En una entrada anterior explicamos nuestro propósito de traducir los Position Papers sobre el misal de 1962 que desde hace algún tiempo viene preparando la Federación Internacional Una Voce, de la cual nuestra Asociación es capítulo chileno desde su creación en 1966.
En esta ocasión les ofrecemos la traducción del Position Paper 6 y que versa sobre el pluralismo litúrgico y la forma extraordinaria, cuyo original en inglés puede consultarse aquí. Dicho texto fue preparado en el mes de mayo de 2012. Para facilitar su lectura hemos agregado un título (Texto) para separar su contenido del resumen (Abstract) que lo precede.
***
El pluralismo litúrgico y la forma extraordinaria
Resumen
La existencia de una “forma extraordinaria” del rito romano es el resultado de una contingencia histórica, y podría pensarse que, en el mediano o largo plazo, las formas “ordinaria” y “extraordinaria” deberían ser amalgamadas de algún modo. Sin embargo, la existencia de pluralismo litúrgico en la Iglesia , tanto en Oriente como en Occidente, no ha sido jamás vista como una vergüenza, sino más bien como un signo de vitalidad. Esto se ve enfáticamente confirmado por diversos documentos del Concilio Vaticano II y del magisterio subsecuente. El “ideal” de diversidad litúrgica no pone en peligro, sino que demuestra la unidad de fe, por cuanto distintas formas litúrgicas encarnan esa fe para distintas condiciones, enfatizando distintos acercamientos teológicos, cumpliendo así un papel en la promoción de la unidad en la Iglesia. La Iglesia ha continuado promoviendo las formas existentes, incluso creando otras nuevas, hasta el día de hoy, mostrando su preocupación por protegerlas de una influencia indebida por parte del rito romano (en su forma ordinaria), la cual podría hacer peligrar su contribución distintiva a la vida de la Iglesia.
Los comentarios a este texto pueden enviarse a positio@fiuv.
Liturgia Divina celebrada en presencia del Papa Pablo VI durante el Concilio Vaticano II
(Foto: New Liturgical Movement).
Texto
El pluralismo
en la liturgia y la armonía en la fe
1.
Sin entrar a analizar el desarrollo futuro de la forma ordinaria, el tema de
este ensayo es el de si la existencia en el rito latino de una “forma” “extraordinaria”
del mismo representa un problema y, por tanto, algo que habrá que solucionar
en lo posible, ya sea a corto o largo plazo, quizá mediante la creación de una
forma única, amalgamada, del rito romano.
2.
Si bien el que existan dos “formas” del rito romano puede ser entendido como
algo accidental[1],
de por sí la existencia de una multiplicidad de formas litúrgicas en la Iglesia
no es algo ni anormal ni lamentable. Vale la pena advertir que en la bula Quo primum tempore (1570) el papa San Pío V
inclinó fuertemente la balanza en el sentido de preservar los ritos venerables[2], y
el Concilio Vaticano II, en su constitución sobre liturgia Sacrosanctum Concilium (1963) afirma, con fiel sujeción a la tradición,
que la Santa Madre Iglesia considera que todos los ritos legítimamente
aceptados tienen iguales derechos y dignidad, y que desea conservarlos y
fomentarlos en el futuro por todas las vías posibles[3].
Y reitera: “Aun en la liturgia, la Iglesia no
desea imponer una rígida uniformidad en cuestiones que no involucran a la fe o
al bien de toda la comunidad”[4].
Refiriéndose a la multiplicidad de
ritos, el decreto conciliar Orientalium Ecclesiarum (1964) afirma que “la variedad dentro de la Iglesia en modo alguno
daña la unidad, sino que más bien la expresa”[5].
3.
Este principio se ha manifestado históricamente en la Iglesia latina en una
rica variedad de ritos y usos, definidos tanto geográficamente (en especial los
ritos ambrosiano y mozárabe) como relativamente a las órdenes religiosas. Y así
como en la Edad Media los franciscanos usaron el Missale Seraphicum (estrechamente vinculado al rito romano) en
regiones donde había usos locales, así también en los tiempos modernos
(anteriores al Concilio) las iglesias dominicanas y premostratenses mantuvieron
sus propias tradiciones litúrgicas en zonas acostumbradas al rito romano. Actualmente
las Iglesias Orientales están extendidas en tierras donde “prevalece la
tradición latina”[6],
lo que, lejos de crear un problema, fue visto por San Juan Pablo II como una
oportunidad para que los católicos latinos conocieran los ritos orientales[7].
En la actualidad, el papa Benedicto XVI ha estimulado la creación de un uso
nuevo para los miembros de la Comunión Anglicana que han vuelto a la comunión
con la Santa Sede: el propósito de esto ha sido mantener las tradiciones
litúrgicas, espirituales y pastorales de la Comunión Anglicana dentro de la
Iglesia católica, considerándolas como un precioso don que enriquece la fe de
los miembros del Ordinariato y que debe considerarse como un tesoro que hay que
compartir[8].
San Juan Pablo II escribió,
refiriéndose al decreto sobre ecumenismo Unitatis Redintegratio [9]:
“con fuerza y entusiasmo hemos de intensificar la búsqueda de la armonía en
aquella genuina pluralidad de formas que sigue siendo el ideal de la Iglesia”[10].
4.
La armonía de la fe que subyace a la pluralidad de formas litúrgicas ha sido
enfatizada por el papa Benedicto XVI en relación con las dos formas del rito romano[11].
Y afirma además el valor, así como la ortodoxia, de la forma extraordinaria:
“Lo que las generaciones anteriores consideraron sagrado, sigue siendo grande y
sagrado también para nosotros, y no puede ser súbitamente prohibido del todo y
ni siquiera considerado como peligroso. A todos nos corresponde preservar las
riquezas que se han desarrollado en la fe y la oración de la Iglesia y darles
un lugar condigno”[12].
Santa Misa celebrada conforme al Uso Anglicano en San Antonio, Texas (EE.UU.)
(Foto: The TLM Society of San Francisco)
El
valor del pluralismo
5.
El pluralismo es el ideal por dos motivos. Primero, como lo expresa la
Instrucción Il Padre, incomprensibile (1996), haciéndose eco de Orientalium Ecclesiarum[13]
y de la Instrucción Varietates Legitimae
(1994)[14],
los diversos ritos encarnan la fe en diferentes circunstancias: “Esta multiformidad de las liturgias orientales no daña en absoluto la unidad de la Iglesia, sino que la refuerza al
permitirle hundir sus raíces en la realidad concreta de un determinado tiempo y
espacio”[15].
6.
En segundo lugar, Unitatis Redintegratio
nos recuerda que las diversas tradiciones teológicas, que tienen sus propias
expresiones litúrgicas, dan ocasión a nuevas perspectivas en el ámbito de la teología que se
complementan. En el estudio de la Revelación, Oriente y Occidente han seguido
métodos diferentes y han desarrollado de un modo diferente su comprensión y
confesión de la verdad de Dios. No puede sorprender, por tanto, el que en
diversas épocas una de esas tradiciones se haya acercado más que la otra a una
más plena comprensión de algún misterio de la Revelación, o que lo haya
expresado de modo más ventajoso. En tales casos, estas diversas expresiones
teológicas han de ser consideradas más como mutuamente complementarias que como
en conflicto mutuo[16].
7.
El papa Benedicto XVI ha afirmado que el misal de 1962 es una valiosa
afirmación de ciertas verdades específicas: “La posibilidad de celebrar de ese
modo [es decir, según el misal de 1962] constituye la dificultad más poderosa,
y por lo mismo más intolerable, para quienes creen que la fe en la Eucaristía
formulada por Trento ha perdido su valor”[17].
8.
La forma extraordinaria comparte con el uso anglicano[18]
ciertos valiosos aspectos, y lo mismo con los ritos orientales. El llamado que los
ritos Orientales hacen a “la persona humana entera” en su totalidad[19]
ya ha sido analizado en el Position Paper 2[20].
Otro de sus rasgos es la fidelidad a la tradición: "Hoy a menudo nos encontramos
prisioneros del presente. Es como si el hombre hubiera perdido su percepción de
ser parte de una historia que lo precede y que habrá de continuar después de
él. Este esfuerzo para situarse entre el pasado y el futuro con un corazón
agradecido por los beneficios ya recibidos y por los que se espera recibir, es
algo que está especialmente presente en las Iglesias Orientales, proporcionando
un nítido sentido de continuidad que recibe el nombre de Tradición y de
expectación escatológica"[21].
Celebración de la Divina Liturgia en la India conforme al rito de la Iglesia católico siro-malankara
(Foto: Wikimedia Commons)
El pluralismo
y la unidad de la Iglesia
9.
Otro aspecto valioso se expresa en la importancia que dan al ecumenismo tanto
las tradiciones litúrgicas de las Iglesias Orientales como la Anglicana.
Teniendo esto presente, San Juan Pablo II pedía perfecto respeto por la
dignidad del otro, evitando proclamar que el conjunto de los usos y costumbres
de la Iglesia latina es más completo o mejor adecuado para expresar la plenitud
de la doctrina correcta[22].
La Instrucción Il Padre, incompresibile se hace eco de Orientalium
Ecclesiarum[23]
al reconocer en el ecumenismo una importante consideración en el desarrollo de
los ritos orientales. En todo esfuerzo de renovación litúrgica, por tanto,
debiera tomarse en cuenta la práctica de nuestros hermanos ortodoxos,
conocerla, respetarla y apartarse de ella lo menos posible, para no aumentar la
actual separación[24].
10.
Del mismo modo, existe en esto una analogía con la forma extraordinaria. El
papa Benedicto XVI ha hablado con urgencia de la importancia de respetar la
“antigua tradición litúrgica latina” de la Iglesia a fin de superar, si es
posible, las divisiones en la Iglesia[25].
Estas divisiones se refieren no sólo a diversos grupos sino a innumerables
católicos que se ven distanciados por la Iglesia luego de la reforma litúrgica.
Como ha escrito el papa Benedicto XVI: “He visto cómo las deformaciones
arbitrarias de la liturgia han causado profundo dolor en individuos
profundamente enraizados en la fe de la Iglesia” [26].
11.
Hay que mencionar también la relevancia de la forma extraordinaria del rito romano para el ecumenismo en relación con las Iglesias ortodoxas. Alejo II,
quien fue Patriarca de Moscú, hacía ver, a propósito de Summorum Pontificum,
que “”[l]a recuperación y valoración de la antigua tradición litúrgica es un
hecho que reconocemos positivamente”[27].
Su Beatitud Sviatoslav Shevchuk, Arzobispo Mayor de Kiev y cabeza de la Iglesia grecocatólica ucraniana, celebra la Divina Liturgia en la Basílica de Santa María la Mayor en Roma
(Foto: New Liturgical Movement)
Conclusiones
12.
El pluralismo litúrgico en sí mismo no es ni ha sido jamás una fuente de
complicaciones para la Iglesia, sino que, por el contrario, es una fuente de
vitalidad: él expresa la respuesta de la fe a las diversas condiciones y
representa un tesoro de percepciones teológicas y espirituales que se
complementan mutuamente. La pluralidad de ritos y usos ha sido confirmada y
apoyada por la Santa Sede hasta el día de hoy.
13.
Igual que los ritos orientales, la Iglesia ha apoyado siempre los ritos y usos
de venerable antigüedad dentro de la Iglesia latina y ha hecho especiales
esfuerzos para preservarlos cuando parecían en peligro de desaparecer, o cuando
se advertía una indebida influencia del rito romano sobre ellos. Además de los
usos de las órdenes religiosas, ya mencionados, el rito mozárabe es un ejemplo
de un rito cuyo valor histórico y teológico es tal que, aunque el uso de sus
libros litúrgicos es limitado, el solo hecho de que continúe siendo celebrado
en determinados lugares es algo que hay que apreciar y preservar.
Independientemente del uso más o menos
limitado o amplio que la forma extraordinaria pueda llegar a suponer con el
tiempo, ella también ha de tener un valor para la Iglesia entera por
representar, en cuanto Tradición viva, una rica fuente de intuiciones
espirituales y teológicas y una profunda conexión con el patrimonio litúrgico
de la Iglesia latina.
14.
El papa Benedicto XVI ha afirmado el valor de la forma extraordinaria. Igual
que los ritos orientales, ella mantendrá y desarrollará este valor para toda la
Iglesia sólo si permanece fiel a sí misma, a su espíritu y a sus tradiciones.
Esta integridad es necesaria también para su valor en relación con la unidad de
la Iglesia. Debe aprenderse la lección que nos enseña la suerte corrida por los
ritos orientales en los siglos pasados, en que la Santa Sede aprobó cambios que
hoy se lamenta[28].
15.
Las palabras de la Instrucción Il Padre, incomprensibile, referidas a
las Iglesias orientales pero aplicables igualmente a la forma extraordinaria,
tienen gran relevancia: “Por razones históricas y
culturales, ellas han mantenido una más directa continuidad con la atmósfera
espiritual de los orígenes cristianos, una prerrogativa que es considerada cada
vez más frecuentemente, incluso por el Occidente, no como una señal de
estagnación y retraso, sino de valiosa fidelidad a las fuentes de la salvación”[29].
[1] Benedicto XVI, "Carta a los obispos que acompaña al motu proprio Summorum Pontificum" (2007): “Al momento
de la introducción del nuevo misal, no pareció necesario promulgar normas sobre
el posible uso del misal anterior. Seguramente se pensó que habría de ser cuestión
de unos pocos casos individuales que podría resolverse caso a caso al nivel
local. Posteriormente, sin embargo, quedó claro muy pronto que un buen número
de personas permanecían fuertemente apegadas a este uso del rito romano […]”.
[2] La adopción del misal romano en lugar de un rito diferente sólo se
permitió con el consentimiento unánime de la catedral o del capítulo de la
comunidad y, además, con el permiso del obispo o superior. Establece el papa
San Pío V (1570) en la bula Quo primum tempore: el
misal romano, en la edición revisada de 1570, debe ser usado en todas las
iglesias “con la sola excepción de aquellas en que la práctica de decir una
Misa diferente fue autorizada hace más de 200 años con la aprobación de la
Santa Sede y la confirmación de la Iglesia, y de aquellas donde ha prevalecido
una parecida costumbre ininterrumpida por un período de no menos de 200 años.
En estos casos, no queremos en modo
alguno rescindir estas prerrogativas o costumbres. Sin embargo, si el misal que Nos ha parecido conveniente publicar
fuere preferido por estas iglesias, por las presentes les permitimos celebrar
la Misa según este rito, con la condición de que el obispo o prelado o todo el
capítulo lo consientan, no obstante cualquier disposición en contrario” (“nisi
ab ipsa prima institutione a Sede Apostolica adprobata, vel consuetudine, quae,
vel ipsa institutio super ducentos annis Missarum celebrandum in eisden
Ecclesiis assidua observata sit: a quibus, ut praefatam celebrandi
constitutionem vel consuetudinem nequaquam auferimus; sic si Missale hoc, quod
nunc in lucem edi curavimus, iisdem magis placeret, de Episcopi, vel Praelati,
Capitulique universo consensu, ut quibusvis non obstantibus, juxta illud Missas
celebrare possint, permittimus”).
[3] Concilio Vaticano II, Constitución Sacrosanctum Concilium sobre la sagrada liturgia (1963), núm. 4: “Traditioni
denique fideliter obsequens, Sacrosanctum Concilium declarat Sanctam Matrem
Ecclesiam omnes Ritus legitime agnitos aequo iure atque honore habere, eosque
in posterum servari et omnimode foveri velle”.
[4] Concilio Vaticano II, Constitución Sacrosanctum Concilium, núm. 37: “Ecclesia, in iis quae fidem
aut bonum totius communitatis non tangent, rigidam unius tenoris formam ne in
Liturgia quidem imponere cupit”.
[5] Concilio Vaticano II, Decreto Orientalium Ecclesiarum (1964), núm. 2: “ita ut varietas in Ecclesia nedum
eiusdem noceat unitati, eam potius declaret”.
[6] Congregación para las Iglesias Orientales, Instrucción Il Padre,
incomprensibile (1996), núm. 10.
[7] Juan Pablo II, Carta apostólica Orientale Lumen (1995), núm. 24:
“Creo que un modo importante de crecer en la comprensión mutua y la unidad
consiste precisamente en mejorar nuestro conocimiento mutuo. Los hijos de la
Iglesia Católica ya saben las vías indicadas por la Santa Sede para lograrlo:
conocer la liturgia de las Iglesias Orientales” (“Putamus sane magnum pondus ad
crescendum in mutua comprehensione atque unitate tribuendum esse meliori mutuae
intelligentiae. Catholicae Ecclesiae filii iam noverunt vías quae Sancta Sedes
significavit ut ii eiusmodi propositum consequi valeant liturgiam Ecclesiarum
Orientalium noscere [corregido “nascere”]”). [El pasaje citado termina con una
nota al pie con la referencia a la Instrucción In Ecclesiasticum Futurorum (1979), núm. 48].
[8] Benedicto XVI, Constitución apostólica Anglicanorum
Coetibus (1979), núm. 48.
[9] Decreto del Concilio Vaticano II Unitatis Redintegratio 4: “Todos en la Iglesia han de preservar la
unidad en lo esencial. Pero que todos, según los dones que han recibido,
disfruten de una apropiada libertad en sus diversas formas de vida espiritual y
disciplina, en sus diversos ritos litúrgicos e incluso en sus elaboraciones
teológicas de la verdad revelada. Que la
caridad prevalezca en todo. Si son fieles a este modo de actuar, estarán dando
una mejor expresión a la auténtica catolicidad y apostolicidad de la Iglesia”
(“In necessariis unitatem custodientes, omnes in Ecclasia, secundum munus
inicuique datum, cum in variis formis vitae spiritualis et disciplinae, tum in
diversitate liturgicorum rituum, immo et in theologica veritatis revelatae
elaboratione, debitam libertatem servent; in omnibus vero caritatem colant. Hac enim agendi ratione ipsi veri
nominis catholicitatem simul et apostolicitatem Ecclesiae in dies plenius
manifestabunt”).
[10] Juan Pablo II, Orientale Lumen, núm. 2: “satis iterum virium reperimus
ac studii ut ea in veritate ac multiplicitate concordiae augeamus
conquisitionem quae Ecclesiae remanet propositum optimum”.
[11] Benedicto XVI, "Carta a los obispos que acompaña al motu proprio Summorum Pontificum": “No hay
contradicción entre las dos ediciones del Misal Romano”.
[13] Concilio Vaticano II, Orientalium Ecclesiarum, núm. 2: “la variedad dentro de la Iglesia en
modo alguno daña su unidad, sino que, al revés, la manifiesta, porque es el
propósito de la Iglesia Católica que cada Iglesia o rito individual retenga
enteramente sus tradiciones, y asimismo que adapte su forma de vida a las
diferentes necesidades de tiempo y de espacio” (“varietas in Ecclesia nedum
eiusdem noceat unitati, eam potius declaret; Ecclesiae enim catholicae hoc
propositum est, ut salvae et integrae maneant uniuscuisque particularis
Ecclesiae seu ritus traditiones, eademque pariter vult suam vitae rationem
aptare variis temporum locorumque necessitatibus”).
[14] Instrucción Varietates
Legitimae (1994), núm. 4: “La constitución Sacrosanctum
Concilium habló de las diferentes formas de adaptación litúrgica.
Posteriormente el Magisterio de la Iglesia ha usado el término inculturación
para definir más precisamente 'la encarnación del Evangelio en las culturas
autónomas y, al mismo a tiempo, la introducción de estas culturas en la vida de
la Iglesia'” [Nota: Juan Pablo II, Encíclica Slavorum Apostoli,(1985), núm. 21]. Inculturación quiere decir “una
íntima transformación de los auténticos valores culturales mediante su
integración al cristianismo y la implantación del cristianismo en las diferentes
culturas humanas” [Nota: Juan Pablo II, Encíclica Redemptoris Missio (1990), núm. 52].
[16] Concilio Vaticano II, Unitatis Redintegratio, núm.
17: “Etenim in veritatis revelatae exploratione methodi gressusque diversi ad
divina cognoscenda et confitenda in Oriente et in Occidente adhibiti sunt. Unde
mirum non est quosdam aspectos mysterii revelati quandoque magis congrue
percipi et in meliorem lucem poni ab uno quam ab altero, it ut tunc variae
illae theologicae formulae non raro potius inter se compleri dicendae sint quam
opponi”. Cfr. Juan Pablo II, Orientale Lumen, núm. 5: “La
Tradición cristiana del Oriente implica un modo de aceptar, comprender y vivir
la fe en el Señor Jesús. En este sentido está extremadamente cerca de la Tradición cristiana de Occidente, que nació de la misma fe y de ella se
alimenta. Sin embargo, de modo legítimo
y admirable se distingue de esta última, ya que los cristianos de Oriente tienen su propia forma de percibir y
comprender y, así, también de vivir su relación con el Salvador”. (“Certum
enim modum secum importat orientalis
traditionem suscipiendi intelligendi vivendi
Domini Iesu fidem. Ita profecto proxime illa ad christianam accredit
Occidentalis traditionem quae eadem nascitur aliturque fide. Tamen legitime
atque insignite ab illa differt, cum proprium habeat sentiendi percipiendique
morem christifidelis orientalis, atque propterea nativam aliquam rationem suae
colendae necessitudinis cum Salvatore”). Cfr. también Concilio Vaticano II, Orientalium Ecclesiarum, núm. 5: “[este Concilio] declara solemnemente
que las Iglesias de Oriente, igual que las de Occidente, tienen pleno derecho y
tienen el deber de atenerse a sus propias disciplinas establecidas, puesto que
todas éstas son dignas de alabanza en razón de su venerable antigüedad, más en
sintonía con el carácter de sus fieles y más apropiadas a la promoción del bien
de sus almas” (“Quamobrem sollemniter declarat, Ecclesias Orientis sicut et
Occidentis iure pollere et officio teneri se secundum proprias disciplinas
peculiares regendi, utpote quae venerandae antiquitate commendetur, moribus
suorum fidelium magis sint congruae atque ad bonum animarum consulendum
aptiores videantur”).
[17] Ratzinger, J., “The Theology of the Liturgy”, en Ried, A. (ed.), Looking again at the Question of the Liturgy with Cardinal Ratzinger:
Proceedings of the July 2001 Fontgombault Liturgical Conference (Farnbrough, St. Michael’s Abbey Press, 2003), pp. 18-33, especialmente p. 20.
[18] Especialmente, en el calendario recientemente publicado, el tiempo
de Septuagésima, las Témporas y la Octava de Pentecostés.
[19] Juan Pablo II, Orientale Lumen, núm. 11: “tota
sua cum persona”.
[21] Juan Pablo II, Orientale Lumen, núm. 8: “Captivos
hodie saepius nos temporis praesentis esse sentimus: quasi si notionem homo
amiserit sese esse particulam alicuius historiae praecentis et subsequentis.
Huic magno labori, quo contendet quis ut se inter praeteritum collocet
futurumque tempus cum grato sane animo tam de acceptis quam de donis postmodum
accipiendis, clarum praestant Orientales Ecclesiae sensum continuationis, quae
suae Traditionis atque eschatologiae exspectationis nomina sumit”.
[22] Juan Pablo II, Orientale Lumen, núm. 20:
“Certe, hodiernae menti videtur vera coniunctio fieri posse aliarum plene
observata dignitate, dempta simul illa opinione universos mores et
consuetudines Ecclesiae Latinae pleniores esse et aptiores ad rectam doctrinam
demonstrandam”.
[23] Concilio Vaticano II, Orientalium Ecclesiarum, núm. 24: Los católicos orientales han de promover la unidad con otros cristianos
orientales mediante, entre otras cosas, “la religiosa fidelidad a las antiguas
tradiciones de Oriente” (“religiosa erga antiquas traditiones orientales
fidelitate”).
[25] Benedicto XVI, "Carta a los obispos que acompaña al motu proprio Summorum Pontificum": “Esta mirada al
pasado nos impone hoy una obligación: hacer todos los esfuerzos posibles para
que todos los que verdaderamente desean la unidad permanezcan en ella o la
recuperen”.
[27] El 29 de agosto de 2007, la agencia de noticias Zenit informó desde Roma lo siguiente: “La decisión de Benedicto XVI de permitir un mayor uso del
misal romano de 1962 ha sido positivamente recibida por el patriarca ortodoxo
Alejo II de Moscú. 'La recuperación y valoración de la antigua tradición
litúrgica es un hecho que consideramos positivo', declaró Alejo II al diario
italiano Il Giornale. La carta apostólica de Benedicto XVI Summorum Pontificum, publicada en julio, expone las nuevas normas
que autorizan el uso del misal de 1962 como forma extraordinaria de la
celebración litúrgica. 'Nos mantenemos muy firmemente en la tradición',
continuó diciendo: 'Sin la fiel custodia de la tradición litúrgica, la Iglesia ortodoxa rusa no habría podido resistir el período de persecuciones'”.
[28] Congregación para las Iglesias Orientales, Instrucción Il Padre, incomprensibile, núm. 24: “Estas intervenciones hicieron sentir el efecto de la mentalidad y las convicciones de los tiempos, según las
cuales se creía ver una cierta subordinación de las liturgias no latinas a la
liturgia latina, considerada “ritus praestantior”. Esta actitud puede haber
conducido a las intervenciones en los textos de la liturgia oriental que hoy, a
la luz de los estudios teológicos y del progreso, requieren ser revisadas, en
el sentido de volver a las tradiciones ancestrales”. Cfr. Concilio Vaticano II, Decreto Orientalium Ecclesiarum, núm. 6, sobre los ritos propios de las Iglesias
Orientales: “Además, ellos mismos debieran alcanzar un conocimiento cada vez
mayor y un uso más exacto de las mismas y, si en este respecto han resultado
insuficientes debido a las contingencias de los tiempos y personas, debieran
tomar medidas para volver a sus tradiciones ancestrales” (“Haec omnia, igitur, maxima fidelitate ab ipsis Orientalibus
observanda sunt; qui quidem harum rerum cognitionem in dies maiorem usumque
perfectiorem acquirere debent, et, si ab iis ob temporum vel personarum adiuncta
indebite defecerint, ad avitas traditiones redire satagant”). La Instrucción Varietates Legitimae se expresa en igual
sentido en lo relativo a la historia de la liturgia de Occidente (núm. 17): “Durante
el curso de los siglos, el rito romano ha aprendido a integrar textos, cánticos, gestos y ritos provenientes
de diversas fuentes y adaptarse a las culturas locales en los territorios de
misión, aunque en ciertos períodos el
deseo de unidad litúrgica haya oscurecido este hecho”. Las notas al pie de este
texto proporcionan ejemplos de rasgos del rito romano adoptados a lo largo del
tiempo como respuesta a las condiciones locales y de las reacciones del
Magisterio a estos desarrollos.
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