Reproducimos para nuestros lectores un texto de autoría de Su Excia. Revma. Mons. Athanasius Schneider, obispo auxiliar de Astana (Kasajistán), en el que comparte, con la claridad y valentía apostólica que lo caracterizan, sus impresiones sobre la Relatio final del Sínodo de la Familia que tuvo lugar durante octubre pasado en la ciudad de Roma.
El texto fue publicado inicialmente en inglés en el sitio Rorate caeli (el original puede leerse aquí) y la traducción que ofrecemos es la proporcionada por el sitio Adelante la Fe (traducción de Miguel Tenreiro), con correcciones menores y destacados de la Redacción. Vayan nuestros agradecimientos a los encargados de ambos sitios, así como a Su Excia. Revma. Mons. Schneider por su fidelidad inconmovible a la Fe, de quien ya hemos hablado varias veces en esta bitácora (véase las siguientes entradas: primera, segunda y tercera).
Su Emcia. Revma. Mons. Athanasius Schneider
***
La puerta falsa hacia una práctica neo-mosaica en el Informe Final del Sínodo
“Los ofuscadores de la Divina Verdad en el Informe Final se parecen más a los fariseos”.
La XIV Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los Obispos (del 4 al 25 de Octubre de 2015), que se dedicó al tema de “La vocación y la misión de la familia en la Iglesia y en el mundo contemporáneo”,
emitió un informe final (Relatio finalis) con algunas propuestas
pastorales que fueron presentadas al criterio del Papa. El documento en
sí es solamente de carácter consultivo y no posee un valor magisterial
formal.
Sin embargo, durante el Sínodo, aparecieron los
nuevos fariseos y verdaderos nuevos discípulos de Moisés, que en los
numerales 84 al 86 del Informe Final abrieron la puerta falsa (con
bombas de relojería inminentes)
para la admisión a la Santa Comunión de los divorciados vueltos a casar.
Al mismo tiempo, los obispos que defendieron intrépidamente a “la
Iglesia [que] profesa la propia fidelidad a Cristo y a su verdad”
(Exhortación Apostólica de Juan Pablo II Familiaris Consortio, 84) se encontraron etiquetados injustamente como fariseos en algunos medios de comunicación.
Durante las dos últimas Asambleas del Sínodo (en 2014 y en 2015),
los nuevos discípulos de Moisés y los nuevos fariseos maquillaron el
hecho de negar la indisolubilidad del matrimonio y el hecho de suspender
el sexto mandamiento, en base a un supuesto ‘caso por caso’, bajo el
pretexto de un nuevo concepto de la misericordia o del uso de
expresiones tales como: “el camino de discernimiento”, “acompañamiento”,
“orientaciones del obispo”, “diálogo con el sacerdote”, “foro interno,”
“una integración más plena en la vida de la Iglesia” o “una posible
supresión de la imputabilidad sobre la convivencia en uniones
irregulares (cf. Informe Final, nn. 84-86).
Jacob Jordaens (1593-1678), Jesús y los fariseos.
De hecho, esta sección del texto en
el Informe Final, contiene trazas de una práctica neo-mosaica del
divorcio, a pesar de que los redactores, con habilidad, y de una manera
astuta, evitaron cualquier cambio directo en la doctrina de la Iglesia.
Por lo tanto, todas las partes, tanto los promotores de la llamada “agenda Kasper”
como sus oponentes, se encuentran aparentemente satisfechos al afirmar:
“Todo está bien. El Sínodo no cambió la doctrina”. Sin embargo, esta
percepción es bastante ingenua, porque ignora la puerta falsa y las
bombas de relojería contenidas en la sección del texto antes mencionado y
que se hacen manifiestas ante un examen cuidadoso del texto debido a
sus propios criterios internos de interpretación.
Incluso, cuando se habla de un
“camino de discernimiento”, se está hablando de “arrepentimiento”
(Informe Final, numeral 85.). No obstante, se mantiene aquí, gran
cantidad de ambigüedades. De hecho, de acuerdo con las reiteradas
afirmaciones del Cardenal Kasper y de clérigos afines, tal
arrepentimiento se refiere a los pecados pasados contra el cónyuge del
primer matrimonio válido, y de hecho, el arrepentimiento del divorciado puede no referirse a los actos de su cohabitación marital con la nueva
pareja con la que se casó por lo civil.
La aserción (en los númerales 85 y
86 del Informe Final), de que un discernimiento tiene que ser hecho de
acuerdo con las enseñanzas de la Iglesia y en base a un juicio correcto,
continúa aun así siendo ambigua. De hecho, el Cardenal Kasper
juntamente con clérigos afines, aseguraron enfática y reiteradamente que
la admisión de los divorciados vueltos casar a la Santa Comunión no
toca el dogma de la indisolubilidad y la sacramentalidad del matrimonio,
y que una sentencia en conciencia, en este caso, tiene que ser
considerada como correcta, incluso cuando los divorciados vueltos a
casar sigan conviviendo como matrimonio de hecho; y que no deben ser
obligados a vivir en total continencia como hermano y hermana.
Al citar el famoso numeral 84 de la Exhortación Apostólica Familiaris Consortio de
Juan Pablo II, los redactores del numeral 85 en el Informe Final,
censuraron el texto, eliminando la siguiente formulación decisiva: “La
forma de la Eucaristía sólo puede ser concedida a los que toman sobre
sí el deber de vivir en plena continencia, es decir, de abstenerse de
los actos propios de los esposos”.
Esta práctica de la Iglesia se basa
en la revelación divina de la Palabra de Dios: escrita y transmitida a
través de la Tradición. Esta práctica de la Iglesia es una expresión de
la tradición ininterrumpida que va desde los Apóstoles y, por lo tanto,
permanece inmutable por todos los tiempos. Ya San Agustín afirmó: “Quien
rechaza a su esposa adúltera y se casa con otra mujer, mientras que su
primera esposa aún vive, se mantiene perpetuamente en el estado de
adulterio. Un hombre así no hará ninguna penitencia eficaz mientras se
niegue a abandonar a la nueva esposa. Si él es un catecúmeno, no puede
ser admitido en el bautismo, porque su voluntad permanece arraigada en
el mal. Si es un penitente (ya bautizado), no puede recibir la reconciliación (eclesiástica), en tanto y en cuanto no rompa con su mala actitud.” (De adulterinis coniugiis, 2, 16). De hecho, la censura intencionada antes mencionada de la enseñanza de Familaris Consortio
n. 85 en el Informe Final, representa para cualquier hermenéutica
coherente, la clave para la interpretación de la sección sobre de los
divorciados vueltos a casar (numerales 84-86).
Michael Pacher, San Agustín y el Diablo (1471-1475).
En nuestros días existe una presión
ideológica permanente y omnipresente en nombre de unos medios de
comunicación, que son a su vez compatibles con el pensamiento único
impuesto por las potencias mundiales anti-cristianas, con el objetivo de
abolir la verdad acerca de la indisolubilidad del matrimonio –
banalizar lo sagrado carácter de esta institución divina mediante la
difusión de una anti-cultura del divorcio y el concubinato. Ya hace 50
años, el Concilio Vaticano II afirmó que los tiempos modernos están
infectadas con la plaga del divorcio (cf. Gaudium et spes, 47). El mismo
Concilio advierte que el matrimonio cristiano, como sacramento de
Cristo, “no sea profanado por el adulterio o el divorcio” (Gaudium et
spes, 49).
La profanación del “gran sacramento”
(Ef. 5, 32) del matrimonio por el adulterio y el divorcio, ha alcanzado
proporciones masivas a un ritmo alarmante, no sólo en la sociedad
civil, sino también entre los católicos. Cuando los católicos por medio
del divorcio y el adulterio (que en la teoría y en la práctica rechazan
la voluntad de Dios expresada en el sexto mandamiento), se ponen en
serio peligro espiritual de perder su salvación eterna.
El acto más misericordioso que se
podría hacer en nombre de los Pastores de la Iglesia, sería la de llamar
la atención sobre este peligro por medio de una clara –y al mismo tiempo caritativa– admonición sobre la necesidad de aceptar completamente el sexto Mandamiento de la Ley de Dios. Tienen que llamar a
las cosas por su nombre, exhortando: “el divorcio es el divorcio”, “el
adulterio es adulterio” y “quienes cometen pecados graves consciente y
libremente, contra los Mandamientos de Dios – y en este caso en
concreto, contra el sexto mandamiento – y muere sin arrepentimiento
recibirán condenación eterna y serán excluidos para siempre del Reino de
Dios”.
Tal amonestación y exhortación sería
precisamente la obra del Espíritu Santo como Cristo nos enseñó: ” y
cuando Él venga, convencerá al mundo en lo referente al pecado, en lo
referente a la justicia y en lo referente al juicio” (Juan 16: 8). Al
explicar la obra del Espíritu Santo en “El Espiritu que convence al mundo en lo referente al pecado“, el Papa Juan Pablo II dijo: “Cada
pecado, realizado en cualquier lugar y momento, hace referencia a la
Cruz de Cristo y por tanto, indirectamente también al pecado de quienes «
no han creído en él », condenando a Jesucristo a la muerte de Cruz.” (Encíclica Dominum et Vivificantem,
29). Los que llevan a cabo una vida de casados con una pareja, que no
sea su cónyuge legítimo (como es el caso de los divorciados vueltos a
casar civilmente), rechazan la voluntad de Dios. El convencer a esas
personas en lo referente a este pecado, es una obra movida por el
Espíritu Santo y mandada por Jesucristo; y por lo tanto es una obra
eminentemente pastoral y misericordiosa.
Lamentablemente, el Informe Final
del Sínodo omitió concretamente, la obligación de tratar de convencer a
los divorciados vueltos a casar en lo referente a su respectivo pecado.
Mas al contrario, los Padres sinodales, bajo pretexto de misericordia y
de una falsa pastoral, apoyaron las formulaciones de los numerales 84-86
en la Relatio, tratando de encubrir el peligroso estado espiritual de los divorciados vueltos a casar.
De facto, les dicen que su pecado de
adulterio no es pecado, y que definitivamente el adulterio no lo es; o
al menos que no es un pecado grave; y que no hay peligro espiritual en
su estado de vida. Tal comportamiento, por parte de estos pastores, es
directamente contrario a la obra del Espíritu Santo y, por tanto, es
anti-pastoral y una obra de los falsos profetas a los que se podría
aplicar las siguientes palabras de la Sagrada Escritura: “ ¡Ay,
los que llaman al mal bien, y al bien mal; que dan oscuridad por luz, y
luz por oscuridad; que dan amargo por dulce, y dulce por amargo!” (Is.5:20) y: “Tus
profetas vieron para ti visiones de falsedad e insipidez. No revelaron
tu culpa, para cambiar tu suerte. Oráculos tuvieron para ti de falacia e
ilusión.” (Lm 2: 14). Sin duda, a tales obispos el apóstol Pablo, diría hoy estas palabras: “Porque esos tales son unos falsos apóstoles, unos trabajadores engañosos, que se disfrazan de apóstoles de Cristo. “ (II Co 11:13).
El Falso Profeta (Ap. XVI), Beato de Facundo (1047).
El texto del Informe Final del
Sínodo no sólo omite convencer de forma inequívoca a los divorciados
vueltos a casar civilmente de lo gravemente pecaminoso y adúltero que es
este estilo de vida que lleva, sino que justifican indirectamente ese
estilo de vida, básicamente, al asignar esta cuestión al ámbito de la
conciencia individual y por medio de una inadecuada aplicación del
principio moral de imputabilidad en el caso de cohabitación de los
divorciados vueltos a casar. De hecho, la aplicación del principio de
imputabilidad a una vida estable, permanente y pública, en adulterio es
incorrecto y engañoso.
La disminución de la responsabilidad
subjetiva se da sólo en el caso de parejas que tengan el firme
propósito de vivir en plena continencia y de hacer esfuerzos sinceros en
el mismo. Mientras estas parejas persistan intencionalmente en
continuar una vida de pecado, no podrá haber una suspensión de
imputabilidad. Da la impresión, que el Informe Final sugirió, que el
estilo de vida pública en adulterio – como lo es el caso de los que se
vuelven a casar por lo civil – no está violando el vínculo sacramental e
indisoluble del matrimonio o de que no representa un pecado mortal o
grave y que esta cuestión es, además, una cuestión de conciencia
privada. De este modo se puede afirmar una deriva más próxima hacia el
principio protestante sobre el juicio subjetivo en cuestiones de fe y
disciplina, y una cercanía intelectual a la errónea teoría de la “opción fundamental“; teoría que ya ha sido condenada por el Magisterio (Cf. Juan Pablo II, Encíclica Veritatis Splendor, 65-70).
Los Pastores de la Iglesia no deben
promover, en ningún caso, la cultura de divorcio entre los fieles. Se
debe evitar incluso, el más pequeño de los indicios por ceder ante la
práctica o a la cultura del divorcio. La Iglesia en su conjunto debe de
dar un testimonio convincente y fuerte en relación a la indisolubilidad
del matrimonio. El Papa Juan Pablo II dijo del divorcio: “ Tratándose
de una plaga que, como otras, invade cada vez más ampliamente incluso
los ambientes católicos, el problema debe afrontarse con atención
improrrogable. “ (Familiaris consortio, 84).
Juan Pablo II bendice a una pareja de recién casados en Escocia, 1982.
(Foto: The Catholic Thing)
La Iglesia tiene que ayudar a los
divorciados vueltos a casar con amor y con paciencia para que reconozcan
su propio pecado y para ayudarles a convertirse, con todo su corazón, a
Dios y a la obediencia debida a Su santa voluntad, que está expresada
en el sexto Mandamiento. Mientras continúen dando un anti-testimonio
público de indisolubilidad del matrimonio, contribuyendo con la cultura
de divorcio, los divorciados vueltos a casar no podrán ejercer aquellos
ministerios litúrgicos, catequéticos e institucionales dentro de la
Iglesia, que exigen por su propia naturaleza una vida pública de acuerdo
con los mandamientos de Dios.
Es obvio, que los infractores
públicos del quinto y séptimo Mandamientos –por poner un ejemplo- tales
como los propietarios de una clínica abortista o los colaboradores de
una red de corrupción, no sólo no pueden recibir la Santa Comunión, sino
que evidentemente, no podrán ser admitidos a servicios públicos
litúrgicos y catequéticos. De manera análoga, los infractores públicos
del sexto mandamiento, como los divorciados vueltos a casar, no pueden
ser admitidos al puesto de lectores, padrinos o catequistas. Por
supuesto que uno tiene que distinguir entre la gravedad del mal causado
por el estilo de vida de promotores públicos de aborto y corrupción con
el mal causado por las personas divorciadas que llevan una vida
adultera. Uno no puede ponerlos en pie de igualdad. La defensa para la
admisión de los divorciados vueltos a casar a la función de padrinos y
catequistas en última instancia, no tiene como objetivo el verdadero
bien espiritual de los niños, sino que resulta ser la
instrumentalización de una agenda ideológica específica. Esta es una
deshonestidad y una burla al deber de los padrinos o catequistas,
quienes por medio de una promesa pública contrajeron la obligación de
ser educadores de la fe.
En el caso de los padrinos o
catequistas que están divorciados y vueltos a casar, su vida contradice
continuamente sus palabras, y lo que tienen que hacer frente a la
amonestación del Espíritu Santo a través de la boca del Apóstol
Santiago: “Poned por obra la Palabra y no os contentéis sólo con oírla, engañándoos a vosotros mismos.”
(Santiago 1: 22). Por desgracia, el Informe Final en el numeral 84,
aboga por la admisión de los divorciados vueltos a casar a los oficios
litúrgicos, pastorales y educativos. Esta propuesta representa un apoyo
indirecto a la cultura del divorcio y una negación práctica de un estilo
de vida objetivamente pecaminoso. Por el contrario, el Papa Juan Pablo
II, indica sólo las siguientes posibilidades de participar en la vida de
la Iglesia, y que por su parte pretende una verdadera conversión: “Se
les exhorte a escuchar la Palabra de Dios, a frecuentar el sacrificio
de la Misa, a perseverar en la oración, a incrementar las obras de
caridad y las iniciativas de la comunidad en favor de la justicia, a
educar a los hijos en la fe cristiana, a cultivar el espíritu y las
obras de penitencia para implorar de este modo, día a día, la gracia de
Dios.” (Familiaris Consortio, 84).
La no admisión a los sacramentos y a
los públicos puestos, litúrgicos y catequéticos, debe seguir siendo un
área saludable de exclusión, con el fin de recordar a los divorciados su
serio estado espiritual y peligro real y al mismo tiempo, promover en
sus almas el espíritu de humildad, de obediencia y de anhelo por la
auténtica conversión. Humildad significa tener coraje por la verdad y
sólo los que se someten humildemente a Dios, recibirán sus gracias.
Los fieles, que no tienen aún la
disposición y la voluntad de dejar una vida adúltera, deben ser
espiritualmente ayudados. Su estado espiritual es similar al de una
especie de “catecumenado” en relación al sacramento de la Penitencia.
Ellos pueden recibir el sacramento de la Penitencia – que fue llamado en
la Tradición de la Iglesia, “el segundo bautismo” o “la segunda
penitencia” – sólo si se rompen sinceramente con el hábito de la
convivencia adúltera, y si evitan el escándalo público de manera análoga
a como lo hacen los catecúmenos, candidatos al bautismo. El Informe
Final omite llamar a los divorciados vueltos a casar hacia el humilde
reconocimiento de su objetivo estado pecaminoso, porque omite animarlos a
aceptar, con el espíritu de la fe, la no admisión a los sacramentos y a
los puestos públicos litúrgicos y catequéticos. Sin tal reconocimiento
realista y humilde de su propio estado espiritual real, no habrá
progreso efectivo hacia una conversión cristiana auténtica, ya que esta,
en el caso de los divorciados y vueltos a casar, consistiría en una
vida de completa continencia, dejando de pecar contra la santidad del
sacramento del matrimonio y de desobedecer públicamente al sexto
Mandamiento de Dios.
Los Pastores de la Iglesia, y sobre
todo, los textos públicos del Magisterio, tienen que hablar de manera
clara en todo lo posible, ya que esta es la característica esencial de
la tarea del Magisterio oficial. Cristo exige a todos sus discípulos a
hablar de una manera muy clara: “ Sea vuestro lenguaje: “Sí, sí”; “no, no”: que lo que pasa de aquí viene del Maligno.” (Mt 5: 37). Esto es válido, ante todo, cuando los Pastores de la Iglesia prediquen o cuando el Magisterio hable en un documento.
Duccio di Buoninsegna (c. 1255-1260 - 1318/1319), La tentación de Cristo sobre el monte.
La sección de texto correspondiente a
los numerales 84-86 del Informe Final representa, por desgracia, un
grave quebrantamiento de este mandato divino. De hecho, en los citados
pasajes del texto, no se abogó directamente a favor de la legitimidad de
la admisión de los divorciados vueltos a casar a la Sagrada Comunión;
el texto incluso evita la expresión “Santa Comunión” o “sacramentos”. En
cambio, el texto, por medio de tácticas de ofuscación, utiliza
expresiones ambiguas tales como “una participación más plena en la vida
de la Iglesia” y “discernimiento e integración.”
Debido a estas tácticas de
ofuscación, el Informe Final, ha puesto de hecho, bombas de relojería y
una falsa puerta hacia la admisión de los divorciados vueltos a casar a
la Santa Comunión, causando con esto una profanación de los dos grandes
sacramentos del Matrimonio y de la Eucaristía, y contribuyendo, al
menos indirectamente, con la cultura del divorcio – a la difusión de la “plaga del divorcio” (Concilio Vaticano II, Gaudium et Spes, 47).
Al leer detenidamente el texto ambiguo en la sección del texto “Discernimiento e integración” en
el Informe Final, uno se queda con la impresión de una ambigüedad muy
hábil y elaborada. Uno se acuerda de las siguientes palabras de San
Ireneo en su “Adversus haereses”: “De
manera semejante quien conserva inquebrantable la Regla de la
verdad [92] que recibió en el bautismo, reconocerá los nombres, los
dichos y las parábolas tomados de las Escrituras, pero no sus teorías
blasfemas. [548] Reconocerá las piedras del mosaico, pero no aceptará
que la figura de la zorra sustituya el retrato del rey. Volviendo a
colocar las palabras en su propio orden y en el contexto del cuerpo de
la verdad, dejará al desnudo las creaciones que ellos han fantaseado y
probará su falta de consistencia. Como a una tal comedia sólo le falta
que se le desenmascare, y no hay entre esos payasos alguno que acabe con
esa farsa, hemos pensado en primer lugar mostrar aquellos puntos en los
cuales los mismos padres de tales fábulas difieren entre sí, puesto que
están inspirados por diversos espíritus del error. Y, en segundo lugar,
a partir de su comparación podremos demostrar, si examinamos el asunto
atentamente, la verdad que la Iglesia predica y los errores enmascarados
que ellos pregonan.” (I, 9, 4-5).
El Informe Final parece que deja la
solución a la cuestión sobre la admisión de los divorciados vueltos a
casar a la Santa Comunión, en manos de las autoridades locales de la
Iglesia: con el “acompañamiento de los sacerdotes” y las “orientaciones del obispo“.
Sin embargo, tal cuestión está ligada esencialmente con el depósito de
la fe, es decir con la palabra revelada de Dios. La no admisión de los
divorciados que están viviendo en un estado público de adulterio, es
verdad inmutable de la ley de la fe católica y por consiguiente también
de la ley de la práctica litúrgica católica.
San Ireneo de Lyon
El Informe Final
parece inaugurar una cacofonía doctrinal y disciplinaria de la Iglesia
Católica, lo que contradice la misma esencia de ser católico. Uno tiene
que recordar las palabras de San Ireneo, sobre la auténtica forma de la
Iglesia católica en todo momento y en todo lugar: “Como
antes hemos dicho, la Iglesia recibió esta predicación y esta fe, y,
extendida por toda la tierra, con cuidado la custodia como si habitara
en una sola familia. Conserva una misma fe, como si tuviese una sola
alma y un solo corazón (Hech 4,32), y la predica, enseña y transmite con
una misma voz, como si no tuviese sino una sola boca. Ciertamente son
diversas las lenguas, según las diversas regiones, pero la fuerza de la
Tradición es una y la misma. Las iglesias de la Germania no creen de
manera diversa ni transmiten otra doctrina diferente de la que predican
las de Iberia o de los Celtas, o las del Oriente, como las de Egipto o
Libia, así como tampoco de las iglesias constituidas en el centro del
mundo; sino que, así como el sol, que es una creatura de Dios, es uno y
el mismo en todo el mundo, así también la luz, que es la predicación de
la verdad, brilla en todas partes (Jn 1,5) e ilumina a todos los seres
humanos (Jn 1,9) que quieren venir al conocimiento de la verdad (1 Tim
2,4). Y ni aquel que sobresale por su elocuencia entre los jefes de la
Iglesia predica cosas diferentes de éstas -porque ningún discípulo está
sobre su Maestro (Mt 10,24)-, ni el más débil en la palabra recorta la
Tradición: siendo una y la misma fe, ni el que mucho puede explicar
sobre ella la aumenta, ni el que menos puede la disminuye.” (I, 10, 2).
La sección del Informe Final
sobre los divorciados vueltos a casar, evita confesar cuidadosamente,
el principio inmutable de toda la tradición católica, y por la cual,
aquellos que viven en una unión marital no válida pueden ser admitidos a
la Sagrada Comunión únicamente bajo la condición de que prometan vivir
en plena continencia y evitar el escándalo público. Juan Pablo II y
Benedicto XVI confirmaron enérgicamente este principio católico. La
omisión deliberada de mencionar y reafirmar este principio en el texto
del Informe Final, puede ser comparada con la evasión sistemática de la expresión “homoousios”
por parte de todos los oponentes al dogma del Concilio de Nicea en el
siglo IV – los arrianos formales y los llamados semi-arrianos -, que
continuamente inventaban otras expresiones con tal de no confesar
directamente la consustancialidad del Hijo de Dios con Dios Padre.
Icono conmemorativo del I Concilio de Nicea
Tal variedad de confesiones
supuestamente católicas, en nombre de la mayoría del episcopado del
siglo IV, causó una actividad eclesiástica febril, con reuniones
sinodales continuas y una proliferación de nuevas fórmulas doctrinales;
todas ellas con el denominador común de evitar la claridad
terminológica, es decir, de evitar la expresión “homoousios.”
Del mismo modo, en nuestros días los dos últimos Sínodos de la familia
han evitado nombrar y confesar con claridad el principio de toda la
Tradición Católica: que los que viven en una unión marital no válida
pueden ser admitido a la Sagrada Comunión únicamente bajo la condición
de que prometan vivir en completa continencia y de que eviten el
escándalo público.
Este hecho queda también demostrado,
por la reacción inequívoca e inmediata de los medios de comunicación
seculares y por la reacción de los principales defensores de la nueva
práctica no-católica, la de admitir a los divorciados vueltos a casar a
la Santa Comunión mientras mantienen una vida de público adulterio. Por
ejemplo, el Cardenal Kasper, el Cardenal Nichols y el Arzobispo Forte,
afirmaron públicamente que de acuerdo con el Informe Final, uno puede
suponer que de alguna manera se ha abierto una puerta a la Comunión para
los divorciados vueltos a casar. Existe también un número considerable
de obispos, sacerdotes y laicos que se regocijan a causa de la llamada
“puerta abierta” que encontraron en el Informe Final.
En lugar de guiar a los fieles con una clara e inequívoca enseñanza ,
el Informe Final provocó una situación de oscurecimiento, de confusión,
de subjetividad (el juicio de la conciencia del foro interno de los
divorciados) y un particularismo doctrinal y disciplinario no-católico,
en una cuestión que está conectada esencialmente al depósito de la fe
transmitida por los Apóstoles.
Aquellos de nosotros que en nuestros
días defienden enérgicamente la santidad de los sacramentos del
Matrimonio y de la Eucaristía son etiquetados como fariseos. Sin
embargo, dado que el principio lógico de no contradicción prevalece y el
sentido común funciona, lo contrario es cierto.
Los ofuscadores de la Divina Verdad
en el Informe Final se parecen más a los fariseos. Ya que con el fin de
conciliar una vida en adulterio, con la recepción de la Sagrada
Comunión, han inventado, habilidosamente, una nueva letra, una nueva ley
de “discernimiento y de integración”, con la introducción de nuevas
tradiciones humanas contra el mandamiento cristalino de Dios. Estas
palabras de la Verdad Encarnada van dirigidas a los promotores de la
denominada ‘agenda de Kasper’: “anulando así la Palabra de Dios por vuestra tradición que os habéis transmitido”
(Marcos 7: 13). Aquellos que durante 2.000 años hablaron sin descanso y
con una mayor claridad acerca de la inmutabilidad de la Verdad divina, a
menudo a costa de sus propias vidas, también serían etiquetados en
nuestros días como fariseos; y así serían etiquetados San Juan Bautista,
San Pablo, San Ireneo, San Atanasio, San Basilio, San Tomás Moro, San
Juan Fisher o San Pío X, por mencionar sólo los ejemplos más brillantes.
Santo Tomás Moro y San Juan Fisher
El resultado real del Sínodo en
relación a la percepción de los fieles y de la opinión pública laica fue
la de que prácticamente hubo un solo foco con la cuestión de la
admisión de los divorciados a la Santa Comunión. Se puede afirmar que el
Sínodo, en cierto sentido, resultó ser a los ojos de la opinión pública
el Sínodo de adulterio y no el Sínodo de la familia. De hecho, todas
las bellas afirmaciones del Informe Final
sobre el matrimonio y la familia quedaron eclipsados con las
afirmaciones ambiguas en la sección del texto de los divorciados vueltos
a casar; un tema que ya estaba confirmado y decidido por el magisterio
de los últimos Pontífices Romanos en fiel conformidad con la práctica y
la enseñanza bimilenaria de la Iglesia. Por lo tanto, es una verdadera
lástima, que los obispos católicos, los sucesores de los Apóstoles,
utilicen asambleas sinodales con el fin de hacer un atentado contra la
práctica constante e inmutable de la Iglesia sobre la indisolubilidad
del matrimonio, es decir, la no admisión de los divorciados que viven en
una unión adúltera a los Sacramentos.
San Basilio en su carta al Papa
Dámaso, hizo un retrato realista de la confusión doctrinal causada por
aquellos eclesiásticos que buscaban un compromiso vacío, y una
adaptación al espíritu del mundo en su tiempo:
“Las tradiciones son menospreciadas; las artimañas de los innovadores
están de moda en las Iglesias; ahora los hombres son más bien
organizadores de sistemas maliciosos que teólogos; la sabiduría de este
mundo que obtiene los más altos premios es la que ha rechazado la gloria
de la Cruz. Los ancianos se lamentan cuando comparan el presente con el
pasado. Los más jóvenes son los más dignos de compasión, porque ellos
aún no saben de lo que han sido privados “(Ep 90, 2).
San Basileo de Cesarea, llamada "El Magno".
En una carta de San Basilio al Papa Dámaso y a los obispos occidentales, se describe la situación confusa en el interior de la Iglesia de la siguiente manera:
“Se trastornan los dogmas de la
religión; se confunden las leyes de la Iglesia. La ambición de los que
no temen al Señor salta a las dignidades, y se propone el episcopado
como premio de la más descarada impiedad, de suerte que a quien más
graves blasfemias profiere, se le tiene por más apto para regir al
pueblo como obispo. Desapareció la gravedad episcopal. Faltan pastores
que apacienten con ciencia el rebaño del Señor. La libertad de pecar es
mucha. Y es que quienes han subido al gobierno de la Iglesia por empeño
humano, lo pagan luego consintiéndolo todo a quienes pecan. La maldad no
tiene límite; los pueblos no son corregidos; los prelados no tienen
libertad para hablar. Porque quienes adquirieron para sí el poder o la
dignidad episcopal por medio de los hombres, son esclavos de quienes les
hicieron esa gracia. Y ahora la misma reivindicación de la ortodoxia es
vista en algunos círculos como una oportunidad para el ataque mutuo; y
los hombres ocultan su mala voluntad privada y pretenden que su
hostilidad es todo por el bien de la verdad. Sobre todo eso ríen los
incrédulos, vacilan los débiles en la fe, la fe misma es dudosa, la
ignorancia se derrama sobre las almas, pues imitan la verdad los que
amancillan la palabra divina en su malicia. Y es que las bocas de los
piadosos guardan silencio, y anda suelta toda lengua blasfema. Lo santo
está profanado; la parte sana de la gente huye de los lugares de oración
como de escuelas de impiedad y marchan a los desiertos, para levantar
allí, entre gemidos y lágrimas, las manos al Señor del cielo. Porque sin
duda ha llegado hasta vosotros lo que sucede en la mayor parte de las
ciudades: la gente, con sus hijos y mujeres y hasta con los ancianos, se
derraman delante de las murallas y hacen sus oraciones al aire libre,
sufriendo con gran paciencia todas las inclemencias del tiempo,
esperando la protección del Señor. La fe, que de los Padres que hemos
recibido; la fe que sabemos que está estampada con la marca de los
Apóstoles; a esta fe asentimos, así como a todo lo que fue canónica y
legalmente promulgado en el pasado.” (Ep. 92, 2).
Cada período de confusión a lo largo
de la historia de la Iglesia, es a la misma vez una posibilidad para
recibir muchas gracias, de fuerza y coraje, y también la oportunidad de
demostrar nuestro amor por Cristo, que es la Verdad encarnada. Cada
bautizado, cada sacerdote y cada obispo prometieron una fidelidad
inviolable; cada uno según su propio estado: a través de las promesas
bautismales; a través de las promesas sacerdotales; a través de la
promesa solemne en la ordenación episcopal. De hecho, todos los
candidatos al episcopado prometieron: “Voy a mantener puro e íntegro el
Depósito de la Fe, según la Tradición, que fue siempre y en todas partes
conservada en la Iglesia.” La ambigüedad que se encuentra en el
apartado de los divorciados vueltos a casar del Informe Final
contradice el citado voto solemne episcopal. Aún así, todos en la
Iglesia – desde el simple fiel a los custodios del Magisterio – deberían
de decir:
“Non possumus!” Yo
no aceptaré un discurso ofuscado ni una puerta falsa, hábilmente
ocultada para la profanación del sacramento del Matrimonio y de la
Eucaristía. Del mismo modo, no voy a aceptar una burla al sexto
mandamiento de Dios. Prefiero ser ridiculizado y perseguido en lugar de
aceptar textos ambiguos y métodos insinceros. Prefiero la cristalina
“imagen de Cristo, la Verdad, en lugar de la imagen del zorro adornado
con piedras preciosas” (San Ireneo), porque “yo sé a quién he creído”,
“Scio, Cui credidi!” (II Timoteo 1: 12 ).
+ Athanasius Schneider
Obispo Auxiliar
Arquidiócesis de Santa María de Astana
2 de noviembre de 2015, conmemoración de los fieles difuntos.
Actualización [22 de abril y 10 de mayo de 2016]: El sitio Rorate Coeli ha publicado una interesante entrevista de monseñor Schneider dada en marzo, antes de la publicación de la exhortación post-sinodal sobre la familia, donde aborda distintos temas contingentes con una mirada desde la enseñanza tradicional de la Iglesia. La traducción española puede ser consultada en Adelante la fe y en Catholicvs, donde apareció pocos días después.
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