/04 San Isidoro
27/05 San Beda
03/07 San Ireneo
15/07 San Enrique, emperador
25/08 San Luis, rey de Francia
30/08 Santa Rosa de Lima
02/09 San Esteban, rey de Hungría
28/09 San Wenceslao, duque y mártir
08/10 San Brígida, viuda
13/10 San Eduardo, rey de Inglaterra
24/10 San Rafael Arcángel
15/11 San Alberto Magno
21/11 Presentación de la Santísima Virgen
25/11 Santa Catalina de Alejandría

Nota de la Redacción: Este texto es una traducción del comunicado oficial en inglés publicado por la Federación Internacional Una Voce. En su momento, cuando aparecieron los dos decretos aquí referidos, nuestra Asociación publicó una entrada dando noticia de su contenido, que es facultativo para los sacerdotes que celebran según la forma extraordinaria.