Un conjunto de causas motivaron desde los primeros siglos la celebración de Misas sin solemnidad y con reducida asistencia de fieles, que con el tiempo recibieron el nombre de Misa rezada (Missa lecta). Durante la Edad Media, esta clase de Misas se convirtió en algo normal, aunque la Iglesia nunca dejó de urgir la obligación de asistir a la parroquia respectiva cada domingo (véase aquí lo dicho al respecto). Contribuyeron a multiplicar las Misas rezadas la devoción del sacerdote, que le llevó a celebrar durante los días de la semana, cuando los fieles no asistían a la iglesia o eran insuficientes para celebrar con solemnidad. Incluso más, había sacerdotes que no se contentaban con celebrar una sola Misa, sino que trataban de imitar el ejemplo de algunos santos, de quienes se contaba, como mérito especial, que celebraban hasta ocho o diez Misas cada día. De ahí viene la regla que hoy recoge el canon 905 CIC: exceptuados aquellos casos en que, según el derecho, se puede celebrar o concelebrar más de una vez la Eucaristía en el mismo día, no es lícito que el sacerdote celebre más de una vez al día; sólo si su presbiterio es escaso, el Ordinario del lugar puede conceder que, con causa justa, celebren dos veces al día (binar), e incluso, cuando lo exige una necesidad pastoral, tres veces los domingos y fiestas de precepto (trinar). Contribuyó asimismo a generalizar la Misa rezada el aumento de monjes sacerdotes. Pero la principal causa de multiplicación fue el creciente deseo de los fieles de que se celebrase por sus intenciones particulares una Misa o una serie de Misas, como ocurre con las llamadas "Misas gregorianas".
(Imagen: Pinterest)
Como fuere, desde el siglo IX se inició la promulgación de una serie de leyes litúrgicas destinadas a prohibir severamente la celebración de la Misa por el sacerdote solo, sin ayuda de un ministro que lo asistiera. Quizá la razón fue evitar que, por medio de esta práctica, se acabase modificando las oraciones por la incongruencia de una conjugación en plural cuando quien las decía se hallaba sin compañía. Ya desde el siglo XIII se exigió la presencia de un clérigo como asistente, lo cual no pasó al Misal Romano de 1570, aunque sí se conservó en algunas disposiciones diocesanas del siglo XVI. En uno de los tres documentos que anteceden al misal tridentino, aquel dedicado a los defectos que pueden ocurrir en la celebración de la Santa Misa (De defectibus in celebratione Missarum occurrentibus), se menciona que uno de los afectan al rito en sí mismo es la ausencia de ministro que asista al sacerdote que celebra, el que no tiene que pertenecer necesariamente al estado clerical (X, 31: "los defectos pueden ocurrir también en el desarrollo del rito en sí mismo, [...] si no hay clérigo presente u otro hombre o muchacho que sirva la Misa"). El Código de Derecho Canónico de 1917 reiteró la prohibición de que un sacerdote celebrase la Misa sin un ministro que le sirva y responsa (canon 8126, § 1). Este ministro no podía ser una mujer, salvo en ausencia de hombre y por una justa causa, pero en tal caso ella había de responder desde lejos y no aproximarse al altar (canon 816, § 2). De esta manera, hasta el Concilio Vaticano II, la Misa solitaria, vale decir, la dicha por el solo sacerdote, sin ningún fiel que asiste ni sirviente que le responda, no estaba permitida sin licencia apostólica (Sagrada Congregación de Ritos, decreto de 1° de octubre de 1949).
La disciplina del Código de Derecho Canónico de 1983 prescribe que los clérigos están obligados a buscar la santidad por una razón peculiar, ya que, consagrados a Dios por un nuevo título en la recepción del orden, son administradores de los misterios del Señor en servicio de su pueblo (canon 276, §1 CIC). Entre otros medios, para poder alcanzar esta perfección, la Iglesia invita encarecidamente a los sacerdotes a que ofrezcan cada día el Sacrificio eucarístico, y a los diáconos a que participen diariamente en la misma oblación (canon 276, §2-2 CIC). De hecho, se recomienda la celebración diaria de la Santa Misa, la cual, aunque no pueda tenerse con asistencia de fieles, es una acción de Cristo y de la Iglesia, en cuya realización los sacerdotes cumplen su principal ministerio (canon 904 CIC). Sin embargo, se dispone que, sin causa justa y razonable, el sacerdote no debe celebrar el Sacrificio eucarístico sin la participación por lo menos de algún fiel (canon 906 CIC), puesto que la Misa es por su propia naturaleza una forma de oración comunitaria (CCE 1407). En la práctica, un sacerdote retirado o que no tiene encargo pastoral asignado se encontrará celebrando la Misa solo como algo habitual, aunque esto no significa que no se trate de un supuesto excepcional.
La Misa en que eso ocurre se llama Missa sine populo, porque no hay congregación que asista al Santo Sacrificio. Esta forma de celebración puede ser de dos maneras: con la asistencia de un ministro que ayude al sacerdote o sin la presencia de éste. Cuando la Santa Misa se celebra sin que nadie asista al sacerdote, el desarrollo de la celebración tiene algunas características particulares, a saber:
La disciplina del Código de Derecho Canónico de 1983 prescribe que los clérigos están obligados a buscar la santidad por una razón peculiar, ya que, consagrados a Dios por un nuevo título en la recepción del orden, son administradores de los misterios del Señor en servicio de su pueblo (canon 276, §1 CIC). Entre otros medios, para poder alcanzar esta perfección, la Iglesia invita encarecidamente a los sacerdotes a que ofrezcan cada día el Sacrificio eucarístico, y a los diáconos a que participen diariamente en la misma oblación (canon 276, §2-2 CIC). De hecho, se recomienda la celebración diaria de la Santa Misa, la cual, aunque no pueda tenerse con asistencia de fieles, es una acción de Cristo y de la Iglesia, en cuya realización los sacerdotes cumplen su principal ministerio (canon 904 CIC). Sin embargo, se dispone que, sin causa justa y razonable, el sacerdote no debe celebrar el Sacrificio eucarístico sin la participación por lo menos de algún fiel (canon 906 CIC), puesto que la Misa es por su propia naturaleza una forma de oración comunitaria (CCE 1407). En la práctica, un sacerdote retirado o que no tiene encargo pastoral asignado se encontrará celebrando la Misa solo como algo habitual, aunque esto no significa que no se trate de un supuesto excepcional.
Misa en la Gran Cartuja
(Foto: Carnet d'un ermite urbain)
La Misa en que eso ocurre se llama Missa sine populo, porque no hay congregación que asista al Santo Sacrificio. Esta forma de celebración puede ser de dos maneras: con la asistencia de un ministro que ayude al sacerdote o sin la presencia de éste. Cuando la Santa Misa se celebra sin que nadie asista al sacerdote, el desarrollo de la celebración tiene algunas características particulares, a saber:
1°. De acuerdo con el motu proprio Summorum Pontificum (2007), en las Misas celebradas sin pueblo, todo sacerdote católico de rito latino, tanto secular como religioso, puede utilizar tanto el Misal Romano editado por el papa Juan XXIII en 1962 como el Misal Romano promulgado por el papa Pablo VI en 1970, en cualquier día, exceptuado el Triduo Sacro (artículo 2°; véase asimismo el artículo 33 de la instrucción Universae Ecclesiae respecto de este Triduo celebrado por un coetus fidelium). Para dicha celebración, siguiendo uno u otro misal, el sacerdote no necesita permiso alguno, ni de la Sede Apostólica ni de su Ordinario, vale decir, es completamente libre de elegir cuál forma del rito romano utilizar. Por cierto, elegido el Misal reformado, la celebración puede hacerse lícitamente tanto en latín como en lengua vernácula.
2°. En estas Misas, las vinajeras y el aguamanil para el lavabo se sitúan en la credencia del lado de la Epístola cerca del altar o, de ser necesario, incluso sobre el altar mismo. Así también se prevé para la forma ordinaria (OGMR 255). Por cierto, el aguamanil puede tener el agua ya vertida en su interior, de manera que el sacerdote purifique los pulgares e índices de ambas manos por inmersión, que enseguida seca con el manutergio que debe estar junto a aquél.
Frailes dominicos celebrando Misas en los distintos altares del convento de Santa María de la Tourette (Francia), diseñado por Le Corbusier
3°. El Misal se dispone abierto de la manera usual. El sacerdote debe trasladar éste al lado del Evangelio antes del "Munda cor meum..." y regresarlo al de la Epístola antes del versículo de Comunión. Cuando lo hace, el sacerdote simplemente camina con parsimonia sobre la predela y omite la genuflexión, siendo suficiente con inclinar la cabeza frente al crucifijo o el tabernáculo.
4°. El sacerdote responde las partes de la Misa que corresponden al ministro. Sin embargo, no repite dos veces el Confíteor terminado el Salmo 42 y omite en el suyo las frases vobis, fratres y vos, fratres. Tampoco dice el Miseratur nostri posterior. Cuando responde el Orate, frates lo hace diciendo "sacrificium de manibus meis".
5°. Para las abluciones, el sacerdote puede usar alternativamente dos métodos: verter primero vino solo y después agua sobre el índice y el pulgar de la mano izquierda y después de la derecha, o hacerlo sólo con la izquierda y posteriormente mojar la derecha en el cáliz y purificarla de este modo.
6°. Entre los autores se ha discutido si es necesario que en estas Misas se diga y responda el Dominus vobiscum del sacerdote y se dé la bendición final si no hay nadie más presente. Aunque para la forma ordinaria se prevé que en estos casos se omiten los saludos, las moniciones y la bendición al final de la Misa (OGMR 254), para la forma extraordinaria se recomienda seguir las rúbricas tal y como vienen dispuestas en el Misal, puesto que el Santo Sacrificio es una acción sagrada que envuelve a toda la Iglesia, incluso cuando no hay nadie más frente al altar que el sacerdote que celebra en la persona de Cristo. De ahí que en el Código de Rúbricas de 1960 se diga que conviene evitar la denominación de "Misa privada", puesto que "el sacrosanto Sacrificio de la Misa, celebrado según los cánones y las rúbricas, es un acto de culto público, tributado a Dios en nombre de Cristo y de la Iglesia" (núm. 269). Los únicos cambios en las fórmulas rituales para las Misas donde no hay ministro que asista al sacerdote son aquellos previamente señalados.
7°. Nada impide la celebración de Misas simultáneas, vale decir, de aquellas que cada sacerdote dice en su altar cuando en un mismo lugar existen muchos dispuestos con ese fin, como ocurre con las iglesias antiguas. En el Ritus servandus in celebratione Missae que acompaña al Misal se prevé que, si el sacerdote que se dirige a celebrar la Misa pasa por un altar donde ya se está celebrando una, en el momento de la elevación o durante la distribución de la Comunión, debe realizar una genuflexión con la cabeza descubierta en adoración al Santísimo Sacramento, permaneciendo en esa posición mientras el celebrante no deje el cáliz sobre el corporal (II, 1).
Cuestión distinta son las Misas sincronizadas, que fueron prohibidas por la Instrucción de Música Sacra et Sacra Liturgia, de 3 de septiembre de 1958 (núm. 39), aunque ya el Ritus servandus in celebratione Missae manda que el sacerdote no debe prestar atención a lo que ocurre en los demás altares una vez comenzada la celebración (III, 4). Estas son Misas en las que dos o más sacerdotes simultáneamente, en uno o más altares, programan su celebración del rito para que todas sus palabras y acciones se pronuncien y realicen juntas al mismo tiempo, incluso con la ayuda de instrumentos modernos. para asegurar una uniformidad absoluta o "sincronización", particularmente si son muchos los sacerdotes que celebran.
8°. Valga recordar que, para la forma extraordinaria, sólo está permitida la concelebración para dos casos particulares y de la manera que se indica en el Pontifical: para la Misa de ordenación de sacerdotes y para aquella de consagración de obispos. De igual forma, la Sagrada Congregación del Santo Oficio declaró inválida la concelebración del sacrificio de la Misa por los sacerdotes que no pronuncian las palabras de consagración, aun cuando usen las vestimentas sagradas, y sin importar cuál sea su intención (decisión de 23 de mayo de 1947, AAS 49 [1957], p. 370). Cuando hay muchos sacerdotes reunidos, empero, está permitido que sólo uno de ellos celebre una Misa en la que estén presentes los demás (ya sea todos ellos o muchos) y que éstos reciban la Sagrada Comunión del sacerdote celebrante. Sin embargo, esto se debe hacer si existe una razón justificable, y siempre que el Obispo no lo haya prohibido debido al peligro de que los fieles lo consideren extraño (Instrucción de Música Sacra et Sacra Liturgia, núm. 38). Para la forma ordinaria, la concelebración es una posibilidad concedida a los sacerdotes en la medida que la utilidad de los fieles no requiera o aconseje otra cosa, y no una obligación (canon 902 CIC).
De acuerdo con las explicaciones precedentes, el desarrollo de la Misa sin ministro según el rito reformado se produce de la siguiente manera:
1°. Se prepara el altar de la manera habitual.
2°. A la derecha del altar, o mejor en la credencia, se colocan los vasos necesarios.
3°. A la izquierda del altar, se dispone el Misal y el leccionario. La liturgia de la palabra, como imperfecta excepción, se puede realizarse en el lado izquierdo del altar.
4°. Se observa el rito de la Misa celebrada con la participación del pueblo, salvo por las excepcione que se indican más abajo.
5°. La liturgia eucarística se celebra en el centro del altar.
6°. Se guarda el oportuno silencio después de la proclamación del Evangelio y de la comunión.
7°. Se omiten los saludos, las moniciones, las aclamaciones y la bendición final. Esto significa que quedan omitidos:
(a) El saludo en los ritos iniciales (El Señor esté con vosotros, u otros).
(b) La monición al acto penitencial.
(c) Las repeticiones del Kyrie eleison.
(d) El invitatorio de la oración colecta.
(e) Las aclamaciones finales de las lecturas
(f) El salmo responsorial se pronuncia sin repetir la antífona, se recita al principio y al final.
(g) La aclamación que precede a la lectura del Evangelio.
(h) El saludo y las aclamaciones antes y después de la proclamación del Evangelio.
(i) La oración de los fieles (las intenciones de esta oración están contenidas en la plegaria eucarística).
(j) Las aclamaciones durante la presentación de los dones (ofertorio).
(k) El invitatorio, y su respuesta, a la oración sobre las ofrendas.
(l) El saludo y la invitación del inicio de la plegaria eucarística a la oración y a la acción de gracias.
(m) La aclamación tras el relato de la institución y su respuesta.
(n) El invitatorio a la oración dominical.
(ñ) La aclamación al embolismo.
(o) El final del rito de la paz.
(p) El invitatorio a la oración después de la comunión.
(q) Todos los ritos de conclusión.
7°. Nada impide la celebración de Misas simultáneas, vale decir, de aquellas que cada sacerdote dice en su altar cuando en un mismo lugar existen muchos dispuestos con ese fin, como ocurre con las iglesias antiguas. En el Ritus servandus in celebratione Missae que acompaña al Misal se prevé que, si el sacerdote que se dirige a celebrar la Misa pasa por un altar donde ya se está celebrando una, en el momento de la elevación o durante la distribución de la Comunión, debe realizar una genuflexión con la cabeza descubierta en adoración al Santísimo Sacramento, permaneciendo en esa posición mientras el celebrante no deje el cáliz sobre el corporal (II, 1).
Cuestión distinta son las Misas sincronizadas, que fueron prohibidas por la Instrucción de Música Sacra et Sacra Liturgia, de 3 de septiembre de 1958 (núm. 39), aunque ya el Ritus servandus in celebratione Missae manda que el sacerdote no debe prestar atención a lo que ocurre en los demás altares una vez comenzada la celebración (III, 4). Estas son Misas en las que dos o más sacerdotes simultáneamente, en uno o más altares, programan su celebración del rito para que todas sus palabras y acciones se pronuncien y realicen juntas al mismo tiempo, incluso con la ayuda de instrumentos modernos. para asegurar una uniformidad absoluta o "sincronización", particularmente si son muchos los sacerdotes que celebran.
Los padres conciliares y sacerdotes celebran Misa antes de comenzar una jornada del Concilio Vaticano II
8°. Valga recordar que, para la forma extraordinaria, sólo está permitida la concelebración para dos casos particulares y de la manera que se indica en el Pontifical: para la Misa de ordenación de sacerdotes y para aquella de consagración de obispos. De igual forma, la Sagrada Congregación del Santo Oficio declaró inválida la concelebración del sacrificio de la Misa por los sacerdotes que no pronuncian las palabras de consagración, aun cuando usen las vestimentas sagradas, y sin importar cuál sea su intención (decisión de 23 de mayo de 1947, AAS 49 [1957], p. 370). Cuando hay muchos sacerdotes reunidos, empero, está permitido que sólo uno de ellos celebre una Misa en la que estén presentes los demás (ya sea todos ellos o muchos) y que éstos reciban la Sagrada Comunión del sacerdote celebrante. Sin embargo, esto se debe hacer si existe una razón justificable, y siempre que el Obispo no lo haya prohibido debido al peligro de que los fieles lo consideren extraño (Instrucción de Música Sacra et Sacra Liturgia, núm. 38). Para la forma ordinaria, la concelebración es una posibilidad concedida a los sacerdotes en la medida que la utilidad de los fieles no requiera o aconseje otra cosa, y no una obligación (canon 902 CIC).
Anexo: La Misa sin ministro en la forma ordinaria
De acuerdo con las explicaciones precedentes, el desarrollo de la Misa sin ministro según el rito reformado se produce de la siguiente manera:
1°. Se prepara el altar de la manera habitual.
2°. A la derecha del altar, o mejor en la credencia, se colocan los vasos necesarios.
3°. A la izquierda del altar, se dispone el Misal y el leccionario. La liturgia de la palabra, como imperfecta excepción, se puede realizarse en el lado izquierdo del altar.
4°. Se observa el rito de la Misa celebrada con la participación del pueblo, salvo por las excepcione que se indican más abajo.
5°. La liturgia eucarística se celebra en el centro del altar.
6°. Se guarda el oportuno silencio después de la proclamación del Evangelio y de la comunión.
7°. Se omiten los saludos, las moniciones, las aclamaciones y la bendición final. Esto significa que quedan omitidos:
(a) El saludo en los ritos iniciales (El Señor esté con vosotros, u otros).
(b) La monición al acto penitencial.
(c) Las repeticiones del Kyrie eleison.
(d) El invitatorio de la oración colecta.
(e) Las aclamaciones finales de las lecturas
(f) El salmo responsorial se pronuncia sin repetir la antífona, se recita al principio y al final.
(g) La aclamación que precede a la lectura del Evangelio.
(h) El saludo y las aclamaciones antes y después de la proclamación del Evangelio.
(i) La oración de los fieles (las intenciones de esta oración están contenidas en la plegaria eucarística).
(j) Las aclamaciones durante la presentación de los dones (ofertorio).
(k) El invitatorio, y su respuesta, a la oración sobre las ofrendas.
(l) El saludo y la invitación del inicio de la plegaria eucarística a la oración y a la acción de gracias.
(m) La aclamación tras el relato de la institución y su respuesta.
(n) El invitatorio a la oración dominical.
(ñ) La aclamación al embolismo.
(o) El final del rito de la paz.
(p) El invitatorio a la oración después de la comunión.
(q) Todos los ritos de conclusión.
Nota de la Redacción: Con excepción de las citas al De defectibus in celebratione Missarum occurrentibus, el Ritus servandus in celebratione Missae, la Instrucción de Música Sacra et Sacra Liturgia y la Instrucción General del Misal Romano, la información de esta entrada proviene de Fortescue, A./O'Connell, J. B./Reid, A., The Ceremonies of the Roman Rite Described, Londres, Bloomsbury, 15a ed., 2009, p. 89, contrastada con Jungman, J. A., Missarum Sollemnia, Milán, Ancora, 2004, ed. anastática, pp. 181-192; Martínez de Antoñana, G., Manual de liturgia sagrada, Madrid, Editorial Coculsa, 10a ed., 1957, pp. 203, 451 y 460; Garrido Bonaño, M., Curso de liturgia romana, Madrid, BAC, 1959, pp. 249-250, y la respuesta dada a la pregunta sobre cómo celebrar con ausencia de ministro en el sitio Sancta Missa. El anexo está tomado, con modificaciones de estilo, de la carta intitulada "Algunas apuntes para la celebración de la Misa sin fieles ni ministros" enviada por el Rvdo. Pedro Andrés Perezpayá Alonso, de la Arquidiócesis de Madrid, a Infocatólica.
Me pareció extraño el título, leí el artículo, y creo que debería ser "sin pueblo"
ResponderBorrarGracias por sus aportes, siempre interesantes.
Gracias por su interés. Las Misas sine populo se dividen en dos especies: aquellas en las que el sacerdote es asistido por un ministro y aquellas en que el sacerdote no es asistido por ministro alguno. El título es correcto, porque la entrada se refiere específicamente a aquellas Misas sine populo celebradas sin un ministro que asista al sacerdote celebrante.
BorrarMuchas gracias por su respuesta, ahora me queda claro.
BorrarGracias a usted por leernos. De todas formas, hemos revisado el texto de la entrada y añadido algunas cosas que no estaban, para proporcionar una información más completa sobre la celebración de la Misa sin ministro.
BorrarEn la forma ordinaria se prevé que en las misas sin Ministro el sacerdote omita los saludos, moniciones, bendición, etc. Sin embargo, creo que esta directriz no es del todo precisa.
ResponderBorrar¿Que hay que hacer con el "diálogo" con el que comienza el prefacio?
¿Habrá que omitirlo?
Y en caso afirmativo, ¿Como se conjugará en castellano la expresión "en verdad es justo y necesario, es nuestro deber y salvación, etc." si no se ha hecho previamente la introducción del prefacio?
Muchas gracias por leernos. Acabamos de publicar un anexo al reportaje que da respuesta a estas preguntas.
BorrarExcelente información para la gloria a Dios.
ResponderBorrar