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martes, 18 de enero de 2022

La comunión en la mano: ¿consagración de la desobediencia?

Los defensores del motu proprio Traditionis Custodes plantean, actualmente, que la actitud que corresponde a los fieles de la Iglesia es la de obedecer lo dispuesto por el Romano Pontífice. Que los partidarios de dicho motu proprio apelen hoy a la obediencia a los mandatos del Papa no deja de ser, al menos, paradójico, y es, en todo caso, incoherente con la actitud que, en otras destacadas ocasiones, han asumido frente a normas litúrgicas dispuestas por el Sumo Pontífice. La actitud que revelan dichos partidarios es la siguiente: obedezco cuando estoy de acuerdo con lo mandado y, cuando no, no. En consecuencia, difícilmente están en condiciones de exigir obediencia a quienes no están de acuerdo con lo dispuesto en el mencionado motu proprio, que se opone al derecho y deber de los fieles de dar a Dios culto en espíritu y verdad. La carta núm. 843 (17 de enero de 2022) de Paix Liturgique, que traducimos aquí, aborda este tema.

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La comunión en la mano: ¿consagración de la desobediencia?

El presente comentario es a propósito de lo que monseñor Nicola Bux escribe con ocasión del primer aniversario de la muerte de monseñor Juan Rodolfo Laise, el único obispo argentino que obedeció lo mandado por Pablo VI en orden a mantener la prohibición de dar la comunión en la mano.

Poniéndolos a la claridad de la luz, monseñor Bux aborda ciertos temas que están vinculados a la historia reciente del modo de distribuir la comunión. Esos temas son, en general, mal conocidos o interpretados equivocadamente, a veces en oposición, incluso, a la verdad de los hechos.

En efecto, a menudo se oye decir que la comunión en la mano habría “sido autorizada por Pablo VI, en 1969, mediante la instrucción Memoriale Domini, y que este uso habría sido confirmado por Juan Pablo II y aceptado luego, sin problema alguno, por el papa Benedicto XVI, como una de las dos maneras normales de recibir la comunión”. Existirían actualmente, por tanto, dos posibilidades ofrecidas por la Iglesia para la recepción del sacramento: en la lengua o en la mano, tal como hay dos posturas corporales igualmente posibles: de rodillas o de pie.

Sin embargo, monseñor Bux, apoyándose en dos obras monográficas publicadas sobre este tema -el libro del obispo argentino Juan Rodolfo Laise y la tesis doctoral del sacerdote italiano don Federico Bortoli-, muestra cómo Pablo VI, lejos de autorizar, y mucho menos de introducir, el uso de la comunión en la mano, confirmó formalmente su prohibición, exhortando a los obispos, sacerdotes y fieles a “someterse escrupulosamente a esta ley, de nuevo confirmada”.

El papa Pablo VI distribuye la comunión durante la Misa de consagración episcopal celebrada en la Basílica de San Pedro el 29 de junio de 1973 con ocasión del décimo aniversario de su pontificado 

Con todo -y nos enfrentamos aquí a uno de los puntos de mayor confusión, de los mencionados antes-, previendo que determinados sectores no estaban dispuestos a obedecer esta ley, Pablo VI estableció un mecanismo jurídico que habría de permitir a los obispos, cuyas diócesis se enfrentaran a una resistencia masiva e inflexible a la prohibición papal, de otorgar -si así lo consideraban según su conciencia y su prudencia- un indulto a los desobedientes. Esta posibilidad -dentro de límites claramente fijados en el texto de Memoriale Domini- fue otorgada por el Papa no sin grandes reticencias y aprehensiones, ya que temía que recibir la comunión en la mano contribuyese a debilitar la fe de los fieles en la Presencia Real.

Algunos años más tarde, hacia el final de su vida, la confirmación de este temor llevó a Pablo VI a tratar de poner término al uso abusivo que se estaba dando al indulto, y ordenó que se pusieran en vigor medidas para suspender el otorgamiento de nuevos indultos, añadiendo incluso que, en aquellos lugares donde ya se lo había concedido, se debía desalentar la comunión en la mano. Sin embargo, esta orden no fue en absoluto obedecida por las autoridades de la Curia que tenían la obligación de hacerla aplicar.

Algunos meses más tarde, el Papa recientemente elegido, Juan Pablo II, confirmó la decisión de su predecesor, ordenando que no se autorizara más el uso de la comunión en la mano en ningún país; suspensión que duró largo tiempo y que le valió numerosas presiones e incluso algunas expresiones sumamente impertinentes de parte de ciertos obispos.

En fin, el papa Benedicto XVI dispuso que, en las Misas que él celebrara, los fieles no recibieran la comunión sino en la lengua. Acto seguido explicó el porqué de esta decisión: “Al mandar que la comunión fuera recibida de rodillas y en la lengua, he querido dar una señal de profundo respeto y de agregar un signo de exclamación al tema de la Presencia Real. […] He querido dar una señal fuerte, que debía ser claramente afirmada: ¡se trata aquí de algo especial!”.

Monseñor Bux cita una cantidad de textos importantes de los colaboradores que fueron testigos de la posición del papa Benedicto, a los cuales deberíamos añadir aquellos del mismo autor de esta exposición, monseñor Bux. Este, en efecto, ha mantenido una larga relación personal con el cardenal Ratzinger, a quien le debe el haber sido nombrado consultor de la Congregación para la Doctrina de la Fe y experto para los trabajos preparatorios del Sínodo mundial de obispos sobre la Eucaristía. Al comienzo de éste, ya convertido en Papa, Benedicto XVI lo nombró adiutor secretarii specialis de dicho Sínodo. Posteriormente, lo nombró consultor de la Oficina de las Celebraciones Litúrgicas del Sumo Pontífice y de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. Esta prolongada colaboración pone a monseñor Bux entre los testigos más privilegiados del pensamiento litúrgico de Benedicto XVI.

Todos estos elementos, presentados en el texto que comentamos, no hacen más que confirmar, en su conjunto, la conclusión a que llega monseñor Laise en su libro: “Por todas estas razones, podemos afirmar que la introducción y la difusión en todo el mundo de la práctica de la comunión en la mano constituye la más grave desobediencia de los últimos tiempos a la autoridad papal”.

En conclusión, permítasenos subrayar que es asombroso, por lo menos, que este uso, alentado por una actitud de clara desobediencia y de frontal desafío al mandato pontifical en la década de 1960 -actitud que es muy similar a la que tienen hoy los obispos alemanes ante el documento de la Congregación para la Doctrina de la Fe sobre la bendición de las parejas homosexuales- pretenda ser ahora impuesto a los fieles que, desde hace más de cincuenta años, han cumplido fielmente con los deseos y las órdenes de Pablo VI, de Juan Pablo II y de Benedicto XVI, cuya confirmación fue reiterada por el prefecto del Culto Divino que el papa Francisco nombró a poco de asumir sus funciones, el cardenal Sarah, jubilado hace poco por haber alcanzado la edad límite.

El papa Pablo VI distribuye la comunión a los fieles durante la Misa celebrada en la Parroquia romana de Todos los Santos el 7 de marzo de 1965
(Foto: Rorate Coeli)

No es una paradoja menor que esos fieles sean hoy acusados nada menos que de desobedecer precisamente por no querer adoptar un uso que no sólo ha sido desaconsejado permanentemente por los papas, sino que sólo es tolerado en virtud de un indulto otorgado a quienes han abiertamente desobedecido la autoridad papal. La actual actitud pareciera indicar que ha triunfado, finalmente, la desobediencia. Sin embargo, confirmar este triunfo con medidas draconianas tomadas en contra de quienes no han desobedecido, los transforma, de pronto, en “desobedientes”, lo cual es el colmo de la paradoja y contiene un mensaje implícito y muy peligroso: la desobediencia es el camino que hay que tomar, a condición de que ella sea inflexible.

Para quien le interese, el texto completo del artículo de monseñor Nicola Bux puede ser leído aquí (en francés). 

jueves, 23 de diciembre de 2021

¿Quién niega la validez del Novus Ordo? Prepárate para una sorpresa

Compartimos con ustedes un breve, pero sugerente artículo de Phil Lawler que aborda un punto que hasta ahora no se ha cuestionado demasiado en torno a las medidas restrictivas impuestas por la Sede Apostólica respecto de la Misa de siempre. Se trata de la obligación de los obispos de comprobar que los grupos tradicionalistas "no excluyan la validez y la legitimidad de la reforma litúrgica, de los dictados del Concilio Vaticano II y del Magisterio de los Sumos Pontífices". La validez se refiere al hecho de que no se niegue que, a través del rito reformado, se produce el sacramento de la Eucaristía, vale decir, que se dan las cuatro condiciones para que tal exista: materia, forma, ministro e intención. Por su parte, el término "legitimidad" alude a aquello que ha sido establecido según el derecho. Ninguna de las dos condiciones es puesta en entredicho por los grupos que participan de la Misa tradicional celebrada conforme al derogado motu proprio Summorum Pontificum y la instrucción Universae Ecclesiae que lo desarrolaba. Distinto es el aspecto de la licitud, relacionado con la observancia de las rúbricas y normas canónicas que rigen la celebración del rito, que depende de cada Misa en concreto. Ahí el juicio no se puede efectuar en abstracto, sino viendo cómo el sacerdote está celebrando esa Misa, si sigue o no las indicaciones contenidos en los libros litúrgicos o, siguiendo su creatividad, se aparta de ellas e improvisa oraciones, gestos, palabras, etcétera. 

Ahora bien, se supone que todo católico debe aceptar que la Misa es aquello que define el Catecismo de la Iglesia Católica, porque en eso consiste la fe católica. Ahí se dice: "Nuestro Salvador, en la última Cena, la noche en que fue entregado, instituyó el Sacrificio Eucarístico de su cuerpo y su sangre para perpetuar por los siglos, hasta su vuelta, el sacrificio de la cruz y confiar así a su Esposa amada, la Iglesia, el memorial de su muerte y resurrección, sacramento de piedad, signo de unidad, vínculo de amor, banquete pascual en el que se recibe a Cristo, el alma se llena de gracia y se nos da una prenda de la gloria futura" (CCE 1323). Pues, ¿y qué sucede con aquellos católicos que niegan que la Misa sea un sacrificio o que "en el Santísimo Sacramento de la Eucaristía están 'contenidos verdadera, real y substancialmente el Cuerpo y la Sangre junto con el alma y la divinidad de nuestro Señor Jesucristo, y, por consiguiente, Cristo entero'" (CCE 1374)?

Lamentablemente, esto ocurre y con mucha frecuencia. Por ejemplo, hoy Infocatólica informa sobre una homilía pronunciada por S.E.R. Carlos Gustavo Castillo Mattasoglio, arzobispo de Lima, donde niega que la muerte de Jesús en la cruz fuese un sacrificio propiciatorio (CCE 1367). En sus palabras: "Jesús no muere haciendo un sacrificio de un holocausto. Jesús muere como un laico asesinado, que él decide no responder con venganza y que acepta la cruz para darnos signo de vida. Y muere como un laico que da esperanza a la humanidad. Muere como un ser humano como todos ustedes que están aquí presentes". De esto se sigue que la Santa Misa, que el mismo sacrificio redentor actualizado de manera incruenta sobre el altar, tampoco puede tener ese carácter. Otro caso que ilustra lo que se viene diciendo. Hace dos años, Infovaticana reproducía los resultados de una encuesta hecha a los católicos estadounidenses. El resultado fue que el 50% de ellos cree que la Sagrada Eucaristía es un "símbolo" y niega que se trate de la Presencia Real de Cristo bajo las especies de pan y vino. En otras palabras, niegan que la Santa Misa sea un misterio sacramental, que en ella se produzca la transustanciación y que ahí, sobre el altar, bajo la apariencia de los accidentes del pan y el vino, está verdadera, real y sustancialmente presente Jesucristo, que se entregó a la muerte (y muerte de cruz) por el redención del género humano.

Por lo demás, la situación actual coincide con la revelación particular que la beata Ana Catalina Emmerick (1774-1824) dejó por escrito y en que se refiere a la profranación de Jesús Sacramentado y la Santa Misa: "Los sacerdotes dejaban que se hiciera cualquier cosa y decían la Misa con mucha irreverencia. Vi pocos que tuvieran todavía piedad y juzgasen sanamente las cosas. [...] Vi muy a menudo a Jesús mismo cruelmente inmolado sobre el altar por la celebración indigna y criminal de los santos misterios. Vi ante los sacerdotes sacrílegos la Santa Hostia reposar sobre un altar como un Niño Jesús vivo que ellos cortaban en trozos con la patena y que martirizaban horriblemente. Su Misa, aunque realizando realmente el Santo sacrificio, me parecía como un horrible asesinato. [...] la devoción al Santísimo Sacramento caería completamente en decadencia y el sacramento mismo en el olvido. [...] Veo los enemigos del Santísimo Sacramento que cierran las Iglesias e impiden que se le adore, acercarse a un terrible castigo. [... Veo] que se mina y se asfixia la religión tan hábilmente que no queda a penas más que un pequeño número de sacerdotes que no estén seducidos". 

El artículo que ahora compartimos fue publicado por Catholic Culture y ha sido traducido por la Redacción. Phil Lawler ha sido periodista especializado en temas católicos por más de 30 años. Ha editado varias revistas católicas y escrito ocho libros. Fundador de Catholic World News, es el director periodístico y analista principal de Catholic Culture. 

Phil Lawler

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¿Quién niega la validez del Novus Ordo? Prepárate para una sorpresa

Phil Lawler

En su nuevo y sorprendente documento, que aumenta las restricciones respecto de la Misa  tradicional, la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos acusa a muchos católicos tradicionalistas de no reconocer la validez de la liturgia del Novus Ordo. De ahí que, se nos dice, la adhesión a la liturgia tradicional representa una seria amenaza para la unidad de la Iglesia.

La Congregación para el Culto Divino no ofrece evidencia que apoye esta acusación contra los tradicionalistas, al igual que, en Traditionis Custodes, el papa Francisco no prueba que la consulta mundial hecha a los obispos demostrase una preocupación generalizada sobre la fricción supuestamente causada por el movimiento tradicionalista. Los conocedores del Vaticano informan que, de hecho, en sus respuestas a la encuesta (si es que se tomaron el tiempo para responder), la mayoría de los obispos no denunciaron dificultades con los grupos tradicionalistas. Además, los católicos familiarizados con el movimiento tradicionalista rara vez o nunca se encuentran con fanáticos que niegan la validez de la liturgia posconciliar. Pero incluso si la denuncia de la Congregación para el Culto Divino fuese cierto, la respuesta del la Santa Sede sería desproporcionada. Dejadme que me explique.

Los católicos que asisten a la Misa tradicional constituyen regularmente solo alrededor del 1% de la población católica total del mundo. Si el 1% de esos tradicionalistas rechazara el Novus Ordo (y creo que esa estimación resulta demasiado alta), entonces el problema se limita a una minoría apenas visible.

Sin embargo, entre los católicos que asisten a Misa con frecuencia en las parroquias ordinarias, ¡una abrumadora mayoría rechaza la validez de la liturgia del Novus Ordo! Encuesta tras encuesta muestra que más del 70% de los católicos no creen que Jesucristo se haga verdaderamente presente —con Cuerpo, Sangre, Alma y Divinidad— en la Misa. Pero si Jesús no está presente —si la Eucaristía no se confecciona — entonces la Misa no es válida. Por lo tanto, la mayoría de los fieles de una parroquia católica común creen que la Misa a la que están asistiendo no es válida. Q.E.D.

Ahora bien, muy pocos de esos católicos "ordinarios" dirían que la Misa es inválida, porque no reconocerían el poder del silogismo en el párrafo anterior. Generaciones de catequesis miserables han dejado a millones de laicos sólo con una vaga idea de lo que es la Eucaristía, lo que logra la Misa. Aun así, el hecho es que la mayoría de los católicos rechazan, o tal vez de manera más exacta, son indiferentes a este dogma fundamental de la fe. Si son indiferentes, con mayor razón pueden alejarse de la Iglesia. Si rechazan la enseñanza católica, socavan la unidad de los fieles.

Afortunadamente, la mayoría incrédula está equivocada, al igual que cualquier tradicionalista que niega la validez de la liturgia posconciliar. El Novus Ordo es válido; la Eucaristía es la Presencia Real de Jesucristo. Pero en aras de la unidad dentro de la Iglesia, sin mencionar la claridad de la doctrina, el hecho de que más del 70% de los fieles nieguen efectivamente la enseñanza de la Iglesia sobre la Eucaristía, la "fuente y cumbre de la vida cristiana", es sin duda una preocupación más urgente que la afirmación de que el 0,01% niega la validez de la nueva liturgia.

Las nuevas restricciones del Vaticano requieren que los obispos se aseguren de que las comunidades tradicionalistas restantes acepten la validez del Concilio Vaticano II y las reformas posconciliares. La coherencia sugiere que se deben aplicar los mismos estándares a todas las parroquias católicas. Se debe alentar a los obispos a asegurarse de que sus pastores instruyan adecuadamente a la gente sobre la realidad de la Eucaristía.

El hecho de que la Congregación para el Culto Divino vea las cosas de otra manera, y quiera tomar medidas enérgicas primero contra los focos de resistencia tradicionalista, sugiere que hay algo más en cuestión aquí: no se trata solamente de un simple deseo de unidad de la Iglesia. Mañana, en este espacio, exploraré algunas otras explicaciones para las extrañas prioridades del Vaticano.

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Nota bene: Detrás de las normas dictadas para la Misa tradicional, subyace una comprensión voluntarista de los sacramentos, como ha dicho Caminante Wanderer. Ellos son un acto de poder de la jerarquía eclesiática, que se dan o quitan a los fieles a discreción, diluyendo la función salvífica que tienen. El Catecismo de la Iglesia Católica enseña, siguiendo al Concilio Vaticano II, que "la Eucaristía es 'fuente y culmen de toda la vida cristiana'", de manera que todos "los demás sacramentos, como también todos los ministerios eclesiales y las obras de apostolado, están unidos a la Eucaristía y a ella se ordenan. La sagrada Eucaristía, en efecto, contiene todo el bien espiritual de la Iglesia, es decir, Cristo mismo, nuestra Pascua" (1324).  La misión fundamental de la Iglesia es buscar la salvación de las almas y, por tanto, resulta contrario a esa finalidad quitar a los fieles la Santa Misa, que es la renovación incruenta del mismo Sacrificio redentor de Cristo. No hay que olvidar que "los fieles tienen derecho a recibir de los Pastores sagrados la ayuda de los bienes espirituales de la Iglesia principalmente la palabra de Dios y los sacramentos" (canon 213 CIC), y que pueden "tributar culto a Dios según las normas del propio rito aprobado por los legítimos Pastores de la Iglesia, y a practicar su propia forma de vida espiritual, siempre que sea conforme con la doctrina de la Iglesia" (canon 214 CIC). Según la inmortal definición de Ulpiano, "la justicia consiste en la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo", vale decir, atribuir a cada persona aquello a lo que tiene derecho. Las disposiciones actuales sobre la Misa de siempre no son justas y desconocen los derechos fundamentales de los fieles (véase aquí y aquí dos comentarios canónicos a las Responsa sobre el motu proprio Traditionis Custodes). 

domingo, 14 de noviembre de 2021

Comentario de Joseph Shaw a la respuesta de monseñor Arthur Roche

Ya hemos publicado el intercambio epistolar que tuvieron entre fines del mes de julio y comienzos del mes de agosto de este año el cardenal Vicent Nichols, arzobispo de Westminster y primado de Inglaterra y Gales, y monseñor Arthur Roche, prefecto de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, respecto de la interpretación del motu proprio Traditionis Custodes, que limita severamente la celebración con el Misal romano previo a la reforma litúrgica de 1970. Les ofrecemos hoy el comentario del Dr. Joseph Shaw, presidente de la Federación Internacional Una Voce y director de la Latin Mass Society, quien figura emplazado en el intercambio entre los dos prelados. El texto fue publicado en OnePeterFive y la página oficial de la Federación Internacional Una Voce, y ha sido traducido por la Redacción. 

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Comentario al intercambio epistolar entre el cardenal Vincent Nichols y monseñor Arthur Roche

Joseph Shaw, PhD

Presidente de la Federación Internacional Una Voce

Director de la Latin Mass Society

Las dos cartas precedentes [del cardenal Vincent Nichols y monseñor Arthur Roche] han estado circulando desde hace algún tiempo por correo electrónico, y fue inevitable el que finalmente se las publicara (parece que por Gloria.tv en primer lugar). Se las ofreció a OnePeterFive y, puesto que desde ese momento pueden ser leídas por cualquiera, las comento ahora públicamente. Algunos de los contenidos son un poco técnicos y obscuros, pero ello no debiera ser sorpresa para nadie, ya que el mensaje fundamental es positivo y nos ofrece la oportunidad de responder a los argumentos que hoy se esgrimen para imponer límites a lo que se nos permite hacer.

En su carta, el cardenal Nichols pide clarificaciones, en una serie de temas específicos, a una institución de la Curia que tiene ahora autoridad en estas materias, como es la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos. El arzobispo Roche, prefecto inglés de la misma, da su respuesta, a veces un poco vaga, ya que fue hecha en una primera etapa de la interpretación del motu proprio Traditionis Custodes. Algunos temas no están resueltos todavía; otros, no serán resueltos sino que quedarán entregados a la discreción de los obispos.

Misa de Réquiem 2021 organizada por la Latin Mass Society en la Catedral de Westminster de Londres
(Foto: LMS Chairman)

Los temas más interesantes son los siguientes.

Los demás sacramentos

La pregunta (b) del cardenal Nichols se refiere a “los demás sacramentos”: matrimonio, bautismo, etc. Si las “normas previas” que los autorizaban están abolidas, ¿en qué situación se encuentran ahora? Se trata de una pregunta razonable, ya que no son mencionados en Traditionis Custodes. La respuesta de la Congregación, sin embargo, no es clara ni precisa, ya que dice que la “implementación integral” de Traditionis Custodes pondría fin a los permisos para los otros sacramentos. Esto no sorprende, puesto que Traditicionis Custodes aspira a poner fin a la celebración de la antigua Misa, y sería extraño que continuaran los otros sacramentos una vez que ello se logre. Con todo, esto se matiza de inmediato con la necesidad de sensibilidad pastoral. Luego, al comienzo de la segunda página de la carta, hay un pasaje algo difícil de entender, en que aparece una crítica del modo como estas materias se han desarrollado hasta el presente, en el sentido de que han sobrepasado los límites permitidos.

Quizá al arzobispo Roche le vendría bien refrescar su memoria en relación con los documentos que establecen los institutos sacerdotales tradicionales , a los que se dio autorización explícita para celebrar los sacramentos de acuerdo con los libros antiguos. Así, a la Fraternidad de San Pedro se le dio este privilegio el 10 de septiembre de 1988:

“En virtud de la facultad que le ha sido otorgada por el Supremo Pontífice Juan Pablo II, esta Pontificia Comisión Ecclesia Dei concede a la denominada “Fraternidad de San Pedro”, fundada el 18 de julio de 1988 y declarada de Derecho pontificio por la Santa Sede, la facultad de celebrar la Misa y los ritos de los sacramentos y otras acciones sagradas, así como también el cumplimiento del Oficio Divino, según la edición típica de los libros litúrgicos vigentes en 1962, es decir, el Misal, el Ritual, el Pontifical y el Breviario Romano. Esta facultad puede ser usada en sus propias iglesias u oratorios, y sólo puede serlo en otros lugares con el consentimiento del ordinario del lugar, excepto para la celebración de Misas privadas”. Y esto es no obstante cualquier norma en contrario.

Existen otros ejemplos. Este documento, por cierto, no ha sido abrogado, ya que no entra en conflicto con las disposiciones de Traditionis Custodes (véase el art. 8).

Leccionario y calendario

En los puntos (c) y (d), la Congregación afirma que la antigua Misa tiene un leccionario y un calendario propios, que se debe respetar. Las lecturas en vernáculo (que, yo añadiría, no deben reemplazar la proclamación de la lectura en latín) deben corresponder a los textos litúrgicos, y no a lo que el leccionario Novus Ordo pueda disponer. 

Los grupos

El punto (e) aborda el tema de qué constituye un “grupo”. La Guía Canónica de la Latin Mass Society para Traditionis Custodes sostiene que el término debe referirse a las entidades formalmente constituidas, ya que en el texto se habla de ser “instituidas” por los obispos y de tener un identidad común, opiniones definidas sobre el Concilio Vaticano II, etc. La Congregación sostiene algo parecido: se trata de “parroquias personales” y de “grupos de personas que se han estado reuniendo regularmente” para celebrar la antigua Misa. No se incluye, por tanto, a la gente que simplemente llega a oír Misa. De esto se sigue que un sacerdote puede un determinado día decidir, por ejemplo, celebrar la Misa Vetus Ordo (si es que tiene permiso de su obispo para celebrar la “liturgia anterior”) para todos los que asistan, sin tener que preocuparse de las restricciones enumeradas en el art. 3 de Traditionis Custodes, que se refieren sólo a los “grupos”.

El Indulto Inglés

No resulta claro si el cardenal Nichols consulta sobre el “Indulto Inglés”, cuyo quincuagésimo aniversario se celebró ayer, 5 de noviembre. Que ni el archivo de la arquidiócesis de Westminster ni el de la Congregación para el Culto Divino tengan registros sobre el mismo, es un hecho impresentable, aunque no sea responsabilidad de ninguno de estos dos prelados, quienes pueden tener la seguridad de que la Latin Mass Society sí tiene los antecedentes, y se puede ver la carta que concede el Indulto, fechada y con su número de protocolo, en nuestro sitio web. Está también registrado en el propio libro de Annibale Bugnini intitulado La reforma de la liturgia 1948-1975, en las páginas 297-298 de la edición en inglés.

Sinceramente, Su Eminencia y Su Excelencia: ¡nosotros no hemos inventado esto!

Peregrinación a Walsingham 2021 organizada por la Latin Mass Society

Conclusiones

El cardenal Nichols tiene muy clara la finalidad última y declarada de Traditionis Custodes: la cesación total de la celebración de la antigua Misa. El arzobispo Roche, sin embargo, pone el acento en la necesidad de “delicadeza de cuidado y dirección”: la antigua Misa “ha sido regulada, no suprimida”. Esto constituye, sin duda, una buena noticia, y no debemos dejar que ningún fraseo negativo en estas cartas nos impida verla.  

La Latin Mass Society, tal como los grupos en todo el mundo y la Federación Internacional Una Voce que los representa, “promueve” el Vetus Ordo. En el clima actual no podemos esperar que los órganos oficiales de la Santa Sede aprueben esta actividad, aunque lo hayan hecho hasta hace unos pocos meses. Habrá que esperar para saber cuándo volverá a cambiar su actitud. Mientras tanto, seguiremos defendiendo lo que creemos es lo justo, con el debido respeto a las personas, pues tal es nuestro derecho y nuestro deber como católicos (véase el canon 225 del Código de Derecho Canónico).

sábado, 13 de noviembre de 2021

Respuesta de la Congregación para el Culto Divino respecto de la aplicación de Traditionis Custodes

El miércoles publicados en esta bitácora una carta del Rvdo. Paul J. McDonald al Prefecto de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, que había sido difundida por Peter Kwasniewski a través de Facebook. Dicha carta alude al intercambio sostenido entre fines de julio y principios de agosto de este año entre el Cardenal Vicent Nichols, arzobispo de Westminster y primado de Inglaterra y Gales, y monseñor Arthur Roche, prefecto de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, con ocasión de la aplicación del motu proprio Traditionis Custodes, que restringe severamente la celebración de la liturgia tradicional de la Iglesia.

A continuación, les ofrecemos la traducción de la carta del cardenal Nichols, datada el 28 de julio de 2021, y la respuesta de monseñor Roche, fechada el 4 de agosto siguiente, para que cada uno pueda formarse sobre el sentido de las restricciones y del espíritu de la implementación del motu proprio sobre la liturgia tradicional, que devuelve a ésta a un estado similar al existente en 1984. Sin embargo, cumple advertir que el prefecto de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos precisa que su respuesta es a título personal, y no compromete a su dicasterio. 

En rigor, la respuesta no da demasiados criterios adicionales para la implementación de las nuevas normas sobre la Misa tradicional. El prefecto del dicasterio encargado de la aplicación litúrgica del motu proprio Traditionis Custodes señala que ha existido una "mala interpretación" y una inadecuada "promoción del uso" de los textos expedidos para la antigua liturgia romana (refiriéndose al motu proprio Summorum Pontificum y la instrucción Universae Ecclesiae que lo desarrollaba, así como a los primeros textos dados durante el pontificado del papa Juan Pablo II), puesto que se trataba de "concesiones limitadas de anteriores Pontífices" que "han sido usadas para alentar una liturgia que no calza con la reforma conciliar (textos que, de hecho, fueron abrogados por el papa san Pablo VI), y una eclesiología que no es parte del Magisterio de la Iglesia". Esta lectura no tiene sustento ni en los textos legislativos referidos ni en el deseo del papa emérito Benedicto XVI, que buscaba tanto dar a conocer el tesoro litúrgico romano a las nuevas generaciones como promover un mutua enriquecimiento de las dos formas del rito romano. Tampoco se ve cómo la celebración un rito cuyas raíces proviene del siglo IV puede significar una eclesiología diversa que no se ajusta al Magisterio de la Iglesia, el cual supone la explicitación de la Revelación contenida en las Sagradas Escrituras y la Tradición, a menos que se sostenga que el Magisterio puede cambiar en el tiempo. Además, hay que recordar que en 2020 la Congregación para la Doctrina de la Fe introdujo nuevos santos y permitió la inclusión de prefacios adicionales en la liturgia de siempre, favoreciendo así el desarrollo orgánico de los ritos, como antes había hecho el papa Benedicto XVI al ajustar la redacción de una de las oraciones del Viernes Santo. Quizá el punto que más llama la atención sea el desconocimiento de monseñor Roche, nacido en el condado de Yorkshire del Oeste, respecto del llamado "indulto inglés" o "indulto de Agatha Christie", del cual la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos no tiene ninguna noticia. 

Respecto de los criterios hermenéuticos, la respuesta de monseñor Roche sólo aclara dos puntos que no se desprenden de la simple lectura del motu proprio Custodes Traditionis: el ajuste del calendario litúrgico y la forma de leer las lecturas en su traducción al vernáculo. De este último aspecto ya habíamos dado nuestra opinión en una entrada anterior. 

El intercambio epistolar que reproducimos motivó una respuesta de parte del Dr. Joseph Shaw, presidente de la Federación Internacional Una Voce y de la Latin Mass Society. 

El papa Francisco
(Foto: Ecuadortv)

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A Su Excelencia

El Arzobispo Arthur Roche

Congregación para el Culto Divino

y la Disciplina de los Sacramentos

00120

Ciudad del Vaticano


28 de julio de 2021

 

Su Excelencia:

Luego de la publicación del motu proprio Traditionis Custodes de nuestro Santo Padre el papa Francisco, le escribo, habiendo conversado con varios de nuestros obispos, para pedir a su Congregación instrucciones relativas a la aplicación por nuestra parte del motu proprio en Inglaterra y Gales.

 Hay algunos puntos especiales en que quisiéramos tener alguna clarificación.

(a) ¿Va a publicar su Congregación o el Pontificio Consejo para los Textos Legislativos alguna guía adicional para la interpretación o la aplicación del motu proprio?

(b) Hemos advertido que el actual motu proprio ha abrogado todas las “normas previas, instrucciones, permisos y costumbres que no concuerden con las decisiones del presente motu proprio” (art. 8). Por ello le preguntamos a Su Excelencia si la aplicación de Traditionis Custodes, ha abrogado también, sin mencionarlos específicamente, el uso de la forma extraordinaria para otros sacramentos distintos de la celebración de la Santa Misa (1962) y el uso del Breviario Romano (1962), puesto que ellos fueron mencionados específicamente en Summorum Pontificum, artículo 9?

(c) ¿Cómo ha de coordinarse el Calendario Nacional para Inglaterra y Gales (basado en el calendario universal) con el uso del Calendario “tridentino” en el caso de fiestas como Corpus Christi, que caen en días diferentes?

(d) No existe una correlación clara entre el Leccionario del “Novus Ordo”, cuyo uso está aprobado para Inglaterra y Gales, y el del rito de 1962. ¿Está permitido remitirse directamente a las ediciones originales de la Biblia (que en Inglaterra y Gales serían la Biblia de Jerusalén original y la New Revised Standard Version), de las cuales se toman los textos actuales del Leccionario, a fin de encontrar los textos correspondientes?

(e) ¿Cómo han de entenderse los “grupos” que el Santo Padre menciona en el motu proprio? ¿Ha de interpretarse el término como referido a grupos formalmente constituidos de fieles, o se aplica el motu proprio a quienes, libre y voluntariamente, se reúnen para celebrar la Misa en la forma extraordinaria? Esto es una cuestión pastoral importante en Inglaterra y Gales.

(f) Finalmente, Ud. sabe que, desde el tiempo del indulto otorgado al Cardenal Heenan ennoviembre de 1971, ha habido siempre muchos fieles que piden que sus Misas de Requiem se celebren según los textos litúrgicos anteriores a 1970. ¿Permite esto el actual motu proprio? ¿Cómo debe procederse? Por ejemplo, ¿sería necesario que el Requiem se celebrara en un lugar designado por un sacerdote autorizado para ello, según las nuevas disposiciones?

Estas son las preguntas que se ha planteado, y agradeceríamos que la Congregación nos guiara a su respecto.

Aunque el motu proprio ha comenzado a regir inmediatamente, estamos conscientes de que su aplicación correcta y duradera ha de tomar algún tiempo. De la combinación del motu proprio y de la Carta que lo acompaña resulta claro que el Santo Padre desea que haya unidad en la plegaria litúrgica, expresada mediante “la única expresión de la lex orandi del rito romano”. Con dedicación pastoral habremos de acompañar a quienes están firmemente adheridos al Misal de 1962 a fin de acercarlos al Misal de los santos papas Pablo VI y Juan Pablo II.

Una de las dificultades que prevemos en Inglaterra y Gales es cómo responder a la Latin Mass Society. Adjunto una carta que he recibido de su Director, el Dr. Joseph Shaw, junto con una interpretación canónica del motu proprio. El sitio web de la Latin Mass Society y su declaración de principios establecen, de forma prominente, que su razón de ser “es constituir una asociación de fieles católicos dedicados a la promoción de la liturgia romana tradicional de la Iglesia católica y del latín en que se la celebra”. Obviamente, esto no concuerda con la mente del Santo Padre. Le agradeceríamos el consejo de la Congregación sobre el mejor modo de enfrentar esta situación. Estoy cierto de que existen otros grupos similares en toda la Iglesia que usan exclusivamente los ritos de 1962, tales como la Fraternidad Sacerdotal de San Pedro (FSSP) y el Instituto de Cristo Rey Sumo Sacerdote (ICRSS), que tienen iglesias en este país. Le agradeceríamos también consejo en este aspecto.

Me anticipo a agradecer a Ud. su ayuda en estas materias y a asegurarle nuestro continuo apoyo con oraciones en su tarea y en la de su Congregación.

Atentamente,


+ Cardenal Vincent Nichols

            Arzobispo de Westminster



***

Congregación de Culto Divino

y Disciplina de los Sacramentos

 

Ciudad del Vaticano

4 de agosto de 2021

Prot. N. 378/21


Su Eminencia: 

Agradezco su carta de 28 de julio de 2021 y por dirigir sus consultas sobre [el motu proprio] Traditionis Custodes a esta Congregación. Esta está actualmente estudiando con mucha atención las implicancias del motu proprio y todavía no ha publicado ninguna directriz. Sin embargo, a fin de ayudar a Su Eminencia, me complace darle una respuesta inicial y compartir con Ud. lo que al presente pensamos de las materias que Ud. plantea. Esta respuesta es, por tanto, de naturaleza personal.

Está claro que el principal comentario sobre la nueva ley que rige el uso de los textos litúrgicos previos, por vía de concesión excepcional y no de promoción de ellos, es la carta a los obispos del papa Francisco. Es también evidente que estas concesiones excepcionales debieran hacerse sólo a quienes aceptan la validez y legitimidad de la reforma litúrgica del Concilio Vaticano II y del Magisterio de los Sumos Pontífices. Todo lo que aparece en la nueva ley se orienta al regreso de la liturgia, y su estabilización, a lo que fue decretado por el Concilio Vaticano II.

En relación con los puntos específicos que Ud. plantea: 

(a) La Congregación para la Doctrina de la Fe fue anteriormente el único dicasterio de la Santa Sede con competencia en estas materias. Esta ha sido ahora transferida en su totalidad a las Congregaciones para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos y a la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y de Sociedades de Vida Apostólica. Sólo ellas tienen competencia ahora en sus respectivos campos.

(b) Queda claro para la Congregación que la nueva ley abroga lo que se otorgó previamente por vía de concesión excepcional y limitada. La prudencia pastoral, sin embargo, puede determinar que, por sólo un período muy limitado y teniendo en vistas una mayor comunión eclesial, la implementación integral del motu proprio exija un cuidadoso monitoreo y una clara orientación hacia esa finalidad. Traditionis Custodes se refiere sólo al uso del Missale Romanum de 1962 y a las celebraciones eucarísticas. Ha existido una interpretación considerablemente errónea de disposiciones anteriores por vía de crecientes prácticas, desarrollos y promoción, que han alentado, de modo no menor, un crecimiento que no fue previsto ni aprobado por Pontífices anteriores. El desdibujamiento que ha habido del papel del Ordinario local, según el Concilio Vaticano II, como moderador, promotor y guardián de la liturgia ha resultado ser una pobre ayuda en este tema, razón por la cual el Santo Padre subraya ahora la importancia del papel del Obispo en la aplicación cabal de la nueva ley.

(c) El Calendarium del Missale Romanum de 1962 difiere del Calendarium Romanum Generale del Missale Romanum de 1970, que, establecido por el Concilio, rige a la única expresión del rito romano. Sin embargo, las leyes que se refieren a las fiestas obligatorias en el Código de Derecho Canónico de 1983 son posteriores a ambos Calendarios. La Conferencia Episcopal, por tanto, debiera estudiar estas materias muy cuidadosamente antes de acudir a esta Congregación para un ajuste según los cánones 1246-1248. Tal deliberación y correspondiente decisión debieran observarse también en el caso de otros usos litúrgicos dentro del mismo territorio eclesiástico.

(d) Los textos de la Sagrada Escritura que deben usarse para las lecturas en el Misal de 1962 deben ser de la misma versión de la Escritura aprobada por la Conferencia Episcopal para su Ordo Lectionum Missae. Esto ha de observarse ciertamente también para los demás usos litúrgicos dentro del mismo territorio eclesiástico.

(e) El término “grupos” se aplica a las parroquias personales que fueron erigidas anteriormente para la concesión del uso de la liturgia anterior, y a las reuniones de personas que se han estado reuniendo regularmente para la celebración de la Eucaristía con el Missale Romanum de 1962. Al mismo tiempo, el motu proprio pide a los Obispos no fundar nuevos grupos.

(f) Respecto del indulto concedido al Cardenal Heenan en noviembre de 1971, al cual Ud. se refiere, hemos revisado nuestros archivos y no hemos encontrado nada en relación con esto. Existe, sin embargo, correspondencia del Cardenal y de Obispo Wheeler sobre los ritos funerarios reformados, que data de octubre de 1971, pero no existe constancia de un indulto, ni hay más correspondencia sobre este tema en nuestros archivos. Si Su Eminencia ha visto el indulto, le agradecería que lo compartiera, junto con cualquier otra documentación atingente, con esta Congregación. En todo caso, debe tomarse nota de que Traditionis Custodes, núm. 8, abroga todas las normas, instrucciones, permisos y costumbres previas que no concuerdan con ley actual. Todo indulto previo ciertamente caería dentro de esta proscripción.

Claramente, estamos en un momento que exige de los pastores una delicadeza de cuidado y dirección para con quienes están más afectados con las leyes actualmente vigentes. El uso de los textos litúrgicos previos ha sido regulado, no suprimido. Las razones para ello están claramente explicadas en la carta del Papa. La mala interpretación y la promoción del uso de esos textos, según concesiones limitadas de anteriores Pontífices, han sido usadas para alentar una liturgia que no calza con la reforma conciliar (textos que, de hecho, fueron abrogados por el papa san Pablo VI), y una eclesiología que no es parte del Magisterio de la Iglesia. 

La copia de la correspondencia proveniente de la Latin Mass Society que Ud. nos adjuntó es un buen ejemplo de esa interpretación vaga y de la promoción de esas liturgias, so capa de legislación vigente. Hay que dejarle muy en claro a dicha Sociedad que sólo los Obispos en comunión con el Papa son los moderadores de la liturgia y que la interpretación propia de Traditionis Custodes por parte de la Latin Mass Society no tiene ningún sostén, y no debiera publicársela como un comentario autorizado.

Espero que estos comentarios le sean de alguna ayuda en estos momentos en que Ud. está ponderando sus respuestas. Mientras tanto, tenga la seguridad de nuestra voluntad de ayudarlo y apoyarlo.

 Fraternalmente suyo en el Señor,


+Arthur Roche

Prefecto

 

Vittorio Francesco Viola, OFM

Secretario