sábado, 13 de febrero de 2016

Los principios de interpretación del motu proprio Summorum Pontificum (II)


Dom Alberto Soria Jiménez OSB, Los principios de interpretación del motu proprio Summorum Pontificum, Madrid, Cristiandad, 2014, 552 pp.

[Nota de la Redacción: El texto íntegro ha sido publicado con el mismo título del libro reseñado en los Anales de la Fundación Francisco Elías de Tejada XXI (2015), pp. 171-220 (véase aquí la versión publicada)].

Dr. D. Jaime Alcalde Silva 



El autor cita como pórtico un párrafo de Joseph Ratzinger tomado de su obra Ser cristiano en la época neopagana (publicado en español por Ediciones Cristiandad en 1996), donde el entonces Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe manifestaba que su posición no era de rechazo a la reforma litúrgica posconciliar, sino de defensa de sus rasgos esenciales en la medida que ellos reflejasen la continuidad orgánica del rito, confiando en que llegaría el día de una esperada reforma de la reforma (p. 7). Esta idea le sirve de carta de ruta para abordar su formidable y completa exposición sobre la situación actual del misal de 1962, permitido por el motu proprio Summorum Pontificum como forma extraordinaria del rito romano, y llamada a contribuir al enriquecimiento de la tercera edición típica del misal promulgado por Pablo VI y reformado por Juan Pablo II (GF 9), para contribuir a dar respuesta a esa urgente necesidad que procede de la evangelización y el ecumenismo como es la armónica reconciliación litúrgica en el seno de la Iglesia (p. 19), con la conciencia de que ninguna tradición litúrgica puede agotar por sí sola el insondable Misterio de Cristo (CEC 1201). 

Benedicto XVI
(Foto: Agencia EFE)

Así queda de manifiesto en la Introducción, donde el autor describe la materia sobre la que versará la obra. Explica ahí la promulgación del referido motu proprio el 7 de julio de 2007, acompañado de una carta del papa Benedicto XVI dirigida a los obispos de la Iglesia católica de rito romano, y completado el 30 de abril de 2011 con la Instrucción Universae Ecclesia dada por la Pontificia Comisión Ecclesia Dei. Alude, en fin, a algunos aspectos prácticos relacionados con su investigación, para acabar con una cita a la humildad, virtud tan cara a la Orden benedictina (cfr. el Capítulo VII de su Regla), extraída del discurso que Benedicto XVI pensaba leer en su anulada vista al Santuario de La Verna (Arezzo, Italia) durante el mes de mayo de 2012.

Tras ella, abre el cuerpo de la obra un apartado dedicado a ciertas cuestiones preliminares, donde el autor aborda la evolución del texto utilizado para la celebración de la Santa Misa con la edición típica del misal romano de San Juan XXIII y analiza la carta dirigida a los obispos de la Iglesia católica de rito romano con que Benedicto XVI acompañó el motu proprio referido a la liturgia tradicional, que el autor mienta como Con grande fiducia por las palabras italianas con que ella comienza («Con gran confianza y esperanza pongo en vuestras manos de Pastores […]») después de referir los otros nombres con que fue publicada en L’Osservatore Romano y en el Acta Apostolicae Sedis (p. 50).

Como cuestión previa cabe recordar que, con anterioridad al nuevo rito sancionado por la Constitución apostólica Missale Romanum del beato Pablo VI, el misal romano era (y es todavía) plenario, de suerte que en él estaba contenido todo lo necesario para la celebración eucarística, con independencia del número de ministros intervinientes. Originalmente promulgado por San Pío V (1565-1572) mediante la bula Quo primum tempore (14 de julio de 1570), el misal mandado componer por el Concilio de Trento (1545-1563) no suponía una innovación sobre el rito romano existente y decantado con los siglos, sino sólo su fijación con miras a su universalización y a la reafirmación del dogma católico sobre el carácter sacrificial (CEC 1330 y 1357), la transustanciación (CEC 1376) y la presencia verdadera, real y sustancial de Cristo en la Eucaristía (CEC 1374)[1]. A ese mismo fin se enderezada el reconocimiento de todos los misales que tuviesen una antigüedad probada de doscientos años. El papa Juan XXIII dispuso la agregación de un nuevo cuerpo de rúbricas a este misal, ordenando la promulgación de una nueva edición típica merced a un decreto de 23 de junio de 1962, respecto del cual parece que el criterio mayoritario se decanta a favor de señalar que en él resulta escaso el poso específico de San Pío V (p. 211). En dicha edición se incluía también una modificación de la oración del Oficio de Viernes Santo, el que ya había sufrido cambios (como toda la Semana Santa) merced a la reforma piana de 1955[2]. A fines de aquel mismo año fue agregada al canon la referencia a San José, obra de piedad filial que ha sido completada recientemente mediante la incorporación del Santo Patriarca en las restantes tres plegarias eucarísticas del nuevo misal por decreto de la Congregación del Culto Divino y Disciplina de los Sacramentos de 1 de mayo de 2013. Tal era el estado del misal romano al comienzo y durante del Concilio Vaticano II, el que habría de alterar sustancialmente la forma de celebración de la Santa Misa más allá de la cuestión lingüística (SC 36) o de la orientación del sacerdote (IGMR 299), también posibles en la hoy denominada forma ordinaria. 

 Juan XXIII celebrando la Santa Misa

Es sabido que el primer fruto de dicho concilio ecuménico fue la Constitución Sacrosanctum Concilium sobre la sagrada liturgia, aprobada por 2147 votos y sólo cuatro rechazos y promulgada por el papa Pablo VI el 4 de diciembre de 1963[3]. En ella se dejó constancia del deseo de los padres conciliares de que, en cuanto fuese necesario, los ritos legítimamente reconocidos por la Iglesia fuesen íntegramente revisados con prudencia, de acuerdo con la sana tradición, y recibiesen nuevo vigor, teniendo en cuenta las circunstancias y necesidades actuales (SC 23). Dicha revisión estaba fundada en razones pastorales (SC 49) y quedaba circunscrita a determinados aspectos del ordinario de la Misa, de manera que se manifestase con mayor claridad el sentido propio de cada una de las partes y su mutua conexión, y se hiciese más fácil la piadosa y activa participación de los fieles (SC 50). En concreto, el deseo del Concilio era que (i) se simplificasen los ritos, conservando con cuidado la sustancia; (ii) se suprimiesen aquellas cosas menos útiles que, con el correr del tiempo, se habían duplicado o añadido; y (iii) se restableciesen, en cambio, de acuerdo con la primitiva norma de los Santos Padres, algunas cosas que habían desaparecido con el tiempo, según se estimase conveniente o necesario (SC 50). Por supuesto, esto suponía la conservación del latín como la lengua propia de la Iglesia latina tanto en la liturgia (SC 36) como en el oficio divino (SC 101), y la preservación del canto gregoriano como el que es propio de la liturgia romana (SC 116). El Concilio postuló, entonces, una solución moderada: algo había que reformar para devolver a la liturgia su fuerza vital dentro de la Iglesia, conservando aquello que la Tradición veneraba (SC 23), y con ese fin dispuso la revisión inmediata de los libros litúrgicos, valiéndose de peritos y previa consulta a los obispos del mundo (SC 25)[4].

Por eso, no es aventurado pensar que la reforma litúrgica que los padres conciliares tenían en mente iba en la línea trazada por el papa Pío XII en su señera encíclica Mediator Dei (1947), incentivando la actuosa participatio a la que ya se había referido San Pío X en el motu proprio Tra le sollicitudine de 1903 (SC 11, 14, 21 y 48)[5]. Ella, que implica una mayor toma de conciencia del misterio que se celebra y de su relación con la vida cotidiana (Sacramentum Caritatis, 52), podía conseguirse traduciendo a las lenguas vernáculas la primera parte de la Misa, llamada de los catecúmenos por su finalidad didascálica, para permitir que los fieles participasen con el sacerdote en la enseñanza y expresión de la fe que ella supone (SC 36 y 54). Esto se podía haber logrado, además, favoreciendo todo aquello que supusiese que el sacerdote se aproximase a los fieles y entrase en comunión con ellos, tanto en el aspecto locativo como ceremonial, sin descuidar la debida formación catequética (SC 19). En esta última dimensión convenía que recitase en su lengua las oraciones y las lecturas de la Epístola y el Evangelio (SC 54); que alternase con ellos el canto del Kyrie, el Gloria, el Credo y otras oraciones (SC 17 y 30); que la homilía fue clara y contribuyese a fomentar una fe operativa a partir de la Revelación (SC 52); y que se restableciese la oración de los fieles, al menos los domingos y días de precepto,  para que con la participación del pueblo se hiciesen súplicas por distintas necesidades comunes conforme a formularios establecidos (SC 53)[6]. Paralelamente, y conservando la orientación versum Deum de la celebración, los nuevos altares debían haberse construido en medio del presbiterio y con un uso reservado para la segunda parte de la Misa, dejando la sede para la primera parte[7]

 Pío XII
(Foto: Watershed)

La segunda parte de la Misa, donde se actualiza el sacrificio de Cristo sobre el altar, debía de permanecer invariable, para asegurar la unidad y la universalidad de un misterio que el hombre no es capaz de penetrar (Sacramentum Caritatis, 62). Tal era la advertencia de San Pablo (1 Cor 11, 23-25) desde los primeros tiempos del cristianismo, cuando la forma de celebración se conformaba según las distintas costumbres de los lugares donde se asentaba la naciente Iglesia, pero asegurando siempre un núcleo básico en torno a la plegaría eucarística (CEC 1205 y 1345), de manera de cumplir con el mandato del propio Cristo: «haced esto en memoria mía» (Lc 22, 19). La orientación del sacerdote en esta parte debía seguir siendo con el corazón vuelto a Dios, hacia el oriente (Mal 3, 20), para demostrar que el sacrificio se ofrece al Padre y por aquel que, separado del pueblo, ha recibido la función de santificar (CEC 1367)[8]. De ahí que no extrañe que el Concilio no haya hecho mención a la orientación del sacerdote, la que sólo aparece posteriormente (por ejemplo, IGMR 299), que se pida guardar el silencio sagrado durante la celebración (SC 30), o que se declare que «la acción litúrgica reviste una forma más noble cuando los oficios divinos se celebran solemnemente con canto y en ellos intervienen ministros sagrados y el pueblo participa activamente (SC 113). Esto, sobre todo, porque el paradigma seguido es el de la Misa con asistencia de fieles (canon 906 CIC), asistencia de ministros y diáconos y coro (OGMR 115).





[1] En la sesión XXV del Concilio de Trento (3 y 4 de diciembre de 1563), los padres conciliares pidieron al Papa que acometiera la revisión del misal romano que ellos no habían podido realizar por falta de tiempo, la que se estimaba necesaria dada la decadencia litúrgica de la Baja Edad Media y el desafío que la reforma protestante suponía para la doctrina eucarística. El papa Pío IV (1559-1565) instituyó una comisión para este fin, posteriormente reformada por San Pío V, la que trabajó durante siete años (1563-1570). Sin embargo, esta comisión no pretendió elaborar una nueva forma de celebración de la Santa Misa, sino que limitó su cometido a retocar y poner al día el misal en uso por la Curia Romana desde hacía un siglo y cuyos antecedentes se remontan hasta el siglo IV. De ahí que este nuevo misal sea sustancialmente coincidente con el codificado en 1474, que provenía de aquel adaptado por los franciscanos y adoptado por el papa Clemente V de Aviñón (1305-1314) para su propia corte pontificia. Este nuevo misal redujo las Misas votivas y las propias de los santos; revisó las oraciones privadas y los gestos del celebrante, eliminando algunas expresiones desordenadas fruto de una piedad individual malentendida; y suprimió la mayoría de las secuencias. Esta reforma fue completada en 1588 por el papa Sixto V (1585-1590) con la creación de la Sagrada Congregación de Ritos, encargada de velar por la corrección de las celebraciones litúrgicas. Véase, por ejemplo, Seguí Trobat, G., Iniciación a las fuentes de la liturgia romana. Los libros litúrgicos romanos anteriores al Concilio de Trento, Barcelona, Centre de Pastoral Litúrgica, 2014.

[2] En la petición referida a la conversión de los judíos, Benedicto XVI volverá a modificar esta oración a través de una nota de la Secretaría de Estado vaticana fechada el 4 de febrero de 2008. En la nueva fórmula desaparece la referencia a «los incrédulos judíos» (pérfidis Judaéis), que había sido mal interpretada (pérfido no designa más que al que no guarda la fe que debe), así como la referencia al velo que cubre sus corazones (áuferat velamen de córdibus eórum) y que les impide reconocer a Jesucristo como el Hijo de Dios. Desde entonces la octava oración del Oficio de Viernes Santo dice: «Oremos también por los judíos Para que nuestro Dios y Señor ilumine sus corazones, para que reconozcan a Jesucristo salvador de todos los hombres» (Oremus et pro Iudaeis: Ut Deus et Dominus noster illuminet corda eorum, ut agnoscant Iesum Christum salvatorem omnium hominum).

[3] D’Ors Pérez-Peix, Á., «Concilio, Código, Catecismo. A propósito de un nuevo libro de José Orlandis», Verbo 371-372 (1999), pp. 153-176, señala que fueron tres los momentos más conspicuos para la Iglesia católica durante la segunda mitad del siglo XX: el Concilio Vaticano II (1962-1965), el Código de Derecho Canónico (1983) y el Catecismo de la Iglesia Católica (1992). Dicha trilogía se repite con los Concilios de Trento (1545-1563) y Vaticano I (1869-1870), cada uno con sus respectivas fijaciones canónicas y doctrinales. Cabe agregar que, desde el acontecimiento eclesial que significa un concilio ecuménico, se siguen consecuencias en el orden doctrinal, litúrgico y disciplinar. Eso explica que con posterioridad a los últimos tres concilios (que cubren un cuarto de la historia de la Iglesia) se haya reformado la liturgia y se hayan preparado catecismos y compilaciones o codificaciones de derecho canónico.

[4] Véáse, en general, Kaczynski, R., «Verso la reforma liturgica», en Alberigo, G. (ed.), Storia del Concilio Vaticano II, III, Peeters/il Mulino, Boloña, 1998, pp. 209-276.

[5] Véase Pardo, A. (ed.), Documentación litúrgica. Nuevo Enquiridión. De San Pío X (1903) a Benedicto XVI, Burgos, Monte Carmelo, 2006.

[6] Sugerencias muy similares ofrecía Lefebvre, M., «Perspectivas conciliares entre la 3ª y 4ª sesión», Verbo 37-38 (1965), pp. 399-400, y era también la opinión del entonces cardenal Giovanni Battista Montini (después Pablo VI) antes del Concilio Vaticano II (Küng, H., Libertad conquistada. Memorias, trad. de Daniel Romero, Madrid, Trotta, 4ª ed., p. 258). 

[7] Véase, por ejemplo, Righetti, M., Historia de la liturgia, I: Introducción general, trad. de Juan Sierra López, Madrid, BAC, 2013, núm. 317, pp. 887-889.

[8] Cuestión de la que se ha ocupado especialmente Gamber, K., Tournés vers le Seigneur!, trad. de Simone Wallon, Le Barroux, Sainte-Madeleine, 1993, y Lang, U. M., Volverse al Señor, trad. de Dionisio Mínguez, Madrid, Cristiandad, 2007.  

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